Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2007 (26/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA

El Peruano MORDAZA, martes 26 de junio de 2007

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA R.J. N° 001-004-00001386.- Autorizan viaje de funcionario a MORDAZA para participar en programa de intercambio de experiencias del SAT 347852 MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA Ordenanza N° 339-MDEA.- Modifican Reglamento de Conformacion, Instalacion y Funcionamiento del Consejo 347852 de Coordinacion Local Distrital PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TUMAN Acuerdo N° 42-2007-CMT.- Aprueban la exoneracion de MORDAZA de seleccion para la contratacion de servicio de recaudacion de tributos y otras acreencias de la 347854 Municipalidad

INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. N° 307-2007-OS/CD.- Declaran infundado recurso de revision contra la R.D. N° 347-2005-MEM/DGM mediante la cual se sanciono con multa a Volcan Compania Minera S.A.A. 347844 Res. N° 309-2007-OS/CD.- Declaran infundado recurso de revision interpuesto contra la R.D. N° 222-2006-MEM/ DGM mediante la cual se sanciono con multa a Shougang Hierro Peru S.A.A. 347846 Res. N° 348-2007-OS/CD.- Declaran infundada impugnacion interpuesta contra la Res. N° 366-2007-OS/GG, mediante la cual se amonesto y multo a Transportadora de Gas del Peru S.A. 347848 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res. N° 135-2007/SUNAT.- Se aprueba nueva version del PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 y se modifica el plazo para la MORDAZA del Formulario N° 1647 347850 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Res. N° 185-2007-SUNARP/SN.- Modifican Res. N° 3002003-SUNARP/SN mediante el cual se constituyo el Consejo Consultivo de la Oficina Registral de MORDAZA 347851

SEPARATA ESPECIAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Res. N° 031-2007-CD/OSIPTEL.Modificacion del Reglamento del Sistema de Preseleccion 347805

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29053
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

elegido por sufragio directo conjuntamente con un Vicepresidente por un periodo de cuatro (4) anos. El mandato es irrenunciable, con excepcion de los casos previstos en la Constitucion, pero revocable conforme a Ley. EL CONSEJO DE COORDINACION REGIONAL es un organo consultivo y de coordinacion del gobierno regional con las municipalidades. Esta integrado por los alcaldes provinciales y por los representantes de la sociedad civil, con las funciones y atribuciones que le senala la presente Ley. Articulo 13°.- El Consejo Regional Es el organo normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. Esta integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos. No hay reeleccion del Consejero Delegado. Articulo 21°.- Atribuciones El Presidente Regional atribuciones: tiene las siguientes

LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 27867, LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES
Articulo unico.- Modificacion de los articulos 11º, 13º, 21º y 30° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales Modificanse los articulos 11°, 13°, 21° y 30° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, con los siguientes textos: "Articulo 11°.- Estructura basica Los gobiernos regionales tienen la estructura organica basica siguiente: EL CONSEJO REGIONAL es el organo normativo y fiscalizador del gobierno regional. Esta integrado por los Consejeros Regionales, elegidos por sufragio directo por un periodo de cuatro (4) anos. El mandato es irrenunciable, con excepcion de los casos previstos en la Constitucion, pero revocable conforme a Ley. LA PRESIDENCIA REGIONAL es el organo ejecutivo del gobierno regional. El Presidente es

(...) o) Promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional. (...) v) Asistir a las sesiones del Consejo Regional cuando lo considere necesario o cuando este lo invita, con derecho a voz. w) Las demas que le senale la Ley. Articulo 30°.- Vacancia El cargo de Presidente, Vicepresidente y Consejeros del Gobierno Regional vaca por las causales siguientes: 1. Fallecimiento.

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