Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2007 (26/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
DE LAS FUNCIONES GENERALES

El Peruano MORDAZA, martes 26 de junio de 2007

Articulo 4º.- El Ministerio de Energia y Minas tiene las siguientes funciones generales:
a. Promover la inversion en el Sector; b. Ejercer las potestades de autoridad administrativa del Sector; c. Dictar la normatividad general de alcance nacional en las materias de su competencia; d. Formular, y, en su caso, promover politicas de fomento y tecnificacion de electricidad, hidrocarburos y mineria; e. Ejecutar y evaluar el inventario de los recursos mineros y energeticos del pais; f. Orientar y fomentar la investigacion cientifica y tecnologica en el ambito de su competencia; g. Coordinar y promover la asistencia tecnica en electricidad, hidrocarburos y mineria; h. Otorgar, en nombre del Estado, concesiones y celebrar contratos, segun corresponda, para el desarrollo de las actividades minero - energeticas de conformidad con la legislacion sobre la materia; i. Otras funciones que le asignen las leyes vinculadas a la finalidad del Ministerio; j. Formular y aprobar los Planes Referenciales, los Planes de Desarrollo Sectorial y los Planes Estrategicos Sectoriales e Institucionales en el ambito de su competencia; k. Ser la autoridad ambiental competente para las actividades minero - energeticas; l. Promover el fortalecimiento de las relaciones armoniosas de las empresas del Sector Energia y Minas con la sociedad civil o poblacion involucrada con el desarrollo de sus actividades; m. Promover el desarrollo de la competitividad en las actividades minero - energeticas; n. Fomentar el uso eficiente de la energia y el aprovechamiento y desarrollo de los recursos energeticos renovables; o. Ejecutar y evaluar el inventario de los recursos minero - energeticos del pais; p. Mantener relaciones de coordinacion sobre la gestion del desarrollo sectorial sostenible con los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; q. Las demas funciones que le asigne la ley, vinculadas al ambito de su competencia.

o Oficina de Administracion Documentaria y Archivo Central o Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones o Oficina de Defensa Nacional - Consejo Consultivo - Organo de Control Institucional o Oficina de Inspecciones o Oficina de Auditoria Organo Jurisdiccional Administrativo - Consejo de Mineria Organo de Defensa Judicial - Procuraduria Publica Organos de Asesoramiento - Oficina General de Planeamiento y Presupuesto o Oficina de Planeamiento, Inversiones y Cooperacion Internacional o Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinacion Regional o Oficina de Presupuesto - Oficina General de Asesoria Juridica - Oficina General de Gestion Social Organo de Apoyo - Oficina General de Administracion o Oficina de Personal o Oficina de Logistica o Oficina Financiera o Oficina de Informatica

Organos de Linea
- Direccion General de Electricidad o Direccion Normativa de Electricidad o Direccion de Concesiones Electricas o Direccion de Estudios y Promocion Electrica - Direccion General de Electrificacion Rural o Direccion de Proyectos o Direccion de Fondos Concursables - Direccion General de Hidrocarburos o Direccion Normativa de Hidrocarburos o Direccion de Promocion y Concesiones de Hidrocarburos Liquidos o Direccion de Promocion y Concesiones de Gas Natural y de Biocombustibles o Direccion de Autorizaciones de Comercializacion y Transporte de Combustibles Liquidos - Direccion General de Mineria o Direccion Normativa de Mineria o Direccion Tecnica Minera o Direccion de Promocion Minera - Direccion Energeticos General de Asuntos Ambientales

DE LA BASE LEGAL Articulo 5º.- El presente Reglamento tiene como base legal las siguientes normas:
· Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo. · Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y su modificatoria. · Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, Reglamento de la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado. · Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas. · Ley Nº 28749 - Ley General de Electrificacion Rural. · Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente. · Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la Elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones. · Decreto Supremo Nº 018-2007-PCM, Deroga MORDAZA disposicion complementaria del Decreto Supremo Nº 0432006-PCM.

TITULO MORDAZA DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONES CAPITULO I DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Articulo 6º.- La estructura organica del Ministerio de Energia y Minas es la siguiente:
Organos de Alta Direccion - Despacho Ministerial - Despacho Viceministerial de Energia - Despacho Viceministerial de Minas - Secretaria General

o Direccion Normativa de Asuntos Ambientales Energeticos o Direccion de Gestion Ambiental Energetica - Direccion General de Asuntos Ambientales Mineros o Direccion Normativa de Asuntos Ambientales Mineros o Direccion de Gestion Ambiental Minera

CAPITULO II DE LA ALTA DIRECCION Articulo 7º.- La Alta Direccion es el MORDAZA nivel de decision del Ministerio de Energia y Minas. Esta constituida

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