Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2007 (30/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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ii) En la MORDAZA capital de provincia no comprendida en el literal anterior: Por cada ano de servicios iii) En otros lugares no comprendidos en los literales a) y b) que anteceden: Por cada ano de servicios

NORMAS LEGALES
02 puntos 03 puntos

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de junio de 2007

CAPACITACION Y ACTUALIZACION (Hasta 20 puntos) Por cada 40 horas de capacitacion en Educacion (Maximo 400 horas) 02 puntos

MERITOS Y PRODUCCION INTELECTUAL (Hasta 10 puntos) i) Felicitacion con Resolucion Directoral 02 puntos (02 puntos cada uno hasta un MORDAZA de 04 puntos) ii) Produccion Intelectual 1.2.3.4.5.6.Obras cientificas o literarias Textos escolares Libros de cultura general Textos Monograficos Trabajos de investigacion publicados Articulos educativos con texto no menor de una pagina A-4 publicados en diarios de circulacion nacional o revistas especializadas (0.5 puntos cada uno hasta un MORDAZA de 04 puntos) 06 puntos 05 puntos 04 puntos 03 puntos 03 puntos

0.5 punto.

La produccion intelectual senalada en los numerales 1, 2, 3 y 4 deberan acreditar su Deposito Legal en la Biblioteca Nacional. Aquellos senalados en los numerales 5 y 6 deberan contar con una antiguedad no mayor de cinco (5) anos a la fecha de evaluacion del expediente. Calculo del Puntaje Final 1. El puntaje final sera determinado de acuerdo a la siguiente ponderacion: PF = CEE X 0.65 + CEX X 0.35 Donde: PF = CEE = CEX = Puntaje Final Calificacion de la Prueba Escrita Calificacion de Expediente

2. El Comite de Evaluacion consolidara el puntaje obtenido en cada uno de los aspectos de la evaluacion del expediente, y determinara el puntaje final que le corresponde a cada uno de los postulantes. Disposiciones Especificas 1. El Comite de Evaluacion debera verificar que los postulantes cuenten con los requisitos generales para el desempeno del cargo: a) Para Educacion Basica Regular, el Titulo Pedagogico sera el que corresponde al nivel y especialidad de la plaza a la que postula. b) Para Educacion Basica Especial, el Titulo Profesional en Educacion Especial, y de requerirlo ademas la especialidad de la plaza. Excepcionalmente, se considerara aquellos que cuenten con Titulo Universitario no Pedagogico, Bachiller Universitario en Educacion, Bachiller Universitario no pedagogico, Egresados de Institutos Superiores Pedagogicos, Institutos Superiores Tecnologicos y Escuelas Superiores de Formacion Artistica; segun el nivel y la especialidad de la plaza a la que postulan. c) Para Educacion Tecnico Productiva, Educacion Basica Alternativa y Educacion Superior no Universitaria, el Titulo Profesional en Educacion sera en la especialidad de la plaza a la que postula. Excepcionalmente, se considerara aquellos que cuenten con Titulo Universitario no Pedagogico, Bachiller Universitario en Educacion, Bachiller Universitario no pedagogico, Egresados de Institutos Superiores Pedagogicos, Institutos Superiores Tecnologicos y Escuelas Superiores de Formacion Artistica; segun el nivel y la especialidad de la plaza a la que postulan

2. La experiencia docente se considera a partir de la fecha de obtencion del titulo profesional en educacion, y es valida en cualquiera de las funciones que correspondan al profesor en el area de la docencia. El minimo de horas de contrato a considerar sera de 12 horas de labor semanal ­ mensual. No son computables los reconocimientos de pago, ni los servicios ad honorem, ni los prestados como Auxiliar de Educacion. 3. Por cada diez (10) meses de servicios docentes efectivos, continuos o acumulativos desde la fecha de obtencion del titulo pedagogico, se considera un ano (no incluye los meses de enero y febrero). Si no cumple con los diez meses de servicio se calculara su puntaje en funcion a los meses laborados. 4. Para acceder a una plaza docente del nivel de Educacion Superior no Universitaria, el postulante debera acreditar experiencia docente minima de tres (3) anos en instituciones educativas de Educacion Superior Publicas. 5. La experiencia docente se sustenta con la MORDAZA de la resolucion de contrato y las constancias de pago o talones de cheque. 6. Para la evaluacion del puntaje por MORDAZA especializacion se tomara en cuenta las disposiciones senaladas en los articulos 31º y 32º del Reglamento de la Ley del Profesorado aprobado con Decreto Supremo Nº 019-90-ED. 7. Los Certificados o Diplomas de Capacitacion en Educacion, deberan contar con una duracion minima de 40 horas en el nivel y especialidad de la plaza a la que postula (no acumulativo con certificaciones que tengan menos de 40 horas) y con una antiguedad no mayor a cinco anos contados a la fecha de evaluacion del expediente del postulante. 8. Los Certificados y Diplomas de Capacitacion en Educacion que se consideran validos para el presente concurso, son los ofrecidos y otorgados por instituciones y/o instancias debidamente reconocidas por Decretos Supremos (Pedagogicos), Resoluciones Ministeriales o Directorales, los mismos que deberan ser sujetos a verificacion posterior. 9. Las resoluciones de felicitacion que se consideran validas para el presente concurso, son las emitidas por las DRE o Unidades de Gestion Educativa Local, siempre y cuando MORDAZA estimulos otorgados por acciones excepcionales en beneficio de la educacion y la cultura nacional o por el cumplimiento altamente eficiente de las tareas o comisiones encargadas por el Ministerio de Educacion, en virtud a lo senalado en los articulos 108º, 115º, 116º y 117º del Reglamento de la Ley del Profesorado aprobado con DS. 019-90-ED. 10. En el MORDAZA de evaluacion, se tomara en cuenta la especialidad del profesor que figura en su Titulo Profesional. Si las especialidades del titulo estan definidas por disciplinas particulares o asignaturas del Plan de Estudios, de acuerdo al plan curricular articulado (Biologia, Quimica, Electricidad, Artes Industriales, Mecanica de Produccion, Industria del Vestido, Tecnologia Textil, etc.), se considerara valida la participacion del postulante en alguna de las siguientes areas curriculares: a) Personal Social: Historia, Ciencias Sociales, Geografia, Economia, Filosofia, Psicologia, Educacion Fisica y Educacion Religiosa. b) Ciencia y Ambiente: Ciencias Naturales, Fisica, Quimica, Biologia, Educacion para el Trabajo. c) Logico ­ Matematica: Matematica, Logica, Estadistica, Informatica. d) Comunicacion Integral: Lengua, Literatura, Castellano, Espanol, Idioma Extranjero, Comunicacion. Esta disposicion solo es aplicable cuando exista duda sobre la especialidad requerida de acuerdo a la naturaleza de la plaza, la misma que se evaluara en la especialidad, area y/o asignatura con mayor carga horaria (mas de 12 horas de clases). IX. DE LA ADJUDICACION 1. El Comite de Evaluacion publicara el cuadro de meritos por niveles, modalidades y especialidades, a fin de proceder con la adjudicacion, el mismo que contendra la siguiente informacion: a) Orden de merito. b) Apellidos y nombres del postulante.

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