Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2007 (30/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de junio de 2007

citado literal seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, segun el Informe Nº 0291-2007-MTC/12, de fecha 4 de junio de 2007, la Direccion General de Aeronautica Civil, senala que, entre los dias 9 al 13 de MORDAZA de 2007, se llevara a cabo la Decimo Tercera Reunion Taller de Trabajo de Autoridades y Planificadores ATM de las Regiones CAR/SAM (AP/ATM/13), en la MORDAZA de Bogota, Colombia, habiendose designado al senor MORDAZA MORDAZA Bedregal Oyague, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para asistir a dicha reunion; Que, dicha reunion tiene como objetivo evaluar las medidas a ser adoptadas por los Estados para corregir las MORDAZA desviaciones de altitud (LHD) detectadas y que vienen afectando la adecuada implantacion de una Separacion Vertical Minima Reducida (RVSM) en las Regiones CAR/SAM; Que, los beneficios que se obtendran de dicha implantacion, consistiran en obtener mayor eficiencia en la utilizacion del espacio aereo (rutas mas directas, ahorro de combustible, reduccion del ruido aeronautico sobre las zonas sensibles, etc.) y la facilitacion en los procesos de aprobacion operacional de los operadores, al limitar las especificaciones de navegacion que seran empleadas a nivel mundial; Que, el costo del mencionado viaje sera financiado dentro del MORDAZA de Acuerdo de Gestion de Servicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27261, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de Mision Int. Nº 015-05-2007, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, Ley Nº 28927, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Bedregal Oyague, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Bogota, Colombia, del 8 al 14 de MORDAZA de 2007, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion seran financiados dentro del MORDAZA del Convenio de Gestion de Servicios PER/01/801, celebrado entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional (OACI), de conformidad con la Autorizacion de Mision Int. Nº 015-052007, de acuerdo a los siguientes terminos: Pasajes Aereos Viaticos Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US$ 680.89 US$ 1,200.00 US$ 30.25

Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU. y MORDAZA, en comision de servicios y sin irrogar gastos al Estado
RESOLUCION SUPREMA Nº 047-2007-MTC MORDAZA, 28 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el literal b) del numeral 3 del articulo 4º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, publicado el 12 de diciembre de 2006, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto excepciones las cuales seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, los explotadores aereos han presentado ante la autoridad aeronautica civil distintas solicitudes para ser atendidas durante el mes de MORDAZA de 2007, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA de los Procedimientos Nº 05 y 11, correspondientes a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, los solicitantes han cumplido con el pago de los derechos de tramitacion correspondientes a los Procedimientos a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por las empresas solicitantes de los servicios, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, segun se desprende de las respectivas ordenes de inspeccion, y referidas en el Informe Nº 0301-2007-MTC/12 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28927, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar los viajes en comision de servicios de los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran entre el 17 al 28 de MORDAZA de 2007, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 199-2007MTC/12.04 y Nº 0301-2007-MTC/12. Articulo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido integramente cubiertos por las empresas solicitantes, a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las

Articulo 3°.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PEREZ. Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 78682-10

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