Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2007 (05/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, lunes 5 de marzo de 2007 Sistema Electrico Edelsa Egepsa Electro Oriente Electro Pangoa Electro MORDAZA Electro Sur Este Electro Sur Medio Electro Ucayali Electrocentro Electronorte Emseusa Hidrandina Seal Sersa d 0,1805 0,1805 0,2019 0,1805 0,0498 0,0351 0,0498 0,1805 0,1805 0,2376 0,2778 0,1799 0,1045 0,2421 e 0,0000 0,0000 0,0439 0,0000 0,7854 0,8495 0,7854 0,0000 0,0000 0,1494 0,2547 0,0034 0,4570 0,0000 f 0,0000 0,0000 0,5944 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,5412 g 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 s 0,8195 0,8195 0,1598 0,8195 0,1648 0,1154 0,1648 0,8195 0,8195 0,6130 0,4675 0,8166 0,4386 0,2167

PROYECTO
cb 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 Electro Oriente, Emseusa, Sersa Electro MORDAZA, Electro Sur Medio, Hidrandina, Seal Electro Sur Este Iquitos Callao MORDAZA 6,01 5,45 5,74 3,51 -----

341075
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Notas: (1) Precios de combustibles determinados de acuerdo con lo establecido en el Articulo 124° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas19 = Precio Limite Superior del Gas Natural, expresado en Nuevos Soles/MMBtu utilizando el TC; el cual se establecera de acuerdo a lo senalado en el "Procedimiento para la Determinacion del Precio Limite Superior del Gas Natural para el Calculo de las Tarifas en Barra". PGNo = Precio inicial del Gas Natural igual a 6,6258 S/./MMBtu. Los factores FTC y FPM son los definidos en el numeral 1.1 1.3 ACTUALIZACION DEL PEAJE POR CONEXION UNITARIO AL SISTEMA PRINCIPAL DE TRANSMISION (PCSPT) Los Cargos de Peaje por Conexion Unitario al Sistema Principal de Transmision (PCSPT) seran actualizados utilizando la siguiente formula de reajuste: PCSPT1 = FAPCSPT = l = 0,3712 m = 0,6288 Donde: PCSPT0 = Cargo de Peaje por Conexion Unitario al Sistema Principal de Transmision, publicado en la presente Resolucion, en S/./kW-mes. PCSPT1 = Cargo de Peaje por Conexion Unitario al Sistema Principal de Transmision, actualizado, en S/./kW-mes. FAPCSPT = Factor de Actualizacion del Cargo de Peaje por Conexion Unitario al Sistema Principal de Transmision. Los factores FTC y FPM son los definidos en el numeral 1.1 Para el caso del Sistema Principal de Transmision perteneciente a REP, Transmantaro, Redesur e ISA, y el cargo por Cargo por Garantia por Red Principal TGP y GNLC, se considerara l = 1,000 y m = 0,000. 2. APLICACION DE LAS FORMULAS DE ACTUALIZACION Las Formulas de Actualizacion, se aplicaran en las condiciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, y separadamente: a. Para el Sistema Electrico Interconectado Nacional.- Cuando alguno de los factores de PCSPT0 * FAPCSPT l * FTC + m * FPM (12) (13) PGN

Donde: PEMP0 = Precio de la Energia a Nivel Generacion en Horas de Punta para las Subestaciones Base publicadas en la presente Resolucion, en centimos de S/./kW.h. PEMF0 = Precio de la Energia a Nivel Generacion en Horas Fuera de Punta para las Subestaciones Base publicadas en la presente Resolucion, en centimos de S/./kW.h. PEMP1 = Precio de la Energia a Nivel Generacion en Horas de Punta para las Subestaciones Base, actualizado, en centimos de S/./kW.h. PEMF1 = Precio de la Energia a Nivel Generacion en Horas Fuera de Punta para las Subestaciones Base, actualizado, en centimos de S/./kW.h. FAPEM = Factor de Actualizacion del Precio de la Energia a Nivel Generacion en las Subestaciones Base del Sistema. FD2 = Factor por variacion del precio del petroleo Diesel N° 2. FR6 = Factor por variacion del precio del petroleo Residual N° 6. FPGN = Factor por variacion del precio del Gas Natural. FCB = Factor por variacion del precio del Carbon Bituminoso. PD2 = El menor valor de comparar el precio de referencia ponderado que publique OSINERG y el precio fijado por PetroPeru S.A., del Petroleo Diesel N° 2, en el punto de venta de referencia, al ultimo dia del mes anterior, en S/./Gln. PD2o = Precio inicial del Petroleo Diesel N° 2, en S/./Gln, segun el Cuadro N° 5. PR6 = El menor valor de comparar el precio de referencia ponderado que publique OSINERG y el precio fijado por PetroPeru S.A., del petroleo Residual N° 6, en el punto de venta de referencia, al ultimo dia del mes anterior, en S/./Gln. PR6o = Precio inicial del Petroleo Residual N° 6, en S/./Gln, segun el Cuadro N° 5. PCB = Precio de referencia de importacion del Carbon Bituminoso, al ultimo dia del mes anterior, en US$./Ton. PCBo = Precio inicial del Carbon Bituminoso, en US$/Ton, segun el Cuadro N° 5. Cuadro N° 5
Sistema Electrico MORDAZA SISTEMAS AISLADOS Electronorte El MORDAZA 5,46 ----Punto de Venta de Referencia Callao Precio Inicial (1) Diesel N° 2 PD2o (S/./Gln.) 5,45 Residual N° 6 PR6o (S/./Gln.) 3,01 Carbon Bituminoso PCBo (US$/Ton.) 72,64

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Articulo 124º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por D.S. 009-93-EM.... c) El costo de los combustibles sera determinado utilizando los precios y condiciones que se senalan en el Articulo 50° de la Ley y se tomara los precios del MORDAZA interno. Para el caso de los combustibles liquidos se tomara el que resulte menor entre el precio del MORDAZA interno y el precio de referencia ponderado que publique OSINERG. Para el caso del carbon, el precio de referencia de importacion que publique OSINERG sera considerado como precio del MORDAZA interno. Asimismo, los criterios senalados seran aplicados en las formulas de reajuste correspondientes.

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