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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2007 (16/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de marzo de 2007 341671 ORDENANZA QUE AMPLÍA EL PLAZO DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS Artículo 1º.- AMPLIAR el plazo de vigencia otorgado en la Ordenanza N° 003-MDSJM, publicada en el Diario El Peruano con fecha 7 de febrero del 2007 que establece el Bene fi cio de Regularización por las deudas Tributaria y no Tributaria en el distrito de San Juan de Mira fl ores, hasta el 16 de abril del 2007. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Subgerencia de Rentas, Ofi cina de Informática, Secretaría General e Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ Alcalde 37537-1 Amplían fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial para el Ejercicio 2007 ORDENANZA N° 000014-MDSJM San Juan de Mira fl ores,13 de marzo de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTO: VISTOS, en su Sesión Ordinaria de fecha 13 de marzo del 2007 la Moción de Orden del Día; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 191° y 192° numeral 3) de la Constitución Política del Perú, concordante con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia y por tanto pueden crear, modi fi car, y suprimir contribuciones, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, dentro de la política de la actual gestión municipal, está la de otorgar a los contribuyentes del distrito, las máximas facilidades y oportunidades para que puedan regularizar sus obligaciones tributarias y no tributarias vencidas; dado que la actual situación económica de una gran parte de nuestra población está dentro del grado de pobreza y extrema pobreza, por lo que se hace necesario prorrogar los plazos, para que los contribuyentes puedan tener un mayor y mejor acceso al pago de sus obligaciones; Que, el último párrafo del artículo 29° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99.EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general por la Administración tributaria; Estando a los fundamentos expuestos y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9° y artículo 39° de la Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, contando con el voto MAYORITARIO de los señores Regidores y con la dispensa de lectura y aprobación del acta ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA AMPLIACIÓN DEL VENCIMIENTO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL PARA EL EJERCICIO 2007 Artículo 1º.- AMPLIAR el plazo de vigencia otorgado en la Ordenanza N° 009-MDSJM, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 25 de febrero del 2007 que establece el término del Plazo del pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial para el ejercicio 2007 en el distrito de San Juan de Mirafl ores, hasta el 16 de abril del 2007. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Subgerencia de Rentas, Ofi cina de Informática, Secretaría General e Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ Alcalde 37537-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLA VISTA Prorrogan vencimiento de pago de cuotas del Impuesto Predial y de Arbitrios del ejercicio 2007 ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2007-CDB Bellavista, 22 de febrero de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le con fi ere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; aprobó la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1°.- Prorrogar el vencimiento del pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial 2007, hasta el 31 de marzo del presente año. Artículo 2°.- Prorrogar el vencimiento del pago de arbitrios municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondientes a los meses de enero y febrero de 2007, hasta el 31 de marzo de 2007. Artículo 3°.- Encargar el cumplimiento de la presente norma a la Gerencia Municipal y a la Dirección de Administración Tributaria y Rentas. POR TANTOMando se publique y cumpla JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 33987-1 Establecen facilidades para la regularización y cumplimiento de obligaciones administrativas y tribu-tarias por parte de contribuyentes que han incurrido en infracciones ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2007-CDB Bellavista, 27 de febrero de 2007