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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2007 (16/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de marzo de 2007 341655 CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Relación de proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribu-nal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de febrero de 2007 RESOLUCIÓN Nº 128-2007-CONSUCODE/PRE Jesús María, 13 de marzo del 2007VISTO: El Memorando Nº 206-2007-GRNP de la Gerencia del Registro, referido a la publicación del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decre to Suprem o Nº 083- 2004- PCM, en adelante la Ley, se establece la obligatoriedad de publicar en el Diario O fi cial El Peruano la relación de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el Artículo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), publicará mensualmente la relación de proveedores, postores y contratistas que hayan sido sancionados en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Gerencia del Registro respecto de los proveedores, postores y contratistas sancionados, comunicados a dicha Gerencia por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones de CONSUCODE durante el mes de febrero de 2007; y De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 59º inciso c) de la Ley, el Artículo 4º numeral 3) y Artículo 7º numeral 28) del Reglamento de Organización y Funciones de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2006-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación de los proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de febrero de 2007: 1. BUSINESS QUALITY SOLUTIONS S.R.L. Inhabilitación por un (1) mes en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos y/o declaración jurada con información inexacta, causal tipi fi cada en el inciso f) del artículo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 121-2007-TC-SU de 02.02.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 2. AGUACERO CONDUCTIVIDAD S.R.L. (AGCECON S.R.L.). Inhabilitación por trece (13) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por el incumplimiento injusti fi cado de sus obligaciones, causal tipi fi cada en el numeral 2) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 122-2007-TC-SU de 2.2.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de noti fi cada la indicada resolución. 3. REPRESENTACIONES KEFERSA E.I.R.L. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipi fi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 123-2007-TC-SU de 2.2.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de noti fi cada la indicada resolución. 4. PEDRO CARHUANINA PAREDES. Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 124-2007-TC-SU de 2.2.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de noti fi cada la indicada resolución. 5. JULIO CÉSAR ESTELA SALCEDO. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injusti fi cadamente el contrato, causal tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 125-2007-TC-SU de 2.2.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de noti fi cada la indicada resolución. 6. EDITORIAL E IMPRENTA DISKCOPY E.I.R.L. Inhabilitación por nueve (9) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipi fi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 126-2007-TC-SU de 2.2.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de noti fi cada la indicada resolución. 7. COMERCIAL DISTRIBUIDORA LA FRESKITA S.A.C. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injusti fi cadamente el contrato, causal tipi fi cada en el numeral 1) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 128-2007-TC- SU de 2.2.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de noti fi cada la indicada resolución. 8. COMPAÑÍA DE SEGURIDAD CENTAURO SECURITY S.A.C. Inhabilitación por un (1) mes en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipi fi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 129-2007-TC-SU de 2.2.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de noti fi cada la indicada resolución. 9. PROYECTOS INTEGRALES ART´ 99 S.A. Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no haber suscrito injusti fi cadamente el contrato, causal tipi fi cada en el numeral 1) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 141-2007-TC-SU de 7.2.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de noti fi cada la indicada resolución. 10. BURGOS SERVIS S.A.C. Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipi fi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 151-2007-TC-SU de 9.2.2007, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de noti fi cada la indicada resolución. 11. IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA MUNDIAL S.A.C. Inhabilitación por tres (3) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos