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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de marzo de 2007 341654 02.01 O fi cina de Consejo Consultivo 03.00 Órgano de Control03.01 O fi cina General de Control Institucional 04.00 Órganos de Asesoramiento04.01 O fi cina General de Plani fi cación y Desarrollo - O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto - O fi cina de Informática y Estadística - Imagen Institucional y Cooperación Nacional e Internacional 04.02 O fi cina General de Asesoría Legal 05.00 Órganos de Apoyo05.01 O fi cina de Secretaría General Órganos dependientes del Vicepresidencia Académica 05.02 O fi cina General de Servicios Académicos - O fi cina de Admisión - O fi cina de Registros Académicos - Biblioteca General- Centro Preuniversitario 05.03 O fi cina de Investigación y Extensión Universitaria y Proyección Social 1(1). Órganos dependientes del Vicepresidencia Administrativa 05.04 O fi cina General de Economía y Finanzas 05.05 O fi cina General de Servicios Administrativos y Bienestar Universitario - O fi cina de Personal - O fi cina de Infraestructura - O fi cina de Producción de Bienes y Servicios - O fi cina de Bienestar Universitario 06.00 Órganos Académicos06.01 Carrera de Ingeniería de Sistemas 06.02 Ingeniería Eléctrica y Telecomunicaciones. 06.03 Ingeniería Mecánica y Eléctrica. 06.04 Administración de Empresas. 36037-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen la exclusión de valores del “Tercer Programa de Certificados Negociables Financiera CMR - Cuarta Emisión” del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 025-2007-EF/94.95 Lima, 8 de marzo de 2007 VISTOS: El expediente N° 2007005151 presentado por la Bolsa de Valores de Lima S.A., así como el Informe Interno N° 131-2007-EF/94.45.2 del 6 de marzo de 2007 de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, el 27 de septiembre de 2005, se inscribió automáticamente el programa de emisión denominado “Tercer Programa de Certi fi cados de Depósito Negociables Financiera CMR”, hasta por un monto total emitido en circulación de S/. 320 000 000,00 (trescientos veinte millones y 00/100 Nuevos Soles) en el Registro Público del Mercado de Valores;Que, en el marco del programa antes referido, se inscribieron automáticamente los certi fi cados de depósito correspondientes a la emisión “Tercer Programa de Certi fi cados Negociables Financiera CMR – Cuarta Emisión“ en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, Financiera CMR S.A., hoy Banco Falabella Perú S.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A., el deslistado de los valores correspondientes a la emisión denominada “Tercer Programa de Certi fi cados Negociables Financiera CMR – Cuarta Emisión“ del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, así como su exclusión del Registro Público del Mercado de Valores; Que, como sustento de su solicitud, presentó copia simple de las comunicaciones de Cavali S.A. ICLV en las que con fi rmó el pago de intereses y amortización del principal en efectivo de los valores correspondientes a la emisión denominada “Tercer Programa de Certi fi cados Negociables Financiera CMR – Cuarta Emisión“; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 132°, inciso a), de la Ley del Mercado de Valores, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEV su decisión de disponer el deslistado de los mencionados valores y de elevar el expediente a CONASEV para los fi nes correspondientes; Que, el artículo 37°, inciso b), de la Ley del Mercado de Valores en concordancia con el artículo 27°, inciso b), del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, establece como causal para la exclusión de un valor la extinción de los derechos sobre el valor, por amortización, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el artículo 38° de la Ley del Mercado de Valores, en concordancia con el artículo 32° del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, establece que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una Oferta Pública de Compra Que, no obstante lo señalado en el considerando anterior, la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los valores correspondientes a la emisión denominada “Tercer Programa de Certi fi cados Negociables Financiera CMR – Cuarta Emisión“, se encuentra dentro de la causal de excepción a la realización de una Oferta Pública de Compra, contemplada en el artículo 37°, inciso a), del citado Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión; Que, el artículo 2°, del numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la exclusión de valores mobiliarios objeto de oferta pública del Registro Público del Mercado de Valores deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 52° del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores y el acuerdo del Directorio de CONASEV del 18 de diciembre de 2000, que faculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Pronunciarse en favor del deslistado de los valores correspondientes a la emisión denominada “Tercer Programa de Certi fi cados Negociables Financiera CMR – Cuarta Emisión“ del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2°.- Disponer la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los valores señalados en el artículo anterior. Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 4°.- Transcribir la presente resolución a Banco Falabella Perú S.A., a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese.YVONKA HURTADO CRUZ Gerente de Mercados y Emisores 35714-1