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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2007 (16/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de marzo de 2007 341665 CONSIDERANDO: Que, es facultad del Consejo Regional expresar decisión sobre asuntos de interés público, así como declarar su voluntad de practicar determinado acto; Que, las acciones del Gobierno Regional de Arequipa, entre otros principios, se sustentan en la Inclusión y la Equidad; especialmente importantes en la problemática que afrontan las mujeres del ámbito territorial del Gobierno Regional de Arequipa; Que el día de hoy, 8 de marzo, se celebra el Día Internacional de la Mujer; instituido por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 1975; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nºs. 27902 y 28968; y la Ordenanza Regional N° 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA; ACUERDA: Primero.- Expresar un saludo afectuoso del Consejo Regional de Arequipa a todas las mujeres del departamento de Arequipa. Segundo.- Promover la creación del Consejo Regional de la Mujer de Arequipa, para lo cual se coordinará con las organizaciones civiles y estatales de Arequipa. Tercero.- Declarar de interés prioritario la formulación del Plan Regional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones. Cuarto.- Encargar a la Comisión de la Mujer, del Niño y del Adolescente la coordinación de lo expresado en este acuerdo. Disponiéndose en dicho acto su registro y notifi cación. Arequipa, 8 de marzo de 2007 PEDRO ENRIQUE JAVIER LIZÁRRAGA LAZO Presidente del Consejo Regional de Arequipa 37034-3 Aprueban Iniciativa Legislativa conducente a incorporar el principio de Separación de Poderes en la estructura de los Gobiernos Regionales del país ACUERDO REGIONAL N° 012-2007-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria de la fecha, tomó el siguiente acuerdo: CONSIDERANDO: Que, es atribución del Consejo Regional proponer al Congreso de la República las iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 15º Inc. 1. de la Ley Orgánica de sus Gobiernos Regionales; Que, en tal sentido el Consejo Regional de Arequipa ha elaborado una propuesta de iniciativa legislativa conducente a incorporar en la estructura de los Gobiernos Regionales el principio de Separación de Poderes; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nºs. 27902 y 28968, y la Ordenanza Regional N° 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA; ACUERDA: Primero.- Aprobar la Iniciativa Legislativa conducente a incorporar en la estructura de los Gobiernos Regionales del país el principio de Separación de Poderes. Segundo.- Disponer se eleve al Congreso de la República la iniciativa legislativa aprobada en el artículo anterior. Disponiéndose en dicho acto su registro y notifi cación.Arequipa, 8 de marzo de 2007 PEDRO ENRIQUE JAVIER LIZÁRRAGA LAZO Presidente del Consejo Regional de Arequipa 37034-4 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Crean el Consejo de Reparaciones de la Región Ucayali ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2006-GRU/CR Pucallpa, 14 de diciembre del 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO:El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por la Ley Nº 27902 y demás normas complementarias, en Sesión Ordinaria de fecha 14 de diciembre del 2006; CONSIDERANDO: Que, los numerales 1), 4) y 7) del Artículo 8º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que la gestión de los Gobiernos Regionales se rige entre otros, por los principios de participación, inclusión y equidad; asimismo el artículo 60º del mismo cuerpo legal, señala las funciones especí fi cas que ejercen los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades. Que, es política de la actual gestión, promover espacios adecuados para canalizar programas, proyectos y actividades a favor de las víctimas del con fl icto armado interno, bajo los principios de participación, inclusión, equidad y concentración de iniciativas en igualdad de oportunidades. Que, mediante Ley Nº 28592, se crea el Consejo de Reparaciones, que tendrá a su cargo el Registro de víctimas a nivel nacional, para desarrollar el Programa Integral de Reparaciones – PIR, para las víctimas ocurridas durante el periodo de mayo de 1980 a noviembre del 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación. Que, es necesario crear el Consejo de Reparaciones de la Región Ucayali, integrado por personas de reconocida trayectoria democrática y de defensa de los derechos humanos que ayude a consolidar el programa integral de reparaciones en la Región Ucayali y sea un ente coordinador del Consejo Nacional de Reparaciones, debiendo desarrollar labores AD HONOREM sin que forme parte de la Administración Pública Regional. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali y en cumplimiento a las Conclusiones y Recomendaciones del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación; el Consejo Regional de Ucayali, aprobó la siguiente: ORDENA : Artículo Primero.- CRÉASE el Consejo de Reparaciones de la Región Ucayali, como un órgano de coordinación entre el Consejo Nacional de Reparaciones y el Gobierno Regional de Ucayali, las Entidades Públicas y Sociedad Civil de la Región Ucayali, el mismo que deberá estar conformado por personas de reconocida Trayectoria Democrática y de defensa de los Derechos Humanos, que