Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2007 (24/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

342147

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 17 de marzo; y, Estando a lo expuesto con el MORDAZA mayoritario de sus miembros y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º y del articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- PRESTACION DEL SERVICIO El servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, solo podra ser prestado por personas juridicas debidamente constituidas e inscritas en el Registro de Personas Juridicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos y autorizadas por la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita. Articulo 2º.- OBJETO La presente Ordenanza tiene como objeto normar, regular y controlar el servicio especial de pasajeros y carga en vehiculos menores en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, optimizando la calidad del servicio y la seguridad a favor de los usuarios. Articulo 3º.- DE LA FISCALIZACION La fiscalizacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza se realiza a traves de: a. La Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, de oficio o a pedido de parte. b. La Comision Tecnica Mixta. c. Los ciudadanos y/o personas juridicas, quienes podran formular denuncias por faltas a la presente MORDAZA ante la Municipalidad Distrital MORDAZA Anita. Articulo 4º.- DE LAS DEFINICIONES Para los efectos de la presente Ordenanza se entiende por: 1. Calidad del servicio.- Conjunto de cualidades en la prestacion del servicio especial consiste en la seguridad, identificacion, comodidad, continuidad, higiene y amabilidad. 2. Carne de Educacion y Seguridad Vial.- Es el documento otorgado por la institucion que dicto el curso de educacion y seguridad vial a los conductores autorizados por la Municipalidad. 3. Certificado de Operacion.- Documento emitido por la Municipalidad con el que autoriza al vehiculo menor a prestar el servicio especial. 4. Codigo de Identificacion.- Numero de identificacion del vehiculo menor autorizado, cuya dimensiones seran de 0.20 m de diametro, que se colocara en las partes laterales y posterior del vehiculo y sera otorgado por la Municipalidad. 5. Comision Tecnica Mixta.- Es la comision prevista en el Reglamento Nacional e integrada por los Regidores de la Comision de Obras, Transporte, Desarrollo MORDAZA y Promocion de la Micro, Pequena y Mediana Empresa (uno la presidira), representantes de la Policia Nacional del Peru de la jurisdiccion Distrital y representantes

acreditados de las Organizaciones de Transportadores en Vehiculos Menores. 6. Conductor de Vehiculo Menor.- Persona natural con la respectiva licencia de conducir, otorgada por la autoridad competente y debidamente autorizado por la Municipalidad para prestar el servicio especial, pudiendo ser: a. Propietario-conductor.Persona natural perteneciente a una persona juridica, autorizada por la Municipalidad por prestar el servicio especial y que conduce una unidad de su propiedad. b. Conductor.- Persona natural perteneciente a una persona juridica, autorizada por la Municipalidad para prestar el servicio especial, que conduce unidades autorizadas de propiedad de otra persona (natural o juridica) 7. Constatacion de Caracteristica.- Es la verificacion de las caracteristicas originales del vehiculo menor en concordancia con la tarjeta de propiedad, interior y exterior del chasis y que cumple con las normas establecidas vigentes. 8. Credencial del Conductor.- Documento expedido por la Municipalidad que autoriza a una persona natural para prestar el servicio especial y que pertenezca a una persona juridica debidamente autorizada. 9. Deposito Oficial Municipal de Vehiculo Menores (DMVM).- Local autorizado para el internamiento del vehiculo menor, provisto de equipamiento y seguridad de acuerdo a las normas legales vigentes. Este local estara ubicado dentro del distrito de MORDAZA Anita. 10. Detenerse.- Paralizacion breve de un vehiculo menor para ascender o descender pasajeros o alzar o bajar cosas, solo mientras dure la maniobra. 11. Flota.- Numero de vehiculos menores autorizados a la persona juridica para prestar el servicio especial. 12. Inspector Municipal.- Es la persona natural capacitada y designada por la Municipalidad para supervisar el servicio especial e imponer las sanciones por las infracciones previstas en la presente Ordenanza. 13. Licencia de Conducir.- Documento otorgado por la autoridad competente a la persona natural que autoriza a conducir vehiculos menores. 14. Municipalidad.- Se refiere a la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita. 15. Papeleta de Infraccion.- Formato impreso por la Municipalidad donde se consignara los datos sobre la infraccion cometida del conductor y el vehiculo, segun el cuadro de sanciones e infracciones de vehiculos menores. 16. Paradero.- Area de la via publica tecnicamente calificada, aprobada y autorizada para el estacionamiento temporal del vehiculo menor autorizado. 17. Pasajero o Usuario.- Es la persona que solicita el servicio especial y luego de ser transportada, paga el precio convenido al conductor. 18. Persona Juridica.- Es la Empresa, Asociacion u otra forma de organizacion que esta constituida, de conformidad con las disposiciones legales vigentes e inscrita en los Registros Publicos, cuyo objeto, entre otros, es dedicarse al servicio especial de pasajeros y carga en vehiculo menor. 19. Poliza de Seguro.- Es el certificado y calcamonia otorgado por una empresa de seguros que cubre los riesgos

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