TEXTO PAGINA: 27
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de marzo de 2007 342137 CONSIDERANDO: Que. mediante Resolución Jefatural N° 1021-2006- JEF/RENIEC de fecha 31 de octubre del 2006, se designó a la abogada ZULLY VANESSA KANAFFO VELA como Jefe responsable de la O fi cina Registral San Juan de Lurigancho de la Jefatura Regional Lima; Que, mediante el documento de Visto, el Gerente de Operaciones Registrales mani fi esta que la Jefe responsable de la O fi cina Registral San Juan de Lurigancho, debe ausentarse de la ciudad de Lima del 22 al 26 de marzo de 2007 por motivos personales, proponiendo se encargue en dicho cargo, en tanto dure la ausencia de la titular, a la abogada CAROLINE BERTA ILAVE VELASCO; Estando a lo propuesto y conforme a lo dispuesto en la Ley N° 26497 – Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC, el Decreto Supremo N° 015-98-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N° 050-2007-JEF/RENIEC; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Encargar del 22 al 26 de marzo de 2007, en tanto dure la ausencia de la titular, a la abogada CAROLINE BERTA ILAVE VELASCO, en el cargo de Jefe responsable de la O fi cina Registral San Juan de Lurigancho de la Jefatura Regional Lima de la Gerencia de Operaciones Registrales, quien además ejercerá las funciones previstas en el artículo 15° del Reglamento de Inscripciones en su calidad de Registrador y actuará como primera instancia administrativa en los procedimientos registrales que allí se inicien. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de las acciones pertinentes a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Gerencia de Recursos Humanos para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 41237-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Chavín S.A. la apertura de agencia en la provincia de Barranca RESOLUCIÓN SBS N° 309-2007 Lima, 13 de marzo de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Chavín S.A. - CREDICHAVIN, para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada en el distrito y provincia de Barranca en el departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca la autorización de la apertura solicitada;Estando a lo opinado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “A”, mediante Informe N° 055- 2007-DEM“A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, la Circular N° CR-203-2005, y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Chavín S.A. - CREDICHAVIN la apertura de una Agencia ubicada en la avenida Gálvez N° 377, distrito y provincia de Barranca en el departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publiquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 40835-1 Autorizan a la EDPYME Pronegocios la apertura de oficinas bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación en el departamento de La Libertad RESOLUCIÓN SBS Nº 322-2007 Lima, 15 de marzo de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud de autorización presentada por la Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Microempresa - EDPYME Pronegocios con fecha 15 de diciembre de 2006, para la apertura de tres (3) O fi cinas bajo la modalidad de locales compartidos con el Banco de la Nación, en el departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente a la autorización solicitada conforme lo establece la Circular EDPYME -0118-2005 de fecha 16 de junio de 2005 y sus modi fi catorias. La Edpyme concluyó con la presentación de los documentos mediante comunicación C-053-07-049-GGE de fecha del 14 de febrero de 2007. Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “C” mediante Informe Nº 052, Nº 053 y Nº 054-2007-DEM “C”; y, De conformidad con las facultades establecidas en Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en la Circular Nº EDPYME-0118-2005 y sus modi fi catorias y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005. RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Microempresa - EDPYME Pronegocios la apertura de tres (3) O fi cinas bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación en los locales señalados en el Anexo Nº 1 adjunto a la presente Resolución, debiendo ambas entidades realizar sus operaciones conforme al marco legal que les resulte aplicable. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas