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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de marzo de 2007 342141 Que, mediante Informe N° 925-06-SGPUC- GDU/MDA la Sub gerencia de Planificación Urbana y Catastro de fecha 14 de diciembre de 2006, opina que deberá modificarse el Plano aprobado mediante Ordenanza Municipal, de conformidad con el artículo 6° inciso 6.4.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo General N° 27444. Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, contando con el voto por mayoría de los señores Regidores asistentes a la sesión de concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 077-MDA QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL MÓDULO VIAL DE LA VÍA PRINCIPAL DE LA ASOCIACIÓN DE POBLADORES EL BOSQUE, CALLE EL BOSQUE Artículo 1°.- APROBAR la modi fi cación de la Ordenanza N° 077-MDA, artículo 1° en el sentido que se reemplaza el Plano aprobado signado con el N° 039-2004-SGPUC-GDU/MDA por el Plano N° 007-2006-PI-SGPUC-GDU/MDA que de fi ne la sección de la Vïa Principal denominada Calle El Bosque con una sección de 12.00 ml. Artículo 2°.- Hacer de conocimiento de la presente Ordenanza a los interesados a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub gerencia de Fiscalización y demás áreas competentes para las acciones del caso. Artículo 3°.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Primera.- DETERMINAR que los expedientes en trámite, se adecuarán a la presente modi fi catoria de la Ordenanza N° 077-MDA. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.LEONARDO VÍLCHEZ FERNÁNDEZ Alcalde 41090-1 Modifican Ordenanza N° 125-MDA que aprobó Planeamiento Integral de Módulos Viales Principales y Secundarias del Sector 29 - La Roncadora Grande de Santa Clara ORDENANZA N° 138-MDA Ate, 26 de diciembre de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de diciembre de 2006 y visto el Dictamen N° 17-06-CDU/MDA de la Comisión de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO:Que, la Ordenanza N° 125-MDA aprobada el 28 de agosto de 2006 y publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 24 de setiembre de 2006, por el que se aprueba el Planeamiento Integral de los Módulos Viales Principales y Secundarias del terreno ubicado en parte del Sector 29, denominado La Roncadora Grande de Santa Clara.Que, de acuerdo a lo indicado por el Área Técnica de Plani fi cación Urbana, mediante Informe N° 490-06-APU- SGPUC-GDU/MDA en el que se indica que los datos consignados en el artículo 1° de la Ordenanza N° 125-MDA el área del terreno y coordenadas están errados señalándose equívocamente que el Planeamiento Integral está constituido por un terreno de 460,555.91 m 2 entre las coordenadas N°s. 8669300, 866900, E295700, debiendo haberse señalado un área de 417,627.82 m2 y coordenadas N°s. 8668000, 8669000, E 295500, 297400. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en su artículo 9° inciso 8) establece que corresponde al Concejo Municipal, aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante Informe N° 3128-06-GAJ/MDA determina con relación a lo indicado por el área técnica que se ha incurrido en error al consignar en la Ordenanza N° 125-MDA un área de terreno y coordenadas que no corresponden a parte del Sector 29 denominado La Roncadora Grande de Santa Clara, ubicado en el distrito de Ate, por lo tanto, debe proceder a modi fi car la redacción del artículo primero de la mencionada Ordenanza, consignando el área y las coordenadas correctamente. Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, contando con el voto por mayoria de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA N° 125-MDA QUE APROBÓ EL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LOS MÓDULOS VIALES PRINCIPALES Y SECUNDARIAS DEL SECTOR 29 – LA RONCADORA GRANDE, SANTA CLARA – DISTRITO DE ATE Artículo 1°.- MODIFÍQUESE, el artículo primero de la Ordenanza N° 125-MDA en los siguientes términos: “Artículo 1°.- APROBAR, el Planeamiento Integral de módulos viales del terreno ubicado en parte Sector signado como parte del Sector 29 del distrito de Ate, constituido por el terreno de 417,627.82 m 2 situado entre las Coordenadas N° 8668000, 8669000, E 295500, 296500, el mismo que será considerado de cumplimiento obligatorio para los propietarios de terrenos de las habilitaciones futuras que forma parte de dicho planeamiento y será inscrito obligatoriamente como carga en los Registros Públicos, con una vigencia de 10 años como mínimo, conforme al plano signado con N° 09-2006-PI-SGPUC-GDU/MDA el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Asimismo dicho Planeamiento Integral no signi fi ca reconocimiento o vulneración del derecho de propiedad”. Artículo 2°.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LEONARDO VILCHEZ FERNANDEZ Alcalde 41090-2 Modifican la Ordenanza N° 088-MDA, que aprueba el planeamiento integral de módulos viales de las vías principales y secundarias de los terrenos ubicados en el Sector Catastral N° 30 denominado Valle Amauta ORDENANZA N° 143-MDA Ate, 23 de febrero de 2007