Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2007 (28/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de marzo de 2007

EL MORDAZA DEL SENOR CONSEJERO MORDAZA MORDAZA RECAIDO EN EL INFORME N° 2502006-CPD-CNM REFERIDO A LAS SENTENCIAS EMITIDAS POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN LOS PROCESOS DE MORDAZA SEGUIDO POR LOS DOCTORES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ES POR QUE SE DE POR CONCLUIDO EL MORDAZA DISCIPLINARIO Y SE DESTITUYA A LOS DOCTORES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y SE RESERVE EN EL CASO DEL DOCTOR MORDAZA MORDAZA, POR HABER SOLICITADO EL USO DE LA PALABRA ANTE LA COMISION DE PROCESOS DISCIPLINARIOS. MORDAZA, 13 de diciembre del 2006 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Comiswion Permanente de Procesos Disciplinarios Consejo Nacional de la Magistratura 41827-1

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito en agravio del Instituto Superior Tecnologico Publico "Maria MORDAZA Araoz Pinto"
RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 101-2007-CG MORDAZA, 26 de marzo de 2007 Vistos; la Hoja de Recomendacion N° 006-2007-CG/ GDPC de 02.MAR.2007, los Oficios N°s. 1647-2006DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR.E1 de 28.AGO.2006, 1692 y 1693-2006-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 07.SET.2006; asi como el Atestado Nº 079-2006DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-E1 de 23.AGO.2006, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en el Instituto Superior Tecnologico Publico "Maria MORDAZA Araoz Pinto" - ISTP-MRAP; y, CONSIDERANDO: Que, el Organo de Control Institucional (OCI) de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Metropolitana ­ Ministerio de Educacion, ha evidenciado irregularidades que presuntamente conllevan la existencia de indicios razonables de comision de delito en el Instituto Superior Tecnologico Publico "Maria MORDAZA Araoz Pinto" ­ ISTPMRAP; Que, como resultado de las indagaciones efectuadas, el citado OCI formulo la Hoja Informativa Nº 002-2005OCI/DRELM de 02.DIC.2005, en la cual se determinaron las irregularidades siguientes a) gastos por concepto de gasolina para vehiculos oficiales no operativos y para vehiculos de propiedad del personal de la entidad; b) pagos a choferes contratados por locacion de servicios, para conducir vehiculos oficiales no operativos, no obstante ello, presentaban sus informes sobre las actividades desarrolladas, las que merecian la conformidad de funcionarios de la entidad; Que, debido a las irregularidades que denotaban la existencia de indicios de comision de delito y al requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fin, se considero conveniente solicitar la participacion de la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, a fin que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General, conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos

3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Tecnica a traves del Oficio Nº 1647-2006DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR.E1 de 28.AGO.2006 a la MORDAZA Fiscalia Provincial Especializada en Delitos de Corrupcion de Funcionarios, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Colusion y Peculado, ilicitos previstos y sancionados en los articulos 384º y 387º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal o) del articulo 22° de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47° de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 41916-1

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de malos manejos en el Programa de Capacitacion Laboral Juvenil - PROJOVEN del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 102-2007-CG MORDAZA, 26 de marzo de 2007 Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 004-2007CG/GDPC de 22.FEB.2007, los Oficios N°s. 2555-2006DIRCOCOR/DIVPACGR-E3 de 22.DIC.2006, 037 y 0382007-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-E3 de 05.ENE.2007; asi como el Atestado Nº 125-2006-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 22.DIC.2006, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en el Programa de Capacitacion Laboral Juvenil - PROJOVEN, del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, el Organo de Control Institucional (OCI) del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo efectuo indagaciones en torno a denuncias publicas, sobre supuestos malos manejos en el Programa de Capacitacion Laboral Juvenil ­ PROJOVEN, del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, como resultado de las mencionadas investigaciones, el citado OCI formulo la Hoja Informativa

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