Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2007 (16/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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conforme a lo estipulado en el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional aprobado por el INRENA, lo que determina el incumplimiento en la implementacion de dicho Plan de Manejo Forestal; Que, es necesario senalar que a pesar de haberse notificado la Resolucion Gerencial Nº 019-2006-INRENA-OSINFOR, de fecha 29 de marzo de 2006, al concesionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y habiendose vencido en exceso el plazo otorgado para que presente sus descargos contra lo resuelto en la mencionada resolucion, este no ha desvirtuado ninguno de los cargos atribuidos en la referida resolucion; Que, al no haber acreditado el referido concesionario en el presente procedimiento administrativo, la procedencia legal de los volumenes de caoba movilizados durante el periodo de la Zafra Excepcional, se puede concluir que dichos volumenes no provienen del area de su concesion; Que, en ese sentido, mediante el presente procedimiento, ha quedado acreditado que el concesionario, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en las causales de caducidad del derecho de concesion senaladas en los literales a) y c) del articulo 18º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308, concordantes con lo establecido en los literales b) y e) del articulo 91-Aº del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; Que, asimismo, considerando que de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 62º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, la veracidad de los contenidos del Plan General de Manejo Forestal, los Planes Operativos Anuales e informes de ejecucion, es responsabilidad del titular del contrato conjuntamente con los profesionales que lo suscriben, corresponde a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, evaluar la responsabilidad administrativa, y de ser el caso aplicar las sanciones correspondientes, contra el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional que autorizo el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional del concesionario, senor MORDAZA MORDAZA Rodriguez; Que, de otro lado, ante la existencia de indicios razonables de la comision de delitos, en los hechos evaluados, y conforme al literal b) del articulo 16º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, corresponde a la Oficina de Asesoria Juridica analizar los mismos y coordinar con la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Agricultura el ejercicio de las acciones legales que correspondan; Que, el articulo 91º-A del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, dispone que la declaracion de caducidad de los derechos de concesion forestal con fines maderables, no exime a los titulares de los mismos de las responsabilidades civiles, administrativas o penales a que hubiera lugar, hasta que MORDAZA concluido el plan de cierre de la concesion; Que, asimismo, dispone que la caducidad sera declarada mediante Resolucion Gerencial, emitida por la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables del INRENA; De conformidad con lo establecido en la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; con la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; con el Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2005-AG; y con el Reglamento para la determinacion de infracciones, imposicion de sanciones y declaracion de caducidad del derecho de aprovechamiento en los contratos de concesion forestal con fines maderables, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la caducidad del derecho de aprovechamiento forestal otorgado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-056-02, en virtud de lo dispuesto por los literales a) y c) del articulo 18º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, concordante con lo establecido en los literales b) y e) del articulo 91º-A del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Articulo 2º.- Caducar de pleno derecho las medidas cautelares contenidas en la Resolucion Gerencial Nº 0192006-INRENA-OSINFOR, de fecha 29 de marzo de 2006. Articulo 3º.- Cancelar de manera definitiva la utilizacion de las Guias de Transporte Forestal de productos al estado natural registradas ante el INRENA, para la movilizacion de los saldos de los volumenes autorizados mediante Resolucion Administrativa Nº 113-2004-INRENA-ATFFS,

que aprueba el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional y Resolucion de Intendencia Nº 123-2005INRENA-IFFS, que aprueba el Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra. Articulo 4º.- Inhabilitar de manera definitiva el uso de Guias de Transporte Forestal de productos forestales transformados, por los saldos de los volumenes autorizados mediante Resolucion Administrativa Nº 113-2004-INRENAATFFS, que aprueba el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional y Resolucion de Intendencia Nº 1232005-INRENA-IFFS, que aprueba el Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra. Articulo 5º.- Notificar la presente Resolucion Gerencial a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, asi como remitirle MORDAZA autenticada del Expediente Administrativo Nº 004-2006-OSINFOR, a fin de que aplique el Plan de Cierre de la Concesion, revirtiendo el area concesionada a favor del Estado y procediendo a ejecutar las garantias entregadas por el concesionario, de ser el caso; y asimismo, evalue la responsabilidad administrativa del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional que autorizo el Plan de Manejo Forestal para la Zafra Excepcional, aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 113-2004-INRENA-ATFFS, imponiendo las sanciones administrativas que correspondan. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Gerencial, y del Expediente Administrativo Nº 004-2006OSINFOR a la Oficina de Asesoria Juridica del INRENA con la finalidad que realice las evaluaciones necesarias, y de ser el caso, las acciones que se requieran a fin de que la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Agricultura, inicie las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables de la comision de conductas que puedan configurar ilicitos penales de acuerdo a los recaudos que obran en el referido expediente administrativo. Articulo 7º.- Notificar la presente Resolucion Gerencial al senor MORDAZA MORDAZA Rodriguez. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente (e) de la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables OSINFOR

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COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban metas e indicadores de desempeno para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Politicas Nacionales dispuestas por D.S. N° 0272007-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 099-2007-MINCETUR /DM
MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2007 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 1º de la Ley Nº 27790 el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR, creado por Ley Nº 27779, es el Organismo Rector del Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2007PCM se establecen las politicas nacionales de obligatorio cumplimiento y con metas semestrales verificables para todas las entidades del Gobierno Nacional, a fin de que el conjunto de las instituciones y funcionarios publicos impulsen transversalmente su promocion y ejecucion en adicion al cumplimiento de las politicas sectoriales; Que, de acuerdo al Art. 3º del mencionado dispositivo, mediante Resolucion Ministerial, que debe ser aprobada dentro de los primeros quince dias de cada ano, los Ministerios deben publicar las metas concretas y los indicadores de desempeno para evaluar semestralmente el cumplimiento de las politicas nacionales y sectoriales de su competencia. Para efectos del ano 2007, en concordancia a la Disposicion

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