Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2007 (16/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

345327

N° 225-2002-PE/DNE, a favor del armador SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI, para que en su condicion de propietario de la embarcacion pesquera "PEGUISA 4" con matricula N° CO-1454-CM, de 89.23 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservacion R.S.W a bordo, via sustitucion de igual capacidad de bodega con la ejecucion de derechos pesqueros otorgados, opere dicha embarcacion pesquera, en la extraccion de los recursos anchoveta, sardina con destino al consumo humano indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgada (38 mm.); en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) y diez (10) millas de la costa segun corresponda; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 326-2006PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de setiembre del 2006, se declaro en abandono el procedimiento administrativo de solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "PEGUISA 4" de matricula Nº CO1454-CM, iniciado por la empresa PESQUERA RIBAUDO S.A.; Que por Decreto Supremo Nº 028-2003-PRODUCE se oficializo los procedimientos para el calculo y obtencion de los metros cubicos tolerable para la capacidad volumetrica de la bodega de las embarcaciones y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 2º y 3º de la citada MORDAZA se determina que la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera" PEGUISA 4" de matricula CO-1454-PM se encuentra dentro del rango de metros cubicos tolerables en concordancia con el Certificado Nacional de Arqueo expedido por la autoridad maritima, de fecha 30 de marzo del 2004 , en donde se consigna un arqueo neto de 21.82 y un volumen de bodega de 91.20 m3 ; Que, mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA RIBAUDO S.A., solicita el cambio de titular del permiso de pesca y Modificacion de Resolucion Autoritativa por cambio de matricula de la embarcacion pesquera "PEGUISA 4" de matricula N° CO-1454-CM a CO-1454-PM; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se determina que la empresa recurrente acredita poseer el dominio sobre la embarcacion pesquera "PEGUISA 4" de matricula Nº CO-1454-PM en virtud al arrendamiento financiero otorgado a su favor por el Banco Continental, segun se desprende del Certificado de Compendioso de Dominio Nº 36155 del 15 de enero del 2007, y a su vez ha cumplido con presentar los requisitos sustantivos establecidos para los Procedimientos Nº 6 y Nº 19-A del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el informe N° 0942007-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 20 de febrero del 2007 y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; y, En uso de las facultades conferidas en el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo1º.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 227-97-PE, modificada por la Resolucion Directoral Nº 077-99-PE/DNE, Resolucion Directoral Nº 225-2000-PE/DNE, y esta a su vez modificada por la Resolucion Directoral Nº 196-2002-PE/DNEPP, en el extremo referido al codigo alfanumerico de la matricula de la embarcacion pesquera "PEGUISA 4", entendiendose que actualmente la matricula sera Nº CO-1454-PM. Articulo 2º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca a favor de la empresa PESQUERA RIBAUDO S.A. para operar la embarcacion pesquera "PEGUISA 4" de matricula CO-1454-PM otorgado por Resolucion Ministerial Nº 227-97-PE, modificado por la Resolucion Directoral Nº 077-99-PE/DNE, Resolucion Directoral Nº 225-2000-PE/DNE, y esta a su vez modificado por la Resolucion Directoral N º 196-2002-PE/DNEPP, en los mismos terminos y condiciones, en que fue otorgado, respetando lo establecido por la normatividad vigente.

Articulo 3º.- El acceso al recurso sardina, sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y las normas que lo modifiquen o sustituyan, y las sanciones previstas por su incumplimiento segun el Decreto Supremo Nº 003-2004PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservacion a bordo CSW o RSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado al armador SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI, a traves de la Resolucion Directoral Nº 225-2000-PE/DNE, modificada mediante la Resolucion Directoral Nº 196-2002-PE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera "PEGUISA 4" de matricula CO-1454-PM. Articulo 5º.- Incorporar a la empresa PESQUERA RIBAUDO S.A. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "PEGUISA 4" de matricula CO-1454-PM e incorporar la presente Resolucion al literal B) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 2842003-PRODUCE, y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PE, excluyendo a SPIRIDON KALINICOS KONTOGEORYI de dichos anexos. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y a las Direcciones Regionales Sectoriales del Litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

60258-3

En cumplimiento de resolucion judicial, corrigen permiso de pesca otorgado a persona natural mediante R.D. N° 0252000-PRE/P
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 195-2007-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2007 Vistos los Oficios Nº 1257-2006 -1 JPL/ VES del 26 de diciembre del 2006, con registro Nº 00084703 del 27 de diciembre del 2006 y Nº 1799-06 -1 JPL / VES del 6 y 30 de marzo del 2007 con registros Nº 00016589 y Nº 00022551 del 7 de marzo y 30 de marzo del 2007, respectivamente, remitidos por el Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA El MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de Lima. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 025-2000-PRE/P del 29 de noviembre del 2000, se otorgo permiso de pesca al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHU, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "LULU I" de matricula PL-19894-CM , de 35.32 m3 de capacidad de bodega en la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo y redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ (13 mm.) y 1½ pulgadas(38 mm.) segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 057-2003PRODUCE/DNEPP, del 14 de marzo del 2003, se publico la relacion de embarcaciones pesqueras de los armadores que han incrementado la capacidad de bodega autorizada en su permiso de pesca, encontrandose consignada en dicha relacion la embarcacion pesquera "LULU I" de matricula PL-19894-CM; siendo posteriormente excluida del citado listado, al haber regularizado su situacion

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