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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de mayo de 2007 345566 Caso 1 Si: • Informe Situacional del Sector declara al Gobierno Regional APTO. • Informe Situacional del Gobierno Regional declara estar APTO. Entonces, se procede a la acreditación y se ejecutan acciones de Cooperación. Caso 2Si: • Informe Situacional del Sector declara al Gobierno Regional APTO. • Informe Situacional del Gobierno Regional declara esta POR POTENCIAR. Entonces, se ejecutan acciones de Cooperación y de Coordinación. Caso 3Si: • Informe Situacional del Sector declara al Gobierno Regional la materia o función POR POTENCIAR. • Informe Situacional del Gobierno Regional declara estar APTO. Entonces, se ejecutan acciones de Cooperación y Colaboración. Caso 4Si: • Informe Situacional del Sector declara al Gobierno Regional la materia o función POR POTENCIAR. • Informe Situacional del Gobierno Regional declara a la materia o función POR POTENCIAR. Entonces, se ejecutan acciones de Cooperación, Colaboración y Coordinación. PlazoLa Certi fi cación se efectuará durante los meses de junio y julio de 2007. 5.1.8 La Acreditación , por la Secretaría de Descentralización de la PCM, se realizará al encontrarse una concordancia entre las conclusiones de los Informes Situacionales del Sector del Gobierno Nacional y el Gobierno Regional respectivo. En tal caso, podrá ser declarado como Acreditado y, por lo tanto, apto para recibir la función sectorial en proceso de transferencia. La acreditación se formalizará a través de Resoluciones Directorales. Plazo La Acreditación a los Gobiernos Regionales que cumplan con la certi fi cación, hasta el 30 de septiembre de 2007 pudiendo extenderse para los casos que ameriten una resolución de controversias. Resolución de Controversias por las Resoluciones Directorales que emita la Secretaría de Descentralización, hasta el 31 de octubre de 2007. 5.1.9 La Efectivización de la transferencia de las Funciones Sectoriales y sus correspondientes recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario, a los Gobiernos Regionales acreditados, se realizará de conformidad con el procedimiento siguiente: a) La Secretaría de Descentralización noti fi cará a cada uno de los Ministerios, las Resoluciones Directorales de Acreditación, indicando el detalle de las funciones especí fi cas a ser transferidas a cada uno de los Gobiernos Regionales. b) Las Comisiones Sectoriales de Transferencia, conjuntamente con las Comisiones Regionales de Transferencia y con la participación de las Direcciones Regionales Sectoriales, en los casos que resulte pertinente, deberán realizar el ordenamiento administrativo, técnico y legal de los activos y pasivos vinculados a la transferencia de las Funciones Sectoriales, e iniciarán el saneamiento a que hubiere lugar. c) Las Comisiones Sectoriales de Transferencia elaboran las Actas Sustentatorias y los Informes Finales de lo actuado, los mismos que serán remitidos a las Comisiones Regionales de Transferencia, para su suscripción. Las Actas Sustentatorias serán suscritas por los miembros de las Comisiones Sectoriales y Regionales de Transferencia y/o por los responsables de sus respectivas Subcomisiones, en tanto que los Informes Finales serán suscritos por los Presidentes de las Comisiones Sectoriales y Regionales de Transferencia. d) Los Ministerios y los Gobiernos Regionales, a través de sus respectivas Comisiones de Transferencia, sectoriales y regionales, son responsables de elaborar las Actas de Entrega y Recepción de las Funciones Sectoriales y de los recursos vinculados a éstas, a través de las cuales se efectiviza la transferencia. e) Las Actas de Entrega y Recepción serán suscritas por los Titulares de los Ministerios y de los Gobiernos Regionales, o por quienes éstos les deleguen, mediante los dispositivos legales correspondientes. Para la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, el Gobierno Regional enviará copia fedateada, al Ministerio respectivo y a la Secretaría de Descentralización, de las Ordenanzas Regionales mediante las cuales se aprueban los documentos que sustentan el cumplimiento de los Requisitos Generales exigidos. f) Los Ministerios elaboran el Expediente en dos (2) originales de igual contenido y valor, uno de las cuales es remitido al Gobierno Regional, al concluir el proceso de efectivización de la transferencia de las Funciones Sectoriales. Una (1) copia fedateada será remitida a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, para conocimiento yfi nes. g) Los Ministerios emitirán la respectiva Resolución Ministerial que formaliza la transferencia de las Funciones Sectoriales, especi fi cando cada una de las funciones establecidas en la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. En caso de incluir recursos, deberán gestionar, además, el respectivo Decreto Supremo que apruebe la transferencia de recursos fi nancieros. Estas normas deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano. PlazoLa Efectivización de la transferencia de las Funciones Sectoriales y sus correspondientes recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario, hasta el 31 de diciembre de 2007. La emisión de las respectivas Resoluciones Ministeriales y Decretos Supremos, por parte de los Sectores, hasta el 31 de diciembre de 2007. Suscripción de Convenios de Gestión, a partir de la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, los cuales serán normados por la Secretaría de Descentralización. Resumen de los Plazos Componentes Niveles de Gobierno Fechas Compromiso de Cumplimiento de Requisitos Generales y Gobiernos Regionales A más tardar el 15 de junio de 2007 Defi nición de Requisitos Especí fi cos Mínimos,Gobierno Nacional y Secretaría de DescentralizaciónA más tardar el 31 de mayo de 2007 (Publicados) Convenio Marco IntergubernamentalGobierno Nacional y RegionalA partir del 1 de junio de 2007 Certi fi cación Gobierno Nacional y Regional Secretaría de DescentralizaciónJunio y Julio de 2007 Acreditación Secretaría de DescentralizaciónA más tardar el 30 de septiembre de 2007 Efectivización Gobierno Nacional y RegionalA más tardar el 31 de diciembre de 2007 6. Coordinación Nacional - Regional La Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través del Área de Coordinación Regional y Municipal, establecerá las estrategias, mecanismos, herramientas e instrumentos para apoyar, facilitar y viabilizar la relación entre los Sectores del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales que contribuya con la transferencia de funciones sectoriales y el cumplimiento de las diferentes etapas del proceso. 7. Supervisión, orientación, acompañamiento, monitoreo y evaluación del proceso 7.1 Del Plan Anual La Secretaría de Descentralización diseñará e implementará los indicadores de seguimiento de cada una