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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2007 (18/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de mayo de 2007 345579 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A. por las Resoluciones Directorales Nºs. 012-99-PE/DNE, 274-99-PE/DNE y 168-2000-PE/DNE, para operar la embarcación pesquera INCA 3, con matrícula PT-4613-PM, de 138.93 m3 de capacidad de bodega, en la extracción del recurso merluza con destino el consumo humano directo, utilizando red de arrastre de fondo con longitud mínima de abertura de malla en el copo de 110 mm. y cajas con hielo como sistema de preservación a bordo, en el ámbito marítimo peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras. Artículo 2º.- Aprobar a favor de la empresa INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A., el cambio del titular de permiso de pesca otorgado a la empresa DEL MAR S.A. por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 619-95-PE y 277-96-PE, para operar la embarcación pesquera RODAVALO, con matrícula PT-10852-CM, de 132.24 m3 de capacidad de bodega, en la extracción del recurso merluza con destino el consumo humano directo, utilizando red de arrastre de fondo con longitud mínima de abertura de malla en el copo de 110 mm, y cajas con hielo como sistema de preservación a bordo, en el ámbito marítimo peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca otorgados a través de las Resoluciones Directorales Nºs. 012-99-PE/DNE, 274-99-PE/DNE y 168-2000-PE/DNE a la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A. y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 619-95-PE y 277-96-PE a la empresa DEL MAR S.A., para operar las embarcaciones pesqueras INCA 3 con matrícula PT-4613-PM y RODAVALO con matrícula PT-10852-CM. Artículo 4º.- Incorporar a la empresa INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A., como titular de los permisos de pesca otorgados para operar las embarcaciones pesqueras INCA 3, con matrícula PT-4613-PM y RODAVALO, con matrícula PT-10852-CM, en el literal F) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Artículo 5º.- Excluir a las empresas CORPORACION PESQUERA INCA S.A. y DEL MAR S.A., como titular de los permisos de pesca otorgados para operar a las embarcaciones pesqueras INCA 3, con matrícula PT-4613-PM y RODAVALO con matrícula Nº PT-10852-CM del literal F) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Artículo 6º.- La vigencia de los permisos de pesca otorgados por la presente resolución esta supeditada a la operatividad de la embarcación pesquera, a la realización de actividad extractiva en el ejercicio previo, a la instalación del Sistema de Seguimiento Satelital SISESAT a bordo de las referidas embarcaciones, al pago por concepto de los derechos de pesca que acredite el armador o empresa con la respectiva constancia y al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento jurídico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 61062-5 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 219-2007-PRODUCE/DGEPP Lima, 25 de abril de 2007 Visto el escrito con registro Nº 00020294 del 19 de marzo del 2007 y adjunto 1 del 29 de marzo del 2007, presentado por la empresa INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A. CONSIDERANDO: Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde; por lo que la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron;Que por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE del 29 de mayo del 2003, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso merluza, en cuyo numeral 5.4 del artículo 5º se establece que para dedicarse a la extracción del citado recurso, debe utilizarse red de arrastre con tamaño mínimo de abertura de malla de 110 mm. en el copo; Que por Resolución Ministerial Nº 463-97-PE del 25 de setiembre de 1997, se otorgó permiso de pesca a los señores GIACOMO VITTORIA PELLEGRINO, TERESA CABALLERO IZQUIERDO y ANTONIO VITTORIA PELEGRINO para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional CAPE MERCI, con matrícula PT-3844-CM, de 100.86 m3 de capacidad de bodega y SAN VICENTE DE PAUL con matrícula PT-5125-CM, de 76.80 m3 de capacidad de bodega, con hielo en cajas como medio de preservación a bordo, equipada con red de arrastre con longitud mínima de abertura de malla en el copo de 90 mm, para la extracción del recurso merluza con destino al consumo humano directo en el ámbito del litoral peruano; Que mediante Resolución Directoral Nº 239-2001-PE/ DNEPP del 9 de octubre del 2001, se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca a favor de PESQUERA HERMANOS VITTORIA S.R.Ltda para operar la embarcación pesquera SAN VICENTE DE PAUL, de matrícula PT-5125-CM y 76.80 m3 de capacidad de bodega para la extracción del recurso merluza con destino al consumo humano directo en el ámbito del litoral peruano; Que a través de la Resolución Directoral Nº 283-2001- PE/DNEPP del 24 de octubre del 2001, se aprobó el cambio del titular de permiso de pesca a favor de PESQUERA HERMANOS VITTORIA S.R.Ltda para operar la embarcación pesquera CAPE MERCI de matrícula PT-3844-CM y 100.86 m3 de capacidad de bodega para la extracción del recurso merluza con destino al consumo humano directo en el ámbito del litoral peruano; Que a través del escrito del visto, la empresa INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A. solicita el cambio del titular de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras CAPE MERCI, de matrícula PT-3844-CM, de 100.86 m3 de capacidad de bodega, para la extracción del recurso merluza empleando red de arrastre y con destino al consumo humano directo; al haber adquirido la posesión de las mismas mediante Contrato de Arrendamiento celebrado con el propietario de las mismas (PESQUERA HERMANOS VITTORIA S.R.Ltda.) mediante Escritura Pública del 1° de marzo del 2007 otorgada por notario de Piura doctor Rómulo Cevasco Caycho; Que de la evaluación efectuada a la documentación presentada por la recurrente, así como de la aplicabilidad de la legislación pesquera vigente, se ha determinado que el recurrente ha cumplido con presentar los requisitos sustantivos y procedimentales establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2005-PRODUCE, publicado mediante la Resolución Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; por lo que resulta necesario aprobar el cambio del titular de permiso de pesca de las embarcaciones pesqueras CAPE MERCI y SAN VICENTE DE PAUL, de matrículas PT-3844-CM y PT-5125-CM, respectivamente; a la vez de establecer que el tamaño mínimo de abertura de malla de la red de arrastre debe estar conforme a lo dispuesto en el numeral 5.4 del artículo 5º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la merluza, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano mediante el Informe Nº 205-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de merluza aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado por Resolución Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; En uso de las facultades establecidas en el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A., el cambio del titular de permiso de pesca otorgado a la empresa PESQUERA HERMANOS VITTORIA S.R.Ltda. por la Resolución Directoral Nº 239-2001-PE/DNEPP hasta el 31 de diciembre del 2009, en virtud al Contrato de Arrendamiento suscrito, para operar la embarcación pesquera SAN VICENTE DE PAUL, con matrícula PT-5125-CM, de 76.80 m3 de