Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2007 (18/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

345571

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion de la operacion Apruebese una operacion de administracion de deuda, en la modalidad de prepago, con los acreedores de la Republica del Peru en el Club de MORDAZA, con sujecion a los siguientes parametros: - Las obligaciones que podran ser materia de prepago son aquellas correspondientes a la deuda comercial reprogramada en el MORDAZA de las Minutas del Club de MORDAZA de los anos 1993 y 1996. - Podran estar comprendidas en la operacion de prepago los vencimientos de amortizacion de las deudas MORDAZA citadas con vencimientos entre el periodo 2007 al 2015. - El prepago podra ser hasta por el valor nominal de los vencimientos. Articulo 2°.- De la Minuta con el Club de MORDAZA Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas a suscribir con los paises acreedores del Club de MORDAZA, la Minuta que contendra los terminos y condiciones que se acuerden con dicho foro para la implementacion de la operacion de administracion de deuda, en la modalidad de prepago, que se aprueba en la presente MORDAZA legal. La referida Minuta y otros componentes que MORDAZA necesarios para llevar a cabo la operacion de administracion de deuda que se aprueba en la presente MORDAZA legal, seran aprobados por decreto supremo conforme a lo dispuesto en el Articulo 37° de la Ley N° 28563 y sus modificatorias. Articulo 3°.- Refrendo y Vigencia El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas, y entrara en vigencia el dia de su publicacion. Dado en MORDAZA, en la MORDAZA de Gobierno, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

Que, mediante Oficio Nº 1069-2006-MTC/02 de fecha 13 de octubre de 2006, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, comunica a PROINVERSION las obras que seran ejecutadas por el Concesionario y las que seran ejecutadas por obra publica y luego de su culminacion, entregadas al Concesionario para la operacion y mantenimiento; Que, mediante Oficio Nº 1169-2006-MTC/02 de fecha 8 de noviembre de 2006, que complementa el documento anterior, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, informa a PROINVERSION las inversiones a incluirse en cada uno de los tramos de la Concesion, adjuntando a tal efecto el informe tecnico 024-2006-MTC/20.6.1 y los Anexos 1 y 2 de la Gerencia de Estudios y Proyectos de Provias Nacional; Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION adoptado en sesion de fecha 21 de noviembre de 2006, se ha aprobado la modificacion al Plan de Promocion de la Inversion Privada del MORDAZA, el mismo que requiere ser ratificado mediante resolucion suprema; Que, a la fecha continua la evaluacion de la Red Vial Nº 4 y es conveniente adoptar las medidas que permitan incorporar variaciones de las intervenciones y montos de inversion, correspondientes a dicha red vial; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 3) del Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y la Ley Nº 28660; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSION en su sesion del 21 de noviembre de 2006, conforme al cual se aprueban las modificaciones al Plan de Promocion de la Inversion Privada de la Red Vial Nº 4: "Pativilca-Santa-Trujillo, SalaverryEmpalme R01N, Pativilca-Conococha-Huaraz-CarazChuquicara-Santa y Casma-Huaraz", incluyendo las posibles variaciones de las intervenciones y montos de inversion, en el ambito de la Red Vial Nº 4, asi como la construccion de la MORDAZA calzada del tramo Pativilca-Santa-Trujillo, de ser necesarias luego de la evaluacion correspondiente. Articulo 2º.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

62005-2 61933-4

Ratifican Acuerdo de Proinversion que aprobo modificaciones al Plan de Promocion de la Inversion Privada de la Red Vial Nº 4
RESOLUCION SUPREMA Nº 037-2007-EF
MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de fecha 3 de octubre de 2003 el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada para el otorgamiento en concesion de la Red Vial Nº 4, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 059-96PCM, siendo ratificado mediante Resolucion Suprema Nº 202-2003-EF de fecha 7 de octubre de 2003; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 017-2006-EF se ratifico el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 2 de febrero de 2006, mediante el cual se aprobo el MORDAZA Plan de Promocion de la Inversion Privada del MORDAZA MORDAZA referido; Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION adoptado en sesion de fecha 15 de junio de 2006, se aprobaron modificaciones al Plan de Promocion de la Inversion Privada del MORDAZA, las mismas que fueron ratificadas mediante Resolucion Suprema Nº 046-2006-EF;

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de soporte y actualizacion de licencias Oracle
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 275-2007-EF/43
MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2007 Vistos: el Oficio Nº 178-2007-EF/42.01 de la Oficina General de Informatica y Estadistica y los Informes N°s. 1312007-EF/43.50 y 975-2007-EF/60.01 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, que sustentan la configuracion del supuesto de servicios que no admiten sustitutos y cuentan con proveedor unico, previsto en el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y modificatorias, para la contratacion del Servicio de Soporte y Actualizacion de Licencias Oracle. CONSIDERANDO: Que, segun el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y modificatorias, estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para la prestacion de servicios que no admiten sustitutos y que cuenten con proveedor unico;

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