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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2007 (31/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de mayo de 2007 346204 de Ayacucho remite a la APCI, la programación mensual de Transferencias de Fondos para la ejecución de obras programadas para el presente año 2007; Que, mediante el segundo documento de Vistos, la Dirección del Proyecto AGORAH de la Presidencia del Consejo de Ministros comunica a la APCI, su pronunciamiento a favor de la transferencia de recursos de contrapartida nacional a la Unidad Ejecutora AGORAH – Ayacucho; Que, con Memorandum (OPE) Nº 072-2007 de fecha 16 de mayo de 2007, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento Estratégico (actual O fi cina de Planeamiento y Presupuesto) de la APCI, ha manifestado que se cuenta con la disponibilidad fi nanciera correspondiente a la transferencia fi nanciera a efectuarse a favor del Gobierno Regional de Ayacucho, para la ejecución del Convenio de Financiación PER/B7-3100/03/5758 de fecha 10 de diciembre del 2003; Con la visación de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina General de Administración y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE; Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 28927; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar una Transferencia Financiera a favor del Gobierno Regional de Ayacucho de los recursos autorizados mediante Ley Nº 28927 hasta por la suma de S/.1 502,603.00 (Un Millón Quinientos Dos Mil Seiscientos Tres y 00/100 Nuevos Soles) de acuerdo al siguiente detalle: DE LA : SECCIÓN : GOBIERNO NACIONAL PLIEGO : 080 Agencia Peruana de Cooperación Internacional UNIDAD EJECUTORA : 001 Agencia Peruana de Cooperación Internacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 00 Recursos Ordinarios S/. 1 502 603.00 6. GASTOS DE CAPITAL S/. 1 502 603.00 7. Otros Gastos de Capital S/. 1 502 603.00 A LA : SECCIÓN : GOBIERNO REGIONAL PLIEGO : 444 Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho UNIDAD EJECUTORA : 1197 Programa de Apoyo Socio Económico y la Descentralización FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 13 Donaciones y Transferencias 6. GASTOS DE CAPITAL S/. 1 502 603.00 5. Inversiones S/. 1 502 603.00 TOTAL S/. 1 502 603.00 Artículo Segundo.- La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego de cada Gobierno Regional comunicará a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional la incorporación a su pliego presupuestal de los recursos que le sean transferidos, según la presente Resolución, conforme a la estructura funcional Programática . Artículo Tercero.- La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego de cada Gobierno Regional instruye a la(s) Unidad (es) Ejecutora(s) para que elabore(n), las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíqueseAGUSTIN HAYA DE LA TORRE Director Ejecutivo 67096-1CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Aprueban Directiva “Procedimiento para la obtención de la aprobación de la utilización de otro procedimiento o modalidad, en lugar de las modalidades de selección por Subasta Inversa o Convenio Marco” CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 295-2007-CONSUCODE/PRE Jesús María, 25 de mayo de 2007 CONSIDERANDO:Que, el artículo 12º del Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Presencial, aprobado por Resolución N.º 094-2007-CONSUCODE/PRE, y el artículo 7º del Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Electrónica, aprobado por Resolución N.º 590-2006-CONSUCODE/PRE y modi fi cado por Resolución N.º 112-2007-CONSUCODE/PRE, establecen que para la adquisición de un bien o la contratación de un servicio que se encuentre incluido en el listado de bienes y servicios comunes que publica el CONSUCODE en el SEACE, las Entidades del Estado deberán utilizar obligatoriamente la modalidad de selección por subasta inversa, ya sea presencial o electrónica, pudiendo utilizar otro procedimiento o modalidad que considere más e fi ciente para un caso especi fi co, siempre que dicha decisión se encuentre sustentada en el expediente de contratación y cuente con la aprobación previa de CONSUCODE; Que, conforme a lo establecido en el Reglamento de la Modalidad Especial de Selección por Convenio Marco, previa aprobación de CONSUCODE, las Entidades podrán emplear otro procedimiento o modalidad, que ofrezca condiciones más ventajosas; Que, no existiendo un procedimiento establecido para que las Entidades requieran la aprobación de CONSUCODE, para emplear una modalidad distinta a la subasta inversa y convenio marco, resulta necesario establecer los procedimientos mediante los cuales se aprobará la utilización de otro procedimiento o modalidad por parte de las Entidades que resulte más e fi ciente que la Subasta Inversa o que ofrezca condiciones más ventajosas que la contratación directa a través del Catálogo de Convenio Marco; De conformidad con lo dispuesto en literal b) del artículo 59º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en la Segunda Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y en el numeral 23) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2007-EF. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Apruébese la Directiva N.º 010- 2007-CONSUCODE/PRE, “Procedimiento para la obtención de la aprobación de la utilización de otro procedimiento o modalidad, en lugar de las modalidades de selección por Subasta Inversa o Convenio Marco”, cuyo texto forma parte de la presente Resolución Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS TORRICELLI FARFÁN Presidente