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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de mayo de 2007 346199 defensorial, la conformación del presupuesto institucional, las relaciones con instituciones del ámbito internacional, las relaciones con la sociedad civil y las relaciones con los medios de comunicación; Capítulo 2: Re fi ere las intervenciones defensoriales prioritarias y los problemas enfrentados en la protección de derechos, como son los derechos civiles y políticos, derechos económicos, sociales y culturales, derechos de solidaridad, y derechos de las personas en situación de vulnerabilidad. Asimismo, presenta las actuaciones defensoriales realizadas en el ámbito de la gobernabilidad; Capítulo 3: Presenta la actuación de las entidades supervisadas por la Defensoría del Pueblo en lo referente al cumplimiento de los deberes de la administración estatal, el cumplimiento del deber de cooperación con la Defensoría del Pueblo, así como la relación de los casos más signi fi cativos de incumplimiento del deber de cooperación a nivel nacional; Capítulo 4: Contiene los datos estadísticos que muestran, entre otros aspectos, el número de casos recibidos en el período clasifi cados por categoría (quejas, petitorios y consultas), el índice de concentración de atención de casos, la atención de usuarios en el ámbito nacional, el estado de ejecución de las quejas y petitorios, las instituciones que fueron objeto de mayor número de quejas, las instituciones contra las cuales se recibieron quejas agrupadas por sectores, y los grupos y subgrupos de derechos que son materia de quejas. Asimismo se presenta el número de casos atendidos por el Centro de Atención Virtual, e información correspondiente a cada una de las O fi cinas Defensoriales a nivel nacional; Capítulo 5: Presenta el balance y las perspectivas de la actuación de la Defensoría del Pueblo en el marco de los diferentes derechos como son la vida e integridad personal, libertad personal, identidad, acceso a la información, participación política, educación, salud, servicios públicos, medio ambiente, entre otros. Finalmente se presentan las re fl exiones fi nales. Anexos: Recoge la relación de las opiniones sobre proyectos de ley emitidas por la Defensoría del Pueblo, los procesos constitucionales en los que intervino, la iniciativa legislativa presentada por la Defensoría del Pueblo, una reseña de las resoluciones elaboradas en el período, así como las publicaciones defensoriales editadas durante el período informado. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del “Décimo Informe Anual de la Defensoría del Pueblo al Congreso de la República. Enero - Diciembre 2006”. Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO del señor Presidente de la República el Informe a que se re fi ere el artículo anterior. Artículo Cuarto.- REMITIR el mencionado Informe, por intermedio de la Presidencia del Congreso de la República, a los señores miembros de la Mesa Directiva y a los señores congresistas integrantes de la Comisión de Constitución y Reglamento y de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Artículo Quinto.- DISPONER la preparación del Resumen Ejecutivo a publicarse en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 67089-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Las Cuatro Estrellas de San Miguel RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 477-2007-JEF/RENIEC Lima, 23 de mayo de 2007VISTOS: el Informe N° 00666-2007/SGREC/GOR/ RENIEC y el Informe N° 000519-2007-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, norma que precisa que el Sistema Registral lo conforman el conjunto de órganos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción, y que las O fi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, la O fi cina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se re fi ere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularización de O fi cina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Subgerencia de Registros del Estado Civil, por lo que corresponde la aprobación de la delegación de funciones, que establezca la vinculación funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por la Ley 26497 y el Reglamento de Organización y Funciones de la institución; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución, a la O fi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Las Cuatro Estrellas de San Miguel, distrito de Pontó, provincia de Huari, departamento de Ancash. Artículo 2°.- El Jefe de la O fi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Las Cuatro Estrellas de San Miguel, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, proporcionará los libros de nacimiento, matrimonio y defunción, a la O fi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Las Cuatro Estrellas de San Miguel, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; así como también corresponderá a dicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 66491-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la EDPYMES Proempresa S.A. la apertura de agencia en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 616-2007 Lima, 16 de mayo de 2007