Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2007 (31/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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DIRECTIVA Nº 10-2007/CONSUCODE/PRE PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCION DE LA APROBACION DE UTILIZACION DE OTRO PROCEDIMIENTO O MODALIDAD, EN LUGAR DE LAS MODALIDADES DE SELECCION POR SUBASTA INVERSA O CONVENIO MARCO. 1. FINALIDAD La presente Directiva tiene por finalidad establecer los procedimientos mediante los cuales se aprobara la utilizacion de otro procedimiento o modalidad, por parte de las Entidades del Estado, que resulte mas eficiente que la Subasta Inversa para la adquisicion o contratacion de bienes y servicios que se encuentren incluidos en el Listado de Bienes Comunes y Servicios Comunes; o que ofrezca condiciones mas ventajosas que la contratacion directa a traves del Catalogo de un Convenio Marco. 2. OBJETO Fijar el procedimiento para la remision y aprobacion de las solicitudes presentadas por las Entidades del Estado, en relacion a la utilizacion de otro procedimiento o modalidad que resulte mas eficiente que la Subasta Inversa para un caso especifico de adquisicion o contratacion de bienes y servicios que se encuentren incluidos en el Listado de Bienes Comunes y Servicios Comunes, o que ofrezca condiciones mas ventajosas que la contratacion directa a traves del Catalogo de un Convenio Marco. 3. ALCANCE La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para todas las Entidades que se encuentran bajo el ambito de aplicacion de la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado. 4. BASE LEGAL - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0842004-PCM. - Normas Complementarias. 5. JUSTIFICACION De conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Modalidad de Seleccion por Subasta Inversa Presencial y el Reglamento de la Modalidad de Seleccion por Subasta Inversa Electronica, para la adquisicion de un bien o la contratacion de un servicio que se encuentre incluido en el Listado de Bienes y Servicios Comunes que publica CONSUCODE en el SEACE, las Entidades del Estado deberan utilizar obligatoriamente la modalidad de seleccion por subasta inversa, ya sea presencial o electronica, pudiendo utilizar otro procedimiento o modalidad que considere mas eficiente para un caso especifico, siempre que dicha decision se encuentre sustentada en el expediente de contratacion y cuente con la aprobacion previa de CONSUCODE, bajo responsabilidad del funcionario encargado de aprobar dicho instrumento. De la revision de las solicitudes efectuadas por las Entidades del Estado para requerir la aprobacion MORDAZA mencionada, se ha advertido que algunas de estas carecen de sustento, o que su contenido no guarda relacion con lo presentado, lo que imposibilita que este Consejo Superior pueda realizar la evaluacion correspondiente. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Modalidad Especial de Seleccion por Convenio MORDAZA, previa aprobacion de CONSUCODE, las Entidades podran emplear otro procedimiento o modalidad, que ofrezca condiciones mas ventajosas, entendidas estas como todas aquellas situaciones objetivas y demostrables que favorezcan sustancialmente a la Entidad respecto de las condiciones ofrecidas en el Catalogo y que incidan directamente en el objetivo de la adquisicion o contratacion, pudiendo referirse a precios, plazos, lugares de entrega o ejecucion de la prestacion, garantias comerciales, calidad, soporte tecnico, disponibilidad de repuestos y capacitacion del personal usuario. En ese sentido, toda vez que las mencionadas aprobaciones son de caracter excepcional, resulta importante

que las Entidades presenten adecuadamente sus solicitudes asi como sustenten tecnica y legalmente las razones por las cuales, en el caso especifico, resulta mas eficiente la realizacion de otro procedimiento o modalidad, en lugar de la modalidad de seleccion por subasta inversa presencial o electronica, o que el empleo de otro procedimiento ofrece condiciones mas ventajosas que la contratacion directa a traves del Catalogo de Convenio Marco. Por tal motivo, resulta necesario establecer las pautas y el procedimiento para presentar, evaluar y aprobar las solicitudes realizadas por las diversas Entidades del Estado, para efectuar procesos de seleccion bajo otro procedimiento o modalidad mas eficiente que la subasta inversa, o que ofrezca condiciones mas ventajosas que la contratacion directa a traves del Catalogo de Convenio Marco. 6. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 6.1. Para efectos de la obtencion de la aprobacion excepcional por parte del CONSUCODE, de acuerdo a lo senalado en el numeral 5 de la presente Directiva, las Entidades deberan remitir sus solicitudes por escrito via Tramite Documentario. 6.2. A la mencionada solicitud debera adjuntarse el sustento correspondiente, el que debera constar en el expediente de contratacion, y la informacion adicional que considere pertinente, que respalde considerar mas eficiente, en el caso especifico, la realizacion de otro procedimiento o modalidad, en lugar de la modalidad de seleccion por subasta inversa, o que el empleo de otro procedimiento ofrece condiciones mas ventajosas que la contratacion directa a traves del catalogo de convenio marco. Dicho sustento debera ser elaborado por la Dependencia Encargada de las Contrataciones y Adquisiciones (DECA) sobre la base del requerimiento del area usuaria, debiendo contar, asimismo, con el refrendo del Jefe de la Oficina de Administracion, o quien haga sus veces. 6.3. Adicionalmente, se consignara en la solicitud el nombre del funcionario designado que representara a las Entidades en las coordinaciones que se deban realizar con CONSUCODE. Dicha designacion debera contener direccion electronica y numero telefonico, pudiendo CONSUCODE utilizar cualquiera de las vias descritas a fin de entablar las correspondientes coordinaciones. 6.4. La omision de adjuntar el sustento MORDAZA senalado, o las deficiencias que se adviertan de la revision del mismo, seran puestas en conocimiento de las Entidades a traves del correo electronico consignado en la solicitud, o en su defecto, a traves de Tramite Documentario, a fin de que se cumpla con subsanar las observaciones efectuadas, a efectos de poder realizar la evaluacion de la procedencia de la solicitud. 6.5. Una vez que CONSUCODE cuente con toda la informacion necesaria para realizar la correspondiente evaluacion, este remitira la respuesta a la solicitud presentada, a traves de cualquiera de las vias consignadas en el numeral 6.4. ANEXO Nº 01 - FORMATO DE SOLICITUD ANEXO Nº 02 - FORMATO DE INFORME DE SUSTENTO MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de 2007. ANEXO Nº 01 FORMATO DE SOLICITUD PARA OBTENCION DE LA APROBACION DE UTILIZACION DE OTRO PROCEDIMIENTO O MODALIDAD, EN LUGAR DE LAS MODALIDADES DE SELECCION POR SUBASTA INVERSA O CONVENIO MORDAZA SENOR PRESIDENTE DEL CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO ASUNTO: Solicitud de aprobacion de utilizacion de otro procedimiento o modalidad mas eficiente que la subasta inversa o la contratacion directa a traves del Catalogo de un Convenio Marco. Yo, (nombres y apellidos), (cargo) de (nombre y siglas de la Entidad), con RUC Nº (......................) y domicilio legal en (.......................................); de conformidad con lo establecido en la Directiva Nº ___-2007/CONSUCODE/PRE, que regula el procedimiento para la obtencion de la aprobacion de utilizacion de otro procedimiento o modalidad que resulte mas eficiente que la subasta inversa para un caso especifico, o que ofrezca condiciones mas ventajosas que la contratacion directa a traves

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