Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2007 (01/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

356477

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS, para que se le autorice la apertura de una oficina especial ubicada en Av. Proceres de la Independencia Nº 2357, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, en aplicacion del numeral 3.2.1 de la Circular Nº S-612-2005 la empresa solicitante ha cumplido con comunicar previamente a esta Superintendencia la apertura de la citada oficina especial; Estando a lo informado por el Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros "B", mediante Informe Nº 114-2007-ASSSB; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, la Circular Nº S-612-2005; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS, la apertura de una oficina especial ubicada en Av. Proceres de la Independencia Nº 2357, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 126339-1

sus aportes y el escenario de rentabilidad que cubre sus expectativas. Los valores de la tasa de rentabilidad que se deberan considerar son los siguientes: Rentabilidad Real Anual MORDAZA de Fondo Fondo MORDAZA 1 Fondo MORDAZA 2 Fondo MORDAZA 3 Escenario 1 3.00% 5.00% 7.00% Escenario 2 4.00% 6.00% 9.00%

La Superintendencia ­mediante comunicacion de caracter general- podra modificar los criterios para la determinacion de la rentabilidad que sera utilizada por cada una de las AFP. Asimismo, debera tomarse en consideracion lo siguiente: a) El afiliado podra elegir en el estimador de pension, el MORDAZA de fondo (Fondo MORDAZA 1 o Fondo MORDAZA 2) en el que estaran sus aportes obligatorios y voluntarios, una vez cumplido los sesenta (60) anos de edad. Sin embargo, estos (los aportes voluntarios) se mantendran en el mismo escenario de rentabilidad. En caso el afiliado no determine la precitada variable, por defecto se asumira el Fondo MORDAZA 1. b) El estimador de pension como minimo, contemplara el supuesto que tanto los aportes obligatorios y voluntarios con fin previsional estaran en el mismo MORDAZA de fondo y escenario de rentabilidad elegido por el afiliado, durante el horizonte temporal de la proyeccion. La AFP, de considerarlo conveniente, podra permitir elegir al afiliado tipos de fondo por tramos de edad. 3. Calculo del saldo proyectado. Se deberan tomar en consideracion los siguientes conceptos: - Remuneracion Actual (RA): Corresponde a la remuneracion bruta actual recibida por el afiliado. Esta variable sera utilizada para la determinacion del acceso a la jubilacion anticipada y excedente de pension. - Numero de aportes al ano en el SPP (NA): Corresponde al numero de remuneraciones al ano a las que se deduce los aportes obligatorios. - Saldo CIC Actual (CIC): Es el monto de aportes obligatorios mas el rendimiento obtenido por dichos aportes a la fecha de estimacion de la pension. - Aporte Voluntario Mensual (AV): Es el monto de aporte voluntario que el afiliado piensa realizar de manera mensual. En caso este se realice esporadicamente, el monto a considerar en esta variable sera equivalente a cero. - Tasa de Aporte ( % a ): Sera equivalente a la tasa de aporte obligatorio al fondo de pensiones (10% de la remuneracion). - Densidad de Cotizacion (DC): Es la relacion existente entre el numero de meses cotizados y el numero de meses totales dentro de un periodo dado. Se presentaran escenarios que consideren como minimo el 50%, a eleccion del afiliado. Para dicho efecto, la densidad de cotizacion se distribuye proporcionalmente a lo largo de su MORDAZA laboral activa. La estimacion de los saldos proyectados se realizara de la siguiente manera: a) Saldo CIC Proyectado:

Metodologia para la Estimacion de Pensiones
CIRCULAR Nº AFP-85-2007 MORDAZA, 30 de octubre de 2007 -------------------------------------------------Ref.: Metodologia para la Estimacion de Pensiones. -------------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, y la Tercera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 004-98-EF, esta Superintendencia dispone lo siguiente: 1. Alcance. La presente Circular establece la metodologia que las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante AFP, deberan de utilizar para ofrecer ­en cualquier medio- estimaciones o proyecciones de pension bajo cualquiera de las modalidades aprobadas por la Superintendencia. Para efectos de la aplicacion de lo dispuesto en la presente Circular, debera de utilizarse en forma estricta los terminos "estimacion de pensiones" o "proyeccion de pensiones". 2. Tasa de rentabilidad para la proyeccion de saldos. La AFP debera dar al afiliado proximo a jubilarse la posibilidad de eleccion del MORDAZA de fondo en el que tiene

S CIC = CIC * (1 r1 ) n1 * (1 r2 ) n2
b) Proyeccion de aportes obligatorios y voluntarios futuros:

SA =

DC *

NA * (%a * RA 12

AV ) *

(1 r1 ) n1 r1

1

* (1 r2 ) n2

(1 r2 ) n2 r2

1

c) MORDAZA de Reconocimiento Proyectado:
v * (1 rBR ) n S BDR = BR no min al * IPC BdR

IPC

1

n2

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