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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (14/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de noviembre de 2007 357484 2007-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral N° 12489-2007-MTC/15. Artículo 8°.- Otórguese un plazo de diez (10) días calendario, contados desde su autorización, para que las empresas EFE AUTOMOTRIZ S.A. y BALTIC CONTROL PERU S.A.C. cumplan con presentar la documentación que acredite la formalización del consorcio, incluyendo la designación del representante legal común, bajo apercibimiento de declararse la caducidad de su autorización como Entidad Verifi cadora. Artículo 9°.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. LINO DE LA BARRERA L. Director General (e)Dirección General de Transporte Terrestre 131424-1 VIVIENDA Modifican la R.M. Nº 393-2007- VIVIENDA, sobre transferencia financiera a EPSEL S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 521-2007-VIVIENDA Lima, 22 de octubre de 2007 CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley Nº 29035, que Autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, se expidió la Resolución Ministerial Nº 393-2007-VIVIENDA, que aprobó una transferencia fi nanciera por la suma de S/. 5 429 220,00 (Cinco millones cuatrocientos veintinueve mil doscientos veinte y 00/100 Nuevos Soles), a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque S. A. – EPSEL S.A., para la ejecución de los proyectos descritos en los Anexos A y B que forman parte integrante de la mencionada Resolución Ministerial; Que, en los Anexos A y B de la Resolución Ministerial a que se refi ere el considerando precedente, se encuentra considerado el Proyecto “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE TUCUME” con Código SNIP Nº 41333, con un fi nanciamiento de hasta S/. 2 420,000.00 (Dos millones cuatrocientos veinte mil y 00/100 Nuevos Soles) y, el Proyecto “INSTALACION DE LAS REDES DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO CON CONEXIONES DOMICILIARIAS DEL SECTOR SAJINERO Y CALLE SR. DE LOS MILAGROS - ILLIMO” con Código SNIP Nº 28341, con un fi nanciamiento de hasta S/. 440,986.00 (Cuatrocientos cuarenta mil novecientos ochenta y seis y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Informe Técnico Nº 405-2007/VIVIENDA/ VMCS/PAPT-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa “Agua Para Todos” del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicita la modifi cación de la Resolución Ministerial Nº 393-2007-VIVIENDA, teniendo en cuenta que la Municipalidad Distrital de Túcume es la nueva Unidad Ejecutora del Proyecto “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE TUCUME” (SNIP 41333); y que la Municipalidad Distrital de Illimo es la nueva Unidad Ejecutora del Proyecto: “INSTALACION DE LAS REDES DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO CON CONEXIONES DOMICILIARIAS DEL SECTOR SAJINERO Y CALLE SR. DE LOS MILAGROS - ILLIMO” (SNIP 28341); y por tanto, la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque S.A.- EPSEL S.A. ha dejado de ser la Unidad Ejecutora de los acotados Proyectos; Que, en tal sentido, y estando a lo expuesto, resulta necesario modifi car la citada Resolución Ministerial Nº 393-2007-VIVIENDA, en el extremo que aprueba el nuevo monto de la transferencia fi nanciera a favor de EPSEL S.A. cuya suma asciende a S/. 2 568 234,00 (Dos millones quinientos sesenta y ocho mil doscientos treinta y cuatro y 00/100 Nuevos Soles), y asimismo modifi car los Anexos A y B, excluyendo los Proyectos antes citados; De conformidad con la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 393-2007-VIVIENDA, en los siguientes términos: “Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 2 568 234,00 (Dos millones quinientos sesenta y ocho mil doscientos treinta y cuatro y 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Recursos Ordinarios a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque S.A.- EPSEL S.A. (…)” Artículo 2º.- Modifi car los Anexos A y B de la Resolución Ministerial Nº 393-2007-VIVIENDA, en los términos que constan en el Anexo 1, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL