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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (30/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 90

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2007 358672 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan a la PCM efectuar transferencia financiera al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para la ejecución de proyectos de rehabilitación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 383-2007-PCM Lima, 29 de noviembre de 2007 Vistos, el Oficio Nº 766-2007/VIVIENDA-DM, Oficios Nºs. 074, 075 y 076-2007-FORSUR/GG y Acuerdos Nºs 003, 004 y 006-02-2007-D-FORSUR, relacionados con la solicitud de transferencia de recursos para el financiamiento de 46 proyectos de rehabilitación en las localidades de Cañete, Chincha y Pisco, por parte del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29078 se crea el Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007, denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomía económica, financiera y técnica, constituyéndose para dicho efecto en Unidad Ejecutora y cuya finalidad es lograr la rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en estado de emergencia a través del Decreto Supremo Nº 068-2007 y sus ampliaciones, constituyendo sus recursos, entre otros, las transferencias que realice el “Fondo para la Reconstrucción - Sismo del 15 de agosto de 2007” a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 026-2007; Que, el artículo 5º de la Ley N° 29078, modificado por la Ley Nº 29136, establece que son funciones del Directorio de FORSUR, entre otras, realizar la evaluación general de los efectos del sismo del 15 de agosto de 2007 sobre las zonas declaradas en emergencia; aprobar los planes y proyectos de rehabilitación, construcción y reconstrucción necesarios para el cumplimiento de los fines del FORSUR; priorizar las obras e inversiones a ser ejecutadas con recursos del FORSUR por la Gerencia General, los ministerios, empresas públicas, los gobiernos regionales, los gobiernos locales o terceros, en el marco de los planes y proyectos de rehabilitación, construcción y reconstrucción integral de las zonas declaradas en estado de emergencia, antes referidas; Que, el numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 183-2007-EF, señala que el Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolución del Titular del Pliego la desagregación de recursos autorizados en el artículo 1º del citado dispositivo; Que, por Resolución Ministerial Nº 365-2007-PCM se aprobó la desagregación de recursos autorizada según el Decreto Supremo señalado en el anterior considerando; Que, mediante el artículo 2º de la Ley Nº 29136 se autorizó incorporar como Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 29078, el siguiente texto: “TERCERA.- Incluyese a los recursos del FORSUR en los alcances del literal e) del párrafo 75.4 del artículo 75º de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, Ley Nº 28411”; Que, por Resolución Ministerial Nº 451-2006-PCM de fecha 28 de diciembre de 2006, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2007, de conformidad con la Ley Nº 28927 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007”, el cual ha sido modifi cado por la incorporación de nuevas Actividades, Créditos Suplementarios, Transferencia de Partidas entre Pliegos, Saldos de Balance de Recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a las de “Recursos Ordinarios” y Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático; Contando con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Año Fiscal 2007, la Ley Nº 29136, Ley que modifi ca los artículos 1º, 4º, 5º, 7º y 8º de la Ley Nº 29078 Ley que crea el FORSUR y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, efectuar una transferencia fi nanciera al Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de S/. 22 015 209,00 (VEINTIDOS MIILLONES QUINCE MIL DOSCIENTOS NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para ser destinados a la ejecución de 46 proyectos de rehabilitación en las localidades de Cañete, Chincha y Pisco y que se encuentran priorizados en sesión de Directorio del FORSUR de fecha 18 de octubre del 2007, conforme hace referencia el tercer considerando del Decreto Supremo Nº 183-2007-EF. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución de las acciones señaladas en el tercer considerando del dispositivo a que hace referencia el párrafo precedente. Artículo 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional Modifi cado del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 014 Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 – FORSUR, Función 07 Defensa y Seguridad Nacional, Programa 024 Prevención y Atención de Desastres, Sub-Programa 0066 Defensa Civil, Actividad 1.029434 Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y la Reconstrucción, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y la correspondiente disponibilidad de Calendario de Compromisos. Artículo 3°.- En el marco de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, publicará en su página web, el resultado de las acciones y detalle de gastos realizados, dentro del primer trimestre de finalizado el año 2007, de los recursos autorizados con Decreto Supremo Nº 183-2007-EF, materia de la presente transferencia financiera, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 139085-1 DEFENSA Metas e Indicadores de Desempeño para la Evaluación del Cumplimiento de las Políticas Nacionales en Materia de Seguridad y Defensa Nacional para el Año 2007 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1249-2007-DE/SG Lima, 29 de noviembre de 2007