Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2007 (30/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

358661

que la citada Directiva se hizo de conocimiento al ex Sub Gerente CPC Vlado MORDAZA MORDAZA Rovegno por el Gerente de Administracion, CPC MORDAZA MORDAZA Gallese mediante Memorando No. 588-2005-GA-MDSJM, de fecha 21 de marzo del 2005, " a efectos que se sirva dar cumplimiento con lo establecido el mismo", lo que acredita que ambos ex funcionarios tuvieron conocimiento de la citada MORDAZA, la cual fue incumplida. Incumpliendo de igual forma el ex funcionario MORDAZA referido en lo siguiente: Incisos a) y b) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico que senalan: "Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico" y "Salvaguardar los intereses del Estado" respectivamente; el literal a) y d) del articulo 28º del citado Decreto que indica: "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "la negligencia en el desempeno de sus funciones"; asimismo inobservaron lo establecido en el articulo 129º del Decreto Supremo No. 005-90-PCM del 15 de enero de 1990, Reglamento de la MORDAZA Administrativa que dispone: "Los funcionarios y servidores deberan actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que les corresponda cautelando la seguridad y el patrimonio del Estado que tengan bajo su directa responsabilidad". Articulo 47º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que senala: "Los funcionarios y servidores que participan en los procesos de adquisicion o contratacion de bienes, servicios y obras son responsables del incumplimiento de las normas de la presente Ley y su Reglamento ". Articulo 7º de la ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, Deberes de la Funcion Publica: el servidor publico tiene los siguientes deberes en su numeral 5, Uso adecuado de los Bienes del Estado, dispone: "Debe proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeno de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o aprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado. Numeral 6º Responsabilidad, dispone "todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su funcion publica. El articulo primero del Acuerdo de Concejo No. 0000362005/MDSJM de fecha 18 de marzo del 2005. SENORA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ EX SUB GERENTE DE CONTABILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES (17 de MORDAZA del 2004 al 11 de noviembre del 2005): Por incumplir lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion de Funciones ROF en su articulo 49º, inciso g) que establece: " asegurar que las operaciones y Actos Administrativos cuenten con la documentacion sustentatoria, h) ejercer control previo de los gastos en coordinacion con la Oficina de Planificacion, Racionalizacion y Presupuesto, i) controlar la ejecucion financiera de gastos por fuente de financiamiento de acuerdo a la programacion de compromisos para su correcta MORDAZA en el Balance de Ejecucion Presupuestaria. Por haber inobservado la MORDAZA del Sistema Administrativo de Contabilidad No. 4 - Verificacion Interna aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 80181-EFC/76 del 17 de Septiembre de 1981 que senala en el titulo III Acciones a Desarrollar, Numeral 3: "se aplicara el control previo interno considerando los lineamientos siguientes: 3.2 aplicar la normatividad vigente en el analisis del contenido o naturaleza de la operacion". Incumpliendo de igual forma el ex funcionario MORDAZA referido en lo siguiente: Incisos a) y b) del articulo 21º del Decreto Legislativo No. 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico que senalan: "Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico" y "Salvaguardar los intereses del Estado" respectivamente; el literal a) y d) del articulo 28º del citado Decreto que indica: "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "la negligencia en el desempeno de sus funciones"; asimismo inobservaron lo establecido en el articulo 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM del 15 de enero de 1990, Reglamento de la MORDAZA Administrativa que dispone: "Los funcionarios y servidores deberan actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que les corresponda cautelando la

seguridad y el patrimonio del Estado que tengan bajo su directa responsabilidad". Articulo 47º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que senala: "Los funcionarios y servidores que participan en los procesos de adquisicion o contratacion de bienes, servicios y obras son responsables del incumplimiento de las normas de la presente Ley y su Reglamento ". Articulo 7º de la Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, Deberes de la Funcion Publica: el servidor publico tiene los siguientes deberes en su numeral 5, Uso adecuado de los Bienes del Estado, dispone: "Debe proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeno de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o aprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado. Numeral 6º Responsabilidad, dispone "todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su funcion publica. El articulo primero del Acuerdo de Concejo No. 0000362005/MDSJM de fecha 18 de marzo del 2005. SENOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ EX SUB GERENTE DE ABASTECIMIENTO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES (02 de enero del 2004 al 11 de agosto del 2005). Por incumplir lo establecido en el articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones ROF que establece en el literal n) aplicar estrictamente las normas en materia de Contrataciones y Adquisiciones y demas emanadas por los organos competentes sobre la materia en este caso de las obligaciones que corresponde a la Oficina de Abastecimiento, tal como lo establece el articulo 26º numeral 26.1 y 26.2, literal d) de la Resolucion Directoral No. 008-2005-EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2005". Incumpliendo de igual forma el ex funcionario MORDAZA referido en lo siguiente: Incisos a) y b) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico que senalan: "Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico" y "Salvaguardar los intereses del Estado" respectivamente; el literal a) y d) del articulo 28º del citado Decreto que indica: "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "la negligencia en el desempeno de sus funciones"; asimismo inobservaron lo establecido en el articulo 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM del 15 de enero de 1990, Reglamento de la MORDAZA Administrativa que dispone: "Los funcionarios y servidores deberan actuar con correccion y justeza al realizar los actos administrativos que les corresponda cautelando la seguridad y el patrimonio del Estado que tengan bajo su directa responsabilidad", encontrandose inmersos en lo dispuesto en el Articulo 47º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que senala: "Los funcionarios y servidores que participan en los procesos de adquisicion o contratacion de bienes, servicios y obras son responsables del incumplimiento de las normas de la presente Ley y su Reglamento ". Articulo 7º de la Ley No. 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica Deberes de la Funcion Publica: el servidor publico tiene los siguientes deberes en su numeral 5, Uso adecuado de los Bienes del Estado, dispone: "Debe proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeno de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o aprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado. Numeral 6º Responsabilidad, dispone "todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su funcion publica. El articulo primero del Acuerdo de Concejo No. 0000362005/MDSJM de fecha 18 de marzo del 2005. SENOR VLADO MORDAZA MORDAZA ROVEGNO - EX SUB GERENTE DE TESORERIA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES (18 de octubre del 2004 al 31 de diciembre del 2006): Por no haber observado lo dispuesto en el articulo 51º literal j) del Reglamento de Organizacion y Funciones ROF que precisa: "verificar la documentacion sustentatoria MORDAZA de efectuar el pago por obligaciones contraidas con

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