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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de octubre de 2007 354885 99-MTC/15.03 y modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 185-2001-MTC/15.03; Que, el artículo 117º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, establece que las concesiones y las asignaciones de espectro relativas a aquéllas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobación previa del Ministerio, la cual será formalizada mediante Resolución Viceministerial; Que, mediante Informe Nº 130-2007-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones opina que es procedente la solicitud formulada por la empresa RADIO TV H.P.CH. E.I.R.L.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde aprobar la transferencia de la concesión solicitada por la empresa RADIO TV H.P.CH. E.I.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones; SE RESUELVE:Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesión otorgada a la empresa RADIO TV H.P.CH. E.I.R.L. por Resolución Ministerial Nº 144-99-MTC/15.03 cuya área de concesión fue ampliada por Resolución Ministerial Nº 185-2001-MTC/15.03, para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, a favor de la empresa VIP CHANNEL S.A.C. Artículo 2º.- Aprobar la adenda al contrato de concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, aprobado por Resolución Ministerial Nº 144-99-MTC/15.03, modi fi cado por Resolución Ministerial Nº 185-2001-MTC/15.03, mediante la cual se formaliza la transferencia descrita en el artículo precedente, y autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones encargado de las funciones de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones a suscribir la adenda en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3º.- Reconocer a la empresa VIP CHANNEL S.A.C. como nueva titular de la concesión otorgada por Resolución Ministerial Nº 144-99-MTC/15.03, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 185-2001-MTC/15.03, a partir de la fecha de suscripción de la adenda a que se refi ere el artículo precedente, asumiendo dicha empresa todos los derechos y obligaciones derivados de la concesión transferida. Artículo 4º.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la adenda a que se re fi ere el artículo 2º de la presente Resolución, no es suscrita por la empresa RADIO TV H.P.CH. E.I.R.L. y la empresa VIP CHANNEL S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción de la citada adenda se deberá cumplir previamente con presentar el documento donde conste el acuerdo de transferencia suscrito por la empresa RADIO TV H.P.CH. E.I.R.L. y la empresa VIP CHANNEL S.A.C. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 116207-1Modifican la R.D. Nº 089-2004-MTC/12 que otorgó a LAN PERÚ S.A. - LAN permiso de operación de aviación comercial RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 180-2007-MTC/12 Lima, 5 de setiembre del 2007Vista la solicitud de la empresa LAN PERU S.A. - LAN, sobre Modi fi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial – Servicio de Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 089-2004- MTC/12 del 11 de junio del 2004 se otorgó a la empresa LAN PERU S.A. - LAN, Permiso de Operación de Aviación Comerc ial – Servicio de Transporte Aéreo Nacional Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 28 de junio del 2004, modi fi cada a través de las Resoluciones Directorales Nº 226-2005-MTC/12 del 15 de diciembre del 2005, Nº 026-2006-MTC/12 del 16 de febrero del 2006, Nº 101-2006-MTC/12 del 19 de junio del 2006 y Nº 076-2007-MTC/12 del 10 de abril del 2007; Que, a través del Documento con Registro Nº 2007- 014812 del 8 de mayo del 2007 la empresa LAN PERU S.A. – LAN solicita la Modi fi cación de su Permiso de Operación, a fi n incrementar frecuencias a las rutas ya autorizadas; Que, según los términos de lo opinado en la Memoranda Nº 512-2007-MTC/12.AL, Nº 580-2007-MTC/12.AL y Nº 676-2007-MTC/12.AL, Memorando Nº 2762-2007-MTC/12.04; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, veri fi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación de los principios de celeridad y simpli fi cación administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aeródromos privados podrán ser utilizadas previa autorización de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modi fi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car - en el extremo pertinente - el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 089-2004-MTC/12 del 11 de junio del 2004, que otorgó a LAN PERU S.A. - LAN Permiso de Operación de Aviación Comercial – Servicio de Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, modi fi cada a través de las Resoluciones Directorales Nº 226-2005-MTC/12 del 15 de diciembre del 2005, Nº 026-2006-MTC/12 del 16 de febrero del 2006, Nº 101-2006-MTC/12 del 19 de junio del 2006 y Nº 076-2007-MTC/12 del 10 de abril del 2007, en los términos siguientes: RUTAS Y FRECUENCIAS: - Lima – Cusco y/o Puerto Maldonado y/o Arequipa y/o Juliaca y/o Tacna y/o Cusco y/o Arequipa y v.v., hasta 200 frecuencias semanales - Lima – Trujillo y/o Cajamarca y/o Chiclayo y/o Piura y/o Tumbes y/o Trujillo y/o Cajamarca y/o Chiclayo y/o Piura y v.v., hasta 90 frecuencias semanales