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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (05/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de octubre de 2007 354902 DISTRITAL DE CHONGOS BAJO, efectúe anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fiscal 2007, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con la Ley Nº 28979, los desembolsos sólo se efectivizarán luego que la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONGOS BAJO presente al Programa Agua Para Todos, el contrato de ejecución de estudios, obra o supervisión del proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otro documento relacionado a componentes aprobados en la viabilidad del proyecto, según corresponda; y de conformidad con los artículos 237º, 243º, 246º y demás normas pertinentes del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM que le sean aplicables. El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B podrá ser materia de modi ficación en función de los resultados de la ejecución del proyecto, así como por factores externos no previsibles. El cronograma actualizado (o modi ficado) deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua para Todos. Artículo 4º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Especí fico para el financiamiento de la elaboración del Expediente Técnico del proyecto de saneamiento a suscribirse entre la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONGOS BAJO y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 5º.- El Programa Agua para Todos es responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 4º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del proyecto contenido en el mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA:MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONGOS BAJO COD SNIPPROYECTOTIPO DE EJECUCION PRESUPUES- TARIAPPTO. PIM 2007TRANS. FINANC. HASTA POR S/. 59933MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO Y CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LA LOCALIDAD , DISTRITO DE CHONGOS BAJO - CHUPACA - JUNIN INDIRECTA 92,087.00 92,087.00 TOTAL 92,087.00 92,087.00 ANEXO B PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONGOS BAJO COD SNIP PROYECTOTIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/.TRANS. FINANC. HASTA POR S/.MES 01 MES 02 59933MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO Y CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LA LOCALIDAD , DISTRITO DE CHONGOS BAJO - CHUPACA - JUNIN INDIRECTA 50,000.00 42,087.00 92,087.00 TOTAL 50,000.00 42,087.00 92,087.00 Administración Indirecta: El primer desembolso se iniciará con la fecha de suscripción del contrato 116871-3 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Suplente del Décimo Quinto Juzgado Especializado en lo Penal de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA Oficina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 236-2007-P-CSJLI/PJ Lima, 3 de octubre del 2007 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 228-2007-CE-PJ, de fecha 27 de setiembre del presente año; y,CONSIDERANDO: Que mediante resolución de vista, en su artículo segundo se designó al doctor Julio Cristóbal Frisancho Gil como Juez Suplente del Décimo Quinto Juzgado Especializado en lo Penal de Lima a partir del primero de octubre del presente año. Que el doctor Frisancho Gil a la fecha se encuentra desempeñándose como Juez Penal Suplente de la Corte Superior de Lima Norte, por lo que resulta imposible que asuma como juez suplente de la Corte Superior de Justicia de Lima; por lo que resulta necesario la designación del magistrado que despache el Décimo Quinto Juzgado Especializado en lo Penal de Lima; de manera que no afecte el normal desarrollo de las actividades propias del mencionado órgano jurisdiccional. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e ficiente servicio de administración de justicia en bene ficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, rati ficar y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Suplentes que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,