TEXTO PAGINA: 38
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de octubre de 2007 354880 CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia declaradas según la citada Ley; Que, de conformidad con el artículo 22º de la mencionada norma, se entiende como situación de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastró fi cos, quedando la Entidad exonerada de la tramitación del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la Ley; Que, el artículo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, después de lo cual deberá convocar a los procesos de selección que correspondan; Que, asimismo, el artículo 142º señala que toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fi nalización del evento que la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolución correspondiente, remitiéndolo junto con el informe técnico legal sustentatorio, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estado de ejecución de las prestaciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM se declaró en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Cañete del departamento de Lima, por el plazo de sesenta (60) días naturales, disponiéndose que el Ministerio de Salud, entre otros, ejecute las acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas; Que, por Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM se amplía el Estado de Emergencia dispuesto en el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, a las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, así como a los distritos de Huatec y Tupe de la provincia de Yauyos del Departamento de Lima, a fi n de que se ejecuten las acciones inmediatas destinadas a la atención de la población damni fi cada, a la reducción y minimización de los riesgos existentes y la rehabilitación de las zonas afectadas; Que, con Resolución Ministerial Nº 665-2007/MINSA del 16 de agosto de 2007, se declaró la Alerta Roja en los Establecimientos de Salud a Nivel Nacional a partir de la fecha por el plazo de sesenta (60) días naturales. Asimismo, se dispuso que cada Dirección Regional de Salud de conformidad a la Directiva de Declaración de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres, incremente la Alerta Roja al nivel que corresponda a la situación dentro de su jurisdicción; Que, en atención a la situación de emergencia y a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y del Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM, la Unidad Ejecutora 001-Administración Central del Ministerio de Salud procedió a la contratación directa de una serie de bienes y servicios, con cargo a regularizarse de conformidad con la normativa de la materia, considerando lo estrictamente necesario para la atención de la emergencia; Que, con Resolución Directoral Nº 780-2007-OGA-OL- SA del 2 de octubre de 2007, se dispuso la modi fi cación del Plan Anual de Adquisiciones con la inclusión de los procesos detallados en el anexo adjunto; Que, en tal sentido, corresponde emitir la correspondiente Resolución de aprobación de la exoneración de los procesos de selección de las adquisiciones y contrataciones realizadas bajo la causal de situación de emergencia, a fi n de proceder la regularización correspondiente, las cuales deberán incluirse en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Salud para el año 2007; Que, mediante Informe N° 2050-2007-OGAJ/MINSA, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emitió opinión legal favorable acerca de la procedencia de la exoneración solicitada por la O fi cina General de Administración del Ministerio de Salud; Que, según el artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la exoneración debe ser aprobada mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; Estando a lo informado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 2050-2007-OGAJ/MINSA, documento que se emite en calidad de informe legal; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Administración y el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y, De conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y a lo establecido en el artículo 8º literal l) de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la Exoneración de la realización de procesos de selección para la adquisición de bienes y contratación de servicios por la causal de situación de emergencia de acuerdo al detalle del Anexo adjunto, por el monto de S/. 278 036.06 (Doscientos setenta y ocho mil treinta y seis con 06/100 Nuevos Soles), incluido impuestos con cargo a los recursos ordinarios correspondientes a la Unidad Ejecutora 001. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - SEACE y en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3°.- Disponer la remisión de la copia de la presente resolución y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíqueseCARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 117189-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban transferencia de autorización para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial otorgada mediante R.VM. Nº 502-2001-MTC/15.03 a favor de persona natural RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 701-2007-MTC/03 Lima, 1 de octubre del 2007VISTA, la solicitud de registro P/D Nº 041003, del 31 de julio de 2003, presentada por la empresa TELESISTEMA PERUANO C.H.M.V. S.A.C., sobre aprobación para transferir su autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima, a favor del señor YHONSHUA TRUJILLO SANTILLÁN; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 502-2001- MTC/15.03 del 18 de julio de 2001, se otorgó autorización