Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2007 (27/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de octubre de 2007

de los Precios en la MORDAZA Equivalente de Media Tension de los Sistemas de Distribucion Electrica MORDAZA, Yura y Puquina-Omate-Ubinas se adoptara como referencia la Subestacion Base MORDAZA 138 kV. B) PRECIOS A NIVEL GENERACION EN SUBESTACIONES DE CENTRALES GENERADORAS El Precio a Nivel Generacion de la Energia en una Subestacion de Central Generadora, cuyo flujo preponderante de energia es hacia otra subestacion con Precio a Nivel Generacion definido, se determinara del cociente resultante de dividir el Precio a Nivel Generacion de la Energia de la Subestacion con Precio a Nivel Generacion definido entre el correspondiente Factor Nodal de Energia (FNE). El Precio a Nivel Generacion de la Potencia en una Subestacion de Central Generadora, se determinara dividiendo el Precio a Nivel Generacion de la Potencia de la Subestacion con Precio a Nivel Generacion definido entre el Factor de Perdidas de Potencia (FPP). En el caso de subestaciones en que el flujo preponderante de energia aporte a otra subestacion con Precios a Nivel Generacion definidos, se le aplicara el mismo procedimiento. Se define: PENP1 = PENP0 / FNE PENF1 = PENF0 / FNE PPN1 = PPN0 / FPP Donde: PENP0 PENF0 PPN0 PENP1 PENF1 PPN1 : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas de Punta, definido. : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas Fuera de Punta, definido. : Precio a Nivel Generacion de la Potencia de Punta, definido. : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas de Punta, por determinar. : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas Fuera de Punta, por determinar. : Precio a Nivel Generacion de la Potencia de Punta, por determinar. (1) (2) (3)

la Resolucion OSINERG Nº 065-2005-OS/CD y la Resolucion OSINERGMIN Nº 169-2007-OS/CD y sus modificatorias. 1.3 FORMULA DE REAJUSTE DE LOS PRECIOS A NIVEL GENERACION Los Precios a Nivel Generacion seran actualizados utilizando las siguientes Formulas: PENP PENF PPN FA Donde FA = Factor de actualizacion de precios. Sera redondeado a cuatro digitos decimales y publicado MORDAZA del dia 20 de cada mes. PM = Precio promedio de contratos obtenido a partir de la informacion de los ultimos Formatos COMP-1 disponibles, expresado a dos cifras decimales en ctm S/./kWh. PM0 = 12,58 ctm S/./kWh PENP0 = Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas de Punta publicado en la presente resolucion. PENF0 = Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas Fuera de Punta publicado en la presente resolucion. PPN0 = Precio de Potencia a Nivel Generacion publicado en la presente resolucion. PENP = Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas de Punta actualizado, expresado en centimos de S/./kW.h y redondeado a dos cifras decimales. PENF = Precio de la Energia a Nivel Generacion en Horas Fuera de Punta actualizado, expresado en centimos de S/./kW.h y redondeado a dos cifras decimales. PPN = Precio de Potencia a Nivel Generacion actualizado, expresado en S/./kW y redondeado a dos cifras decimales. El factor FA se aplicara unicamente en caso que este se incremente o disminuya en mas de 5% respecto al valor del mismo empleado en la MORDAZA actualizacion. En estos casos, los nuevos precios entraran en vigencia el primer dia calendario del mes. Articulo 2º.- Aprobar el Programa Trimestral de Transferencias por Mecanismo de Compensacion correspondiente al periodo noviembre 2007 ­ enero 2008 (en Nuevos Soles), a que se refiere el Articulo 29º de la Ley Nº 28832 y el Articulo 3.3º del Reglamento del Mecanismo de Compensacion entre los Usuarios Regulados del MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2007-EM. Cuadro Nº 2 = = = = PENP0 * FA PENF0 * FA PPN0 * FA PM/PM0

1.2 PRECIOS A NIVEL GENERACION EN SUBESTACIONES DIFERENTES A LAS SENALADAS EN EL NUMERAL 1.1. Los Precios a Nivel Generacion de la Energia (en Horas de Punta y Fuera de Punta) seran el resultado de multiplicar los Precios a Nivel Generacion de la energia en una Subestacion de Referencia por el respectivo Factor Nodal de Energia (FNE). Los Precios a Nivel Generacion de la Potencia seran el resultado de multiplicar los Precios a Nivel Generacion de la Potencia de Punta en la Subestacion de Referencia por el respectivo Factor de Perdidas de Potencia (FPP). Se define: PENP1 = PENP0 * FNE PENF1 = PENF0 * FNE PPN1 = PPN0 * FPP Donde: PENP0 : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas de Punta, definido. PENF0 : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas Fuera de Punta, definido. PPN0 : Precio a Nivel Generacion de la Potencia de Punta, definido. PENP1 : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas de Punta, por determinar. PENF1 : Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas Fuera de Punta, por determinar. PPN1 : Precio a Nivel Generacion de la Potencia de Punta, por determinar. En los casos en que se hace referencia a factores nodales o factores de perdidas, debe entenderse que estos corresponden a los aprobados mediante (4) (5) (6)

Empresas Receptoras

Fecha Limite de Transferencia 15/12/2007

Empresas Aportantes Luz del Sur 1 362 1 353 1 345 1 895 1 938 1 981 13 033 13 323 13 619 13 568 13 512 13 449 23 513 23 305 23 093 Electrosur Hidrandina Electronorte -

Chavimochic

15/01/2008 15/02/2008 15/12/2007

Emsemsa

15/01/2008 15/02/2008 15/12/2007

Coelvisac

15/01/2008 15/02/2008 15/12/2007

Electro MORDAZA

15/01/2008 15/02/2008 15/12/2007

Edecanete

15/01/2008 15/02/2008

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