Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2007 (06/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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En todos los casos la resolucion de caducidad se expedira previa consideracion y evaluacion de las solicitudes de exclusion presentadas y demas escritos pendientes, de existir estos." Articulo 2º.- Refrendo El presente decreto supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en MORDAZA, en la MORDAZA de Gobierno, a los cinco dias del mes de setiembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 104834-6

"Articulo 2º-A.- Modificaciones al Plan de Accion La Comision Multisectorial - MORDAZA Rio Ramis constituida por Resolucion Ministerial Nº 192-2007-PCM podra proponer al Ministerio de Energia y Minas las modificaciones que fueran necesarias al Plan de Accion dirigido a lograr la recuperacion de la MORDAZA del Rio Ramis. Estas propuestas seran incorporadas a dicho Plan de Accion mediante resolucion ministerial del Ministerio de Energia y Minas." Articulo 2º.- Modificacion del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 034-2007-EM Modifiquese el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 034-2007-EM, con el siguiente texto: "Articulo 3º.- Acciones inmediatas Dispongase las siguientes acciones inmediatas para el logro de los objetivos trazados en el Plan de Accion aprobado por el presente decreto supremo: 3.1 Apertura de la Oficina Tecnica en la localidad de Ananea, en las instalaciones de propiedad de CENTROMIN PERU S.A., para lo cual el Ministerio de Energia y Minas realizara las coordinaciones para la transferencia y asumira los gastos de la puesta en operacion y mantenimiento de dichas instalaciones a su favor. (...)." Articulo 3º.- Refrendo El presente decreto supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas, el Ministro del Interior, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Salud y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de setiembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 104834-7

Modifican el D.S. Nº 034-2007-EM, que aprueba el "Plan de Accion dirigido a lograr la recuperacion de la MORDAZA Rio Ramis"
DECRETO SUPREMO Nº 046-2007-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 034-2007-EM, aprobo el "Plan de Accion dirigido a lograr la recuperacion de la MORDAZA Rio Ramis"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 192-2007PCM se constituyo la Comision Multisectorial - MORDAZA Rio Ramis, adscrita al Ministerio de Energia y Minas, encargada de coordinar y efectuar el seguimiento de las Acciones a Corto y Mediano Plazo contempladas en el "Plan de Accion dirigido a lograr la Recuperacion de la MORDAZA del Rio Ramis", aprobado por el Decreto Supremo Nº 0342007-EM, vigilando el cumplimiento de los compromisos asumidos por cada uno de los sectores correspondientes; sin desmedro de las atribuciones de fiscalizacion y control de los organos competentes de cada sector; Que, producto de la MORDAZA reunion de trabajo, la citada Comision Multisectorial acordo, entre otros puntos, que se solicite al Ministerio de Energia y Minas que las modificaciones que fueran necesarias al Plan de Accion dirigido a lograr la recuperacion de la MORDAZA del Rio Ramis, seran propuestas a dicho Sector e incorporadas al Plan de Accion mediante resolucion ministerial del Ministerio de Energia y Minas; Que, asimismo, en dicha reunion de trabajo se reviso el Oficio Nº 428-2007-GRPUNO/PR mediante el cual el Gobierno Regional de MORDAZA manifesto que, debido a limitaciones presupuestales, no le era posible asumir directamente la gestion de los compromisos especificados fuera del Gobierno Regional relacionados con la propuesta de comodato para asumir en uso las instalaciones y bienes de CENTROMIN PERU S.A. en el distrito de Ananea; solicitando que MORDAZA asumidas por el Ministerio de Energia y Minas. En ese sentido, con la finalidad de implementar la Oficina Tecnica en la localidad de Ananea, la Comision Multisectorial - MORDAZA Rio Ramis acordo solicitar al Ministerio de Energia y Minas que suscriba el contrato de comodato de dichas instalaciones e implemente la referida Oficina Tecnica; Que, MORDAZA propuestas de la Comision Multisectorial responden a la necesidad de implementar las acciones inmediatas del Plan de Accion, permitiendo una mejor y mas facil adecuacion del Plan a las actuales circunstancias; Que, en ese sentido, se hace necesaria la modificacion del Decreto Supremo Nº 034-2007-EM que aprobo el "Plan de Accion dirigido a lograr la recuperacion de la MORDAZA Rio Ramis"; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Incorporacion del articulo 2º-A del Decreto Supremo Nº 034-2007-EM Incorporese el articulo 2º-A del Decreto Supremo Nº 034-2007-EM, con el texto siguiente:

Prorrogan plazo de culminacion del MORDAZA de fusion dispuesto por D.S. Nº 026-2007-EM
DECRETO SUPREMO Nº 047-2007-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 026-2007-EM se creo la Direccion General de Electrificacion Rural y se aprobo la fusion del Proyecto Mejoramiento de la Electrificacion Rural mediante la Aplicacion de Fondos Concursables ­ Proyecto FONER, y de la Direccion Ejecutiva de Proyectos ­ DEP de Ministerio de Energia y Minas; Que, la Primera Disposicion Complementaria y Final del mencionado Decreto Supremo, senalo como plazo de culminacion del MORDAZA de fusion noventa (90) dias calendario, correspondiendo al Ministerio de Energia y Minas determinar en dicho plazo, la fecha de su culminacion; Que, por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, disponiendose en la Unica Disposicion Complementaria y Final que el plazo

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