Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2007 (06/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de setiembre de 2007

Nominan Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Bucal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 705-2007/MINSA MORDAZA, 3 de setiembre del 2007 Visto el Expediente Nº 07-074903-001, que contiene el Memorandum Nº 2973-2007-DGSP/MINSA de la Direccion General de Salud de las Personas. CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ministerial Nº 649-2007/MINSA de fecha 8 de agosto de 2007, se establecio la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Bucal del Ministerio de Salud; Que, el articulo 2º de la precitada Resolucion Ministerial establece que la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Bucal estara a cargo de un Coordinador Nacional, quien sera nominado por Resolucion Ministerial; Estando a lo Informado por la Direccion General de Salud de las Personas; De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8° de la Ley Nº 27657 ­ Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Nominar como Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Bucal al Cirujano Dentista MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALLARDO. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 103997-2

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban el "Boletin Informativo" a que se refiere el Art. 15º de la Ley Nº 28991, Ley de libre desafiliacion informada, pensiones minima y complementarias, y regimen especial de jubilacion anticipada
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 226-2007-TR MORDAZA, 3 de setiembre de 2007 VISTOS: El Informe Nº 021-2007-MTPE/2/11.130 de fecha 21 de MORDAZA de 2007, de la Direccion Tecnica, Bienestar Laboral y Seguridad Social de la Direccion Nacional de Relaciones de Trabajo; el Informe Nº 010-2007-MTPE/2/11.120 de fecha 22 de junio de 2007, de la Direccion de Capacitacion de la Direccion Nacional de Relaciones de Trabajo; CONSIDERANDO: Que, el articulo 10º y 11º de nuestra Constitucion Politica del Peru, establece que el Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la Seguridad Social y garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y pensiones, a traves de entidades publicas, privadas o mixtas; Que, la Ley Nº 28991, Ley de libre desafiliacion informada, pensiones minima y complementarias, y regimen especial de jubilacion anticipada, establece en articulo 15º, que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en coordinacion con la Superintendencia de Banca y Seguros - SBS y la Oficina de Normalizacion Provisional -ONP, aprueba y publica en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion masiva un "Boletin Informativo" sobre las caracteristicas, las diferencias y demas peculiaridades de los sistemas pensionarios vigentes. Dicho Boletin debe incluir, como minimo, la informacion sobre los costos previsionales, los requisitos de acceso a pension, los beneficios y las modalidades de pension que otorga cada sistema, y la informacion relacionada con el monto de la pension; Que, en merito a lo expuesto, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, la Superintendencia de Banca y Seguros y la Oficina de Normalizacion Previsional, han cumplido con elaborar el "Boletin Informativo" a que se refiere el considerando anterior, el mismo que debe ser aprobado por el Sector Trabajo y Promocion del Empleo; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el articulo 15º de la Ley Nº 28991, Ley de libre desafiliacion informada, pensiones minima y complementarias, y regimen especial de jubilacion anticipada; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el "Boletin Informativo" a que se refiere el articulo 15º de la Ley Nº 28991, Ley de libre desafiliacion informada, pensiones minima y complementarias, y regimen especial de jubilacion anticipada, donde se informa las caracteristicas, las diferencias y demas peculiaridades de los sistemas pensionarios vigentes, incluyendo, la informacion sobre los costos previsionales, los requisitos de acceso a pension, los beneficios y las modalidades de pension que otorga cada sistema, y la informacion relacionada con el monto de la pension, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 104829-1

Disponen publicar el Proyecto de Reglamento de Condiciones de Iluminacion en Ambientes de Trabajo en el MORDAZA de internet del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 706-2007/MINSA MORDAZA, 3 de setiembre del 2007 Visto: el Expediente N° 06-071770-001; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 101° de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establece que las condiciones de higiene y seguridad que deben reunir los lugares de trabajo, los equipos, maquinarias, instalaciones, materiales y cualquier otro elemento relacionado con el desempeno de actividades de extraccion, produccion, transporte y comercio de bienes o servicios, se sujetan a las disposiciones que dicta la Autoridad de Salud competente, la que vigilara su cumplimiento; Que, la Direccion General de Salud Ambiental ha elaborado el Proyecto de Reglamento de Condiciones de Iluminacion en Ambientes de Trabajo, el mismo que resulta conveniente poner a disposicion de la opinion publica interesada, con la finalidad de recepcionar las sugerencias o recomendaciones que pudieran contribuir a su perfeccionamiento; Con el visado del Viceministro de Salud, de la Directora General de la Direccion General de Salud Ambiental y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones efectue la publicacion en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, hasta por un periodo de treinta (30) dias calendario, del Proyecto de Reglamento de Condiciones de Iluminacion en Ambientes de Trabajo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 103997-3

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