Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2007 (06/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad al articulo 69º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular del Pliego, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos publicos y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano cuando el monto de la donacion supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Estando a lo opinado por la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable entre la Corporacion MORDAZA de Fomento y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a que se hace referencia en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Aprobar la donacion ascendente a la cantidad de US$ 68 580.00, otorgada por la Corporacion MORDAZA de Fomento mediante la Cooperacion Tecnica No Reembolsable, aprobada por Resolucion de la Presidencia Ejecutiva Nº 5564/07. Articulo 3º.- La donacion a que se refiere el articulo precedente, sera destinada al financiamiento del Proyecto "Evaluacion estructural de puentes y obras de arte mediante pruebas de carga estaticas y dinamicas". Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 103984-1

que permitiran analizar in situ la realidad y avances desarrollados en estos temas que resultan de especial interes para la administracion de justicia en el pais; Tercero: Que, siendo asi, y dada la trascendencia de los temas a tratar en la visita de trabajo coordinada con el Consejo Superior de la Judicatura de Colombia a traves del Proyecto del Departamento de Reduccion de Pobreza y Gestion Economica ­ Oficina Regional de MORDAZA MORDAZA y el Caribe, resulta conveniente la participacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Poder Judicial, del doctor MORDAZA Sivina MORDAZA, Vocal titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, y del doctor MORDAZA MORDAZA Mera MORDAZA, Secretario General de este Organo de Gobierno; asi como del senor MORDAZA Shack Yalta, Coordinador del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia, en el mencionado certamen; correspondiendo al Poder Judicial y al Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia, respectivamente, asumir los gastos que dicha participacion origine, considerando el itinerario de viaje; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3 del articulo 241º, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Poder Judicial, del doctor MORDAZA Sivina MORDAZA, Vocal titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, y del doctor MORDAZA MORDAZA Mera MORDAZA, Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del 5 al 8 de setiembre del ano en curso, para que participen en la visita de trabajo a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia; concediendoseles la licencia con goce de haber respectiva, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos de pasajes aereos seran cubiertos por la Unidad de Coordinacion de Proyectos, en tanto que los gastos complementarios de assiscard, impuesto aereo, viaticos, traslados y telefonia, estaran a cargo de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: Doctor MORDAZA MORDAZA Cordova: Impuesto Aereo Assiscard Viaticos Gastos de traslado Gastos de Telefono TOTAL US$ 30.25 US$ 41.00 US$ 800.00 US$ 200.00 US$ 100.00 --------------------US$ 1171.25

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Autorizan viaje de representantes del Poder Judicial para participar en visita de trabajo a Colombia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 204-2007-CE-PJ MORDAZA, 24 de agosto del 2007 VISTA: La carta cursada por la doctora MORDAZA L. Bhansali, Gerente de Proyecto del Departamento de Reduccion de Pobreza y Gestion Economica ­ Oficina Regional de MORDAZA MORDAZA y el Caribe; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, la Gerente de Proyecto del Departamento de Reduccion de Pobreza y Gestion Economica ­ Oficina Regional de MORDAZA MORDAZA y el Caribe, hace de conocimiento del Presidente del Poder Judicial, que luego de la reunion del Comite Directivo del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia, llevada a cabo recientemente, se ha previsto en coordinacion con el Consejo Superior de la Judicatura de Colombia la realizacion de una visita de trabajo para los dias 6 y 7 de setiembre del ano en curso, en la MORDAZA de Bogota; Segundo: Que, la visita de trabajo tiene como objetivo conocer como se desarrolla el Sistema Judicial Colombiano en relacion a la evaluacion para el ingreso a la MORDAZA judicial, la evaluacion del desempeno en la judicatura, sistemas de calificacion, entre otros aspectos;

Doctor MORDAZA Sivina Hurtado: Impuesto Aereo Assiscard Viaticos Gastos de traslado Gastos de Telefono TOTAL US$ 30.25 US$ 41.00 US$ 800.00 US$ 200.00 US$ 100.00 --------------------US$ 1171.25

Doctor MORDAZA MORDAZA Mera Casas: Impuesto Aereo Assiscard Viaticos Gastos de traslado Gastos de Telefono TOTAL US$ 30.25 US$ 41.00 US$ 800.00 US$ 200.00 US$ 100.00 --------------------US$ 1171.25

Articulo Tercero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Shack Yalta, Coordinador del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia, para que participe del 5 al 8 de setiembre del ano en curso en la mencionada visita de trabajo a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia. Los gastos que origine su participacion, seran de cargo al Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia. Articulo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolucion no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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