NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (06/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 32
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de setiembre de 2007 352690 Que, por las razones señaladas en los considerandos anteriores es necesario encargar las funciones de la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, estando a lo aprobado por el Pleno del Consejo nacional de la Magistratura en Sesión Plenaria del día 23 de agosto de 2007; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37° de la Ley N° 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, la Ley N° 27619, la Ley N° 28927 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y con las visaciones de la O fi cina de Administración y la Ofi cina de Asuntos Legales del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Autorizar el viaje del. Dr. Maximiliano Cárdenas Díaz, Presidente del CNM, y de los señores Consejeros, Dr. Luís Edmundo Peláez Bardales, Bio. MsC Edwin Agustín Vegas Gallo y Dr. Efraín Javier Anaya Cárdenas, en representación del Consejo Nacional de la Magistratura para la visita programada al Consejo de la Judicatura de Colombia los días 6 y 7 de septiembre del 2007, en el marco del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia del Banco Mundial Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, en lo concerniente a viáticos y pasajes aéreos, serán asumidos por el Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia - Préstamo BIRF Nº 7219 – PE del Banco Mundial. Artículo Tercero.- Los gastos de impuesto de salida al exterior de Perú y Colombia por la suma equivalente de US $ 60.25 y el Seguro de asistencia al pasajero (asistencia médica) por la suma equivalente de US $ 40.00 para cada uno de los señores Consejeros serán asumidos por el Consejo Nacional de la Magistratura con la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001 Pliego 021 Consejo Nacional de la Magistratura, Actividad 100247, y en la Meta correspondiente Artículo Cuarto.- Los señores Consejeros materia de autorización de la presente resolución, dentro de los cinco días hábiles siguientes, de efectuado el viaje presentarán la rendición de cuentas de gastos correspondiente a los fondos asignados, y un informe detallado describiendo las acciones y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado al Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia - Préstamo BIRF Nº 7219 – PE del Banco Mundial. Artículo Quinto.- Encargar al señor Vicepresidente, Dr. Carlos Mansilla Gardella, las funciones de la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, los días 6 y 7 de septiembre del 2007, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Sexto.- Encargar a la O fi cina de Administración del Consejo Nacional de la Magistratura el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ Presidente 104425-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Modifican TUPA del RENIEC, a fin de suprimir la presentación de Actas de Nacimiento y de Matrimonio correspondientes a Oficinas de Registro del Estado Civil incorporadas al RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 753-2007-JNAC/RENIEC San Isidro, 3 de setiembre de 2007VISTOS: El O fi cio Nº 1780-2007/GPP/RENIEC de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe N° 270-2007/ SGR/GPP/RENIEC de la Sub Gerencia de Racionalización, el Ofi cio N° 2376-2007/GPDR/RENIEC de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral, el O fi cio N° 3446-2007/ GOR/RENIEC de la Gerencia de Operaciones Registrales, el O fi cio N° 320-2007/SGEN/RENIEC de la Secretaría Generaly el Informe N° 1013-2007-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 114-2006-JEF/ RENIEC, de fecha 28 de febrero de 2006, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del RENIEC y sus modi fi catorias a través de las Resoluciones Jefaturales Nº 767-2006, 944-2006, 1074-2006, 1262-2006, 019-2007, 097-2007, 143-2007, 384-2007/JEF/RENIEC, y así también las Resoluciones Jefaturales Nº 529-2007 y 643-2007/JNAC/RENIEC, respectivamente; Que, en los ítems a), b) y c) del procedimiento N° 1 de TUPA del RENIEC, se establece como requisito la presentación de la Copia Certi fi cada del Acta de Nacimiento, del mismo modo, en el Anexo N° 02 del TUPA señalado, se indica como requisito la Copia Certi fi cada del Acta de Matrimonio expedida por el Registro del Estado Civil; Que, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, en el marco de sus funciones establecidas constitucionalmente, viene revocando facultades registrales de diversas O fi cinas de Registro del Estado Civil de Lima, Callao y Provincias, asumiendo dichas funciones y trans fi riendo progresivamente el correspondiente acervo documentario, lo que incluye las actas de nacimiento y matrimonio; Que, en el marco de la simpli fi cación administrativa, en concordancia con el O fi cio N° 320-2007/SGEN/ RENIEC y de acuerdo de acuerdo al Art. 40.1.1 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, no resulta necesario solicitar la documentación que posee la Entidad; Estando a lo opinado por la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, Gerencia de Asesoría Jurídica y, de acuerdo a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 – Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, de conformidad con lo dispuesto en Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 050-2007-JEF/RENIEC del 30 de enero de 2007; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modi fi car los ítems a), b) y c) del Procedimiento N° 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del RENIEC, a fi n de suprimir la presentación de Actas de Nacimiento correspondientes a Ofi cinas de Registro del Estado Civil incorporadas al RENIEC, de acuerdo al Anexo A, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Modi fi car el Anexo Nº 02 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del RENIEC, con el objeto de suprimir la presentación de Actas de Matrimonio correspondientes a O fi cinas de Registro del Estado Civil incorporadas al RENIEC, en concordancia con el Anexo B, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales, Procesos y Depuración Registral e Informática la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional