NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (06/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 31
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de setiembre de 2007 352689 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 202-2007-CE-PJ, se dispuso entre otros alcances, prorrogar la suspensión del despacho judicial por los días 27, 28 y 29 de agosto del año en curso, en las provincias de Pisco, Chincha e Ica, del Distrito Judicial de Ica; Que, al respecto, mediante Resolución Administrativa Nº 005-2007-CED-CSJI/PJ, del 4 de setiembre del presente año el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ica re fi ere que resulta necesario velar por la seguridad de las personas, lo que obliga a la adopción de las medidas necesarias para el restablecimiento del servicio de justicia en las provincias del citado Distrito Judicial más afectadas por los sismos del pasado 15 de agosto, dentro de un proceso ordenado y óptimo, que salvaguarde la vida e integridad física de las personas que laboran en los órganos jurisdiccionales afectados, así como de justiciables, abogados y público en general; y de otro lado se puedan ejecutar las medidas que permitan reordenar y proteger todo el acervo documentario obrante en dichos despachos; razón por la que se solicita a este Órgano de Gobierno la restricción de las labores judiciales en las provincias de Chincha y Pisco, a fi n de que los magistrados y personal auxiliar jurisdiccional de las dependencias de dichas provincias laboren en su horario habitual, pero sin atención al público, debiendo realizar el ordenamiento y acondicionamiento de su despacho, lo que implica la suspensión de los términos procesales por el periodo comprendido del 3 al 7 de setiembre del año en curso, debiendo restablecerse las labores en forma normal en dichas provincias a partir del próximo 10 de los corrientes; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus facultades, en sesión extraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la suspensión de los plazos procesales en las provincias de Chincha y Pisco del Distrito Judicial de Ica, del 3 al 7 de setiembre del año en curso; sin suspender las labores de magistrados y personal jurisdiccional administrativo. Artículo Segundo.- Disponer el funcionamiento de los Juzgados Penales de turno y de Familia por los mencionados días, debiendo adoptarse las acciones necesarias para la realización de sus labores en un local que ofrezca las garantías adecuadas en salvaguarda de la vida e integridad física de trabajadores y ciudadanos en general, lo cual se hará de conocimiento público. Artículo Tercero.- Disponer que los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Ica, procedan a reprogramar las diligencias y actuaciones procesales que se vieron afectadas por la suspensión del despacho judicial. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial continúe adoptando las acciones necesarias y atienda los requerimientos formulados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, a fi n de lograr en el más breve plazo la reanudación plena de las labores en dicho Distrito Judicial, así como el cumplimiento de esta resolución. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Fiscalía de la Nación, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 104688-3ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Autorizan viaje de Presidente del CNM y de Consejeros para la visita programada al Consejo de la Judicatura de Colombia RESOLUCIÓN N° 084-2007-P-CNM San Isidro, 3 de setiembre de 2007VISTOS: La comunicación de la Gerencia de Proyecto del Departamento de Reducción de Pobreza y Gestión Económica O fi cina Regional de Latino América y el Caribe, de fecha 20 de agosto de 2007; CONSIDERANDO:Que, mediante comunicación de vistos, la Gerencia de Proyecto mani fi esta al Consejo Nacional de la Magistratura que se ha efectuado coordinaciones con el Consejo Superior de la Judicatura de Colombia para llevar a cabo los días 6 y 7 de setiembre del presente año una visita a la Ciudad de Bogotá que permita conocer de cerca todos los temas relacionados a la evaluación para el ingreso a la carrera judicial, la evaluación de desempeño en la judicatura, sistemas de cali fi caciones entre otros que son de interés institucional, y que el Coordinador General del Proyecto de Mejoramiento de los servicios de Justicia del Banco Mundial tomará contacto con la presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura para viabilizar dicha visita. Que, dentro de los lineamientos y fi nalidad del Consejo Nacional de la Magistratura, está el de de tomar contacto directo con una institución sólida en el aspecto de Evaluación de Magistrados, así como el de dar a conocer los procesos y actividades que viene desarrollando la Institución, a fi n de difundir la labor que cumple realmente el Consejo Nacional de la Magistratura para la transformación de la justicia en el país, por tanto resulta de interés institucional la visita a la Judicatura de Colombia; Que, mediante O fi cio N° 426-2007-UCPMSJ/PJ, se concreta el ofrecimiento del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia para fi nanciamiento de los gastos por pasajes y viáticos a la Ciudad de Bogotá con cargo al Presupuesto del Proyecto, componente 2 Código POA: 2.1.3 Mejoramiento de los procesos de selección; en consecuencia el Consejo Nacional de la Magistratura sólo asumirá los gastos de impuestos de salida y el de la tarjeta de asistencia al viajero (seguro médico) para los señores Consejeros. Que, conforme el Acta de Sesión Plenaria Ordinaria N° 1300 se autoriza el viaje del señor Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, y luego de las coordinaciones pertinentes la de los señores Consejeros Dr. Luís Edmundo Peláez Bardales, Bio. MsC Edwin Agustín Vegas Gallo y el Dr. Efraín Anaya Cárdenas a la visita programada al Consejo Superior de la Judicatura de Colombia, para los días 6 y 7 de setiembre del presente año, en el marco del Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Justicia del Banco Mundial; Que, la Ley N° 27619 de 21 de diciembre de 2001, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, disponen que se autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores mediante Resolución de la más alta autoridad de la entidad, debiéndose sustentar en el interés institucional, publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje, y presentar el comisionado dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, la rendición de cuentas por el gasto realizado y un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado; Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 3 b) del artículo 4° de la Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2007, están exceptuados de la prohibición de viajes al exterior los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se re fi ere la Ley N° 28212;