NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (07/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 91
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de setiembre de 2007 352813 18. Promover y ejecutar acciones de saneamiento físico legal de los asentamientos humanos, que no estén reservadas a otros organismos del Estado. 19. Formular estudios de pre-inversión de interés metropolitano. 20. Proponer convenios de cooperación interinstitucional con las Municipalidades Distritales, con otras reparticiones de la administración pública y con las organizaciones pertinentes de la sociedad civil, con fi nes de implementar los Planes de Desarrollo Local. 21. Proponer convenios de Cooperación Técnica y Financiera, nacional e internacional para implementar proyectos en temas de su competencia. 22. Otras funciones que le delegue el Alcalde o que le sean dadas por las normas legales Artículo 118º. Proyecto Especial de Recuperación del Patrimonio Monumental de Trujillo Es el órgano desconcentrado, que depende de la Alcaldía, encargado de coordinar y brindar colaboración para la promoción, protección y difusión de patrimonio monumental de Trujillo y en especial, de la gestión integral del manejo del Centro Histórico de la ciudad. Artículo 119º. Funciones del Proyecto Especial de Recuperación del Patrimonio Monumental de Trujillo Son Funciones del Proyecto Especial de Recuperación del Patrimonio Monumental de Trujillo las siguientes : 1. Formular y proponer al Concejo Municipal la aprobación de normas, planes, programas y políticas municipales para la protección, conservación y desarrollo integral del Patrimonio Monumental de la ciudad de Trujillo, en especial del Centro Histórico de la ciudad. 2. Ejecutar y monitorear el Plan de Manejo y Desarrollo del Centro Histórico de Trujillo, que comprende la Zona Monumental y las Áreas de Protección y Tratamiento Especial, en coordinación con la Gerencia Municipal y demás órganos municipales. 3. Coordinar y concertar con el Instituto Nacional de Cultura y las instituciones públicas y privadas y la sociedad civil, las acciones contempladas en el Plan de Manejo y Desarrollo del Centro Histórico de Trujillo. 4. Proponer modalidades y mecanismos de asociación y de concertación con el sector público y privado, la promoción de la inversión privada en obras de infraestructura urbana, edifi cación, mobiliario u otros a fi nes en el Centro Histórico de la ciudad. 5. Coordinar, autorizar y controlar el uso temporal de las áreas públicas del Centro Histórico. 6. Coordinar y ejecutar las acciones técnicas que se establezcan en el marco de convenios y/o contratos de Cooperación Nacional o Internacional. 7. Elaborar estudios y expedientes técnicos para obras o servicios contemplados en el Plan de Manejo y Desarrollo del Centro Histórico de la ciudad para tramitar su fi nanciamiento a través de fuentes locales, nacionales o internacionales. 8. Supervisar el cumplimiento de la política municipal y nacional en materia de protección y conservación del patrimonio monumental. 9. Supervisar el cumplimiento de las normas urbanísticas y de uso del Centro Histórico por parte de las entidades del sector público y privado comunicando a los órganos competentes para las acciones de control respectivas. 10. Solicitar, en coordinación con el Instituto Nacional de Cultura, el inicio de acciones administrativas y judiciales, en los casos de incumplimiento de las políticas y normas sobre protección y conservación del patrimonio monumental. 11. Fomentar la investigación y la capacitación en materia de conservación y restauración patrimonio monumental y su puesta en valor. 12. Estimular la participación social, para lograr la legitimidad y aprobación ciudadana de las acciones relacionadas a la conservación y manejo del Centro Histórico. 13. Promover el Centro de Información para la gestión del Centro Histórico, consolidando el Sistema de Información Catastral Urbano de Trujillo. 14. Presentar a la Alcaldía el Plan Anual de Gestión Institucional y el Informe de Evaluación Semestral. 15. Otras funciones que le delegue la Alcaldía o que le sean dadas por las normas legalesCAPÍTULO DÉCIMO ÓRGANOS DESCENTRALIZADOS Artículo 120º. Órganos Descentralizados Son Órganos Descentralizados de la Municipalidad de Trujillo los siguientes: • Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo • Servicio de Administración de Inmuebles Municipales de Trujillo • El Servicio de Administración Tributaria de Trujillo• El Servicio de Gestión Ambiental de Trujillo Artículo 121º. Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo Es una empresa pública descentralizada de la Municipalidad Provincial de Trujillo, de carácter fi nanciero, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, económica y fi nanciera. La Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo tiene por objetivo otorgar créditos a la pequeña y micro empresa, créditos personales, hipotecarios, comerciales y pignoraticios, captar depósitos de ahorro en sus diversas modalidades, tanto en moneda nacional como extranjera, asimismo puede intermediar fondos provenientes de otras entidades fi nancieras, sean nacionales y extranjeras. Se rige por las normas legales a las que están sujetas las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, por la Ley General del Sistemas Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, por su estatuto y otras disposiciones legales especiales. Artículo 122º. Servicio de Administración de Inmuebles Municipales de Trujillo Es un organismo público descentralizado de la MPT, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, económica presupuestaria y fi nanciera. El SAIMT tiene por objeto la organización y ejecución de la administración de los bienes inmuebles de propiedad de la municipalidad. Se rige por la ordenanza de su creación, su estatuto, la Ley Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones legales pertinentes. Está a cargo de un Jefe designado por el Alcalde en calidad de funcionario de con fi anza. Artículo 123º El Servicio de Administración Tributaria de Trujillo Es un organismo público descentralizado de la MPT, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, económica presupuestaria y fi nanciera. El SATT, tiene por objeto la organización y ejecución de la administración, fi scalización y recaudación tributaria y de otros ingresos de la Municipalidad. Se rige por la ordenanza de su creación, su estatuto, la Ley Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones legales pertinentes. Está a cargo de un Jefe designado por el Alcalde en calidad de funcionario de con fi anza. Artículo 124º El Servicio de Gestión Ambiental de Trujillo Es un organismo público descentralizado de la MPT, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, económica presupuestaria y fi nanciera. El SEGAT tiene por fi nalidad administrar los procesos del Sistema de Gestión Ambiental Local y sus instrumentos en concordancia con el Sistema Nacional de Gestión Ambiental. Se rige por la ordenanza de su creación, su estatuto, la Ley Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones legales pertinentes. Está a cargo de un Jefe designado por el Alcalde en calidad de funcionario de con fi anza. TÍTULO TERCERO DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Artículo 125º. Las relaciones que conserva la Municipalidad Provincial de Trujillo, con el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Poderes del Estado tienen por fi nalidad garantizar el ejercicio del derecho de iniciativa legislativa, la coordinación de las acciones de competencia, así como el derecho de propuesta o petición de normas complementarias de alcance nacional, con el fi n de garantizar una mejor prestación de servicios a la comunidad trujillana.