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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (07/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 89

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de setiembre de 2007 352811 retroalimentar los planes de prevención, contingencia, emergencia y urgencia. 22. Coordinar las acciones con el Cuerpo General de Bomberos dentro del marco de la Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil. 23. Proponer, impulsar e implementar mejoras e innovaciones en los diversos procesos, procedimientos y normatividad interna en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Económico Local. 24. Iniciar de o fi cio, o por disposición superior, procedimientos sancionadores en relación a los asuntos de su competencia. 25. Noti fi car, instruir y realizar todas las actuaciones e investigaciones necesarias en los procedimientos sancionadores a su cargo; y elevar todo lo actuado al superior jerárquico, con las recomendaciones del caso, para los fi nes legales consiguientes. 26. Otras funciones que le encargue la Gerencia de Seguridad Ciudadana Defensa Civil y Policía Municipal. Artículo 106º. Subgerencia de Policía Municipal La Subgerencia de Policía Municipal, es el órgano de línea que depende de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, defensa Civil y Policía Municipal, encargada de programar, dirigir, coordinar ejecutar evaluar las acciones de control del comercio que se realiza en áreas y vías de uso público de la ciudad; asimismo, se encarga de prestar apoyo a las diversa unidades orgánicas de la entidad para el cumplimiento de las disposiciones municipales. Artículo 107º. Funciones de la Subgerencia de Policía Municipal Son funciones de la Subgerencia de Policía Municipal: 1. Ejecutar acciones de control del comercio que se realiza en áreas y vías públicas de la ciudad. 2. Promover y proponer acciones orientadas a dar tratamiento integral a la problemática del comercio en las vías públicas de la ciudad de Trujillo. 3. Prestar apoyo e intervenir a instancia de las dependencias que lo soliciten para el cumplimiento de sus disposiciones. 4. Noti fi car la comisión de infracciones en relación a los asuntos de su competencia o de aquellos que en razón de sus funciones le sean con fi ados; dar cuenta al superior jerárquico para los fi nes legales consiguientes. 5. Otras funciones que le encargue la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal. Artículo 108º. Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial La Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial es el órgano de línea, que depende de la Gerencia Municipal, encargado de gerenciar y administrar las acciones y actividades vinculadas a la seguridad vial y a las actividades relacionadas con la regulación y control de los servicios del transporte público de pasajeros, la circulación vial y el tránsito urbano en general, dentro del marco de los dispositivos legales aplicables. Artículo 109º Funciones de la Gerencia de Transporte, Tránsito, y Seguridad Vial Son funciones de la Gerencia de Transporte, Tránsito, y Seguridad Vial: 1. Proponer el Plan Operativo Anual y su respectivo Presupuesto, e Informes Estadísticos en el ámbito de su competencia. 2. Elaborar y proponer las políticas y estrategias para la organización del transporte público, circulación vial, tránsito urbano y uso especial de las vías en la provincia, supervisando su cumplimiento. 3. Elaborar y supervisar la ejecución del Plan Preventivo Promocional de Seguridad Vial. 4. Promover la construcción de terminales terrestres y el establecimiento de paraderos de transporte público. 5. Proponer, coordinar y ejecutar programas de capacitación para el personal de la Gerencia de Transporte, Tránsito, y Seguridad Vial. 6. Coordinar y ejecutar el Plan Maestro de Transporte Provincial 7. Supervisar la elaboración y/o actualización del registro provincial de transporte terrestre. 8. Programar, dirigir y controlar actividades de registro y autorizaciones para el servicio de transporte y para el uso especial de las vías, así como su respectiva regulación.9. Otorgar autorizaciones y renovaciones de autorización de permisos de operación y permisos excepcionales para prestar el servicio público de transporte de pasajeros. 10. Proponer estudios de racionalización y descongestión del tránsito vehicular. 11. Crear, actualizar y/o eliminar rutas del servicio de transporte de pasajeros en la modalidad de Taxi Regular (Colectivo), hasta que dichas rutas sean incorporadas al Plan Regulador de Rutas. 12. Participar en la plani fi cación del sistema de señalización con la Gerencia de Desarrollo Urbano de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente, identi fi cando las vías y rutas establecidas para el transporte de carga, el tránsito y vialidad en función al Plan Integral de Desarrollo Urbano. 13. Difundir las normas de educación vial en pos de la prevención de accidentes de tránsito. 14. Coordinar con la Subgerencia de Obras a fi n de que se mantenga el reordenamiento del tránsito y la libre circulación vial durante la instalación, mantenimiento y/o renovación de los sistemas y elementos de señalización de tránsito y vialidad. 15. Coordinar con la Policía Nacional del Perú y otras entidades correspondientes, el ordenamiento del servicio de transporte público y el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte, contando con la participación de los inspectores de la Municipalidad. 16. Coordinar y establecer la nomenclatura y señalización de las calles y vías de acuerdo con la regulación vigente, según lo aprobado en el Plan Integral de Desarrollo Urbano. 17. Coordinar y participar en el desarrollo, implementación, operación y mantenimiento del Sistema de Información para la Gerencia de Transporte, Tránsito, y Seguridad Vial, buscando generar una base de datos que permita contar con información actualizada. 18. Evaluar permanentemente el impacto de los programas y proyectos desarrollados por las áreas de la gerencia y desarrollar medidas correctivas de mejoramiento. 19. Supervisar y controlar el desarrollo de los procedimientos sancionadores y emitir resoluciones en primera instancia, en relación a los asuntos de su competencia. 20. Delegar atribuciones a las unidades orgánicas dependientes siempre que sean compatibles con sus funciones. 21. Otros que le delegue, la Alcaldía o la Gerencia Municipal, o que le sean dadas por las normas legales. Artículo 110º. Estructura de la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial La Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, cuenta con las siguientes unidades orgánicas. • Subgerencia de Transporte y Tránsito • Subgerencia de Seguridad Vial Artículo 111º. Subgerencia de Transporte y Tránsito La Subgerencia de Transporte y Tránsito, es el órgano de línea que depende de la Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, encargado de dirigir, programar, coordinar y ejecutar las acciones de gestión y control de los servicios del transporte público de pasajeros, la circulación vial y el tránsito urbano en la provincia. Artículo 112º. Funciones de la Subgerencia de Transporte y Tránsito Son funciones de la Subgerencia de Transporte y Tránsito: 1. Ejecutar las políticas y estrategias para la organización del transporte público, circulación vial, tránsito urbano y uso especial de las vías en la provincia. 2. Crear y mantener actualizado el registro provincial de transporte terrestre. 3. Otorgar y/o desestimar habilitaciones vehiculares, habilitaciones parta conductores y cobradores, permisos eventuales, autorizaciones para paraderos y zonas reservadas, licencias de conducir de vehículos menores, permisos para restringir el tránsito, constancias y certi fi caciones, y otros de similar naturaleza operativa. 4. Elaborar estudios de racionalización y descongestión del tránsito vehicular, de las rutas, recorridos e itinerarios de transporte público.