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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (07/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de setiembre de 2007 352796 fenecido, presentándolo oportunamente al Alcalde en coordinación con la Gerencia de Administración y Finanzas. 8. Supervisar la formulación de los instrumentos de Gestión Institucional ROF, CAP, MOF, TUPA en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y proponer al Alcalde para su aprobación. 9. Supervisar la formulación, ejecución y cumplimiento del Plan Operativo Institucional. 10. Supervisar y evaluar el desempeño de las funciones de las unidades orgánicas dependientes de la Gerencia Municipal. 11. Supervisar las acciones de control, permanencia y rotación de personal en coordinación con la Gerencia de Personal. 12. Plani fi car, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con los procesos de cooperación técnica internacional y nacional. 13. Elaborar y proponer políticas institucionales de cooperación técnica internacional orientadas al uso de proyectos en el marco del Programa de la Cooperación, entendiéndose dentro de éste el asesoramiento, capacitación, servicio de voluntarios, expertos, donaciones y fondos de contravalor, a favor de la Municipalidad Provincial de Trujillo. 14. Supervisar la evaluación, el controlar y monitoreo del uso y destino de los recursos por donaciones y otros de naturaleza similar otorgadas a favor de la Municipalidad Provincial de Trujillo. 15. Proponer a la Alcaldía la suscripción, prórroga y modi fi cación de convenios de cooperación, relacionados con la Municipalidad. 16. Supervisar la gestión de Cooperación Técnica y Financiera, nacional e internacional para la implementación de proyectos de interés municipal. 17. Supervisar y controlar la ejecución y cumplimiento de los convenios establecidos entre la municipalidad y entidades nacionales e internacionales. 18. Cumplir y hacer cumplir, por delegación del Alcalde, los acuerdos del Concejo Municipal. 19. Cumplir y hacer cumplir, directamente o por delegación del Alcalde las recomendaciones del órgano de Control Institucional. 20. Liderar Equipos de Trabajo multidisciplinarios e integrar y presidir comisiones de trabajo. 21. Canalizar reclamos y consultas de acción inmediata provenientes de los vecinos, disponiendo la intervención de las unidades orgánicas competentes, hasta lograr la atención solicitada. 22. Cumplir y hacer cumplir las funciones que sean delegadas por el Alcalde. 23. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones que le sean asignadas o delegadas por el Alcalde, acorde con la Ley Orgánica de Municipalidades. CAPÍTULO SEXTO ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Artículo 28º. Gerencia de Asesoría Jurídica La Gerencia de Asesoría Jurídica es el órgano de asesoramiento que depende de la Gerencia Municipal encargado de proporcionar asesoramiento jurídico a los diferentes órganos de la municipalidad, orientando la correcta interpretación y aplicación de la normatividad legal en los asuntos normativos, procedimientos y actos administrativos de la gestión Artículo 29º. Funciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica Son funciones de la Gerencia de la Gerencia de Asesoría Jurídica: 1. Dirigir, coordinar y ejecutar acciones de asesoramiento técnico legal a los diferentes órganos de la entidad; emitiendo opinión legal especializada en términos concluyentes. 2. Emitir opinión especializada, sobre materias jurídicas cuando le sea requerida por los diferentes órganos de la Municipalidad. 3. Emitir opinión en los procedimientos administrativos puestos a su consideración. 4. Absolver las consultas de carácter legal y administrativo que le formule el Concejo Municipal, Alcaldía, Gerencia Municipal, O fi cina de Asuntos Administrativos y demás órganos de la entidad. 5. Actuar como órgano rector del sistema jurídico de la Municipalidad Provincial de Trujillo, coordinando con los demás órganos la uniformidad de criterios en la interpretación de la normativa aplicable a la administración municipal. 6. Coordinar con la procuraduría pública municipal las acciones que sean necesarias para la mejor defensa de los interese de la municipalidad 7. Actuar como órgano rector del sistema jurídico de la municipalidad en tal sentido, emitirá directivas con la fi nalidad de uniformizar criterios con la interpretación de la normativa en materia municipal 8. Supervisar a todo el personal que brinda asesoría legal en los distintos órganos de línea y de apoyo sobre los cuales tiene autoridad funcional. 9. Revisar, proponer, elaborar y visar, según corresponda, los documentos que, de conformidad con sus respectivas funciones, formulan los órganos de la Municipalidad y que sean sometidos a su consideración. 10. Proyectar o revisar Ordenanzas, Decretos, Acuerdos y Resoluciones de acuerdo a las atribuciones conferidas. 11. Llevar un registro de las normas legales municipales y de las relacionadas con la municipalidad. 12. Ejercer la defensa de las autoridades, funcionario y servidores municipales cuando éstos lo requieran, en tanto sean emplazados por el Ministerio Público o el Poder Judicial por el ejercicio de sus funciones, en tanto no fueren denunciados por la propia municipalidad o por algún órgano competente del Sistema Nacional de Control. 13. Visar Convenios y contratos que suscriba el Alcalde o el Gerente Municipal con entidades públicas o privadas. 14. Proponer proyectos de normas para el perfeccionamiento de la Legislación Municipal. 15. Otras que le delegue la Alcaldía o la Gerencia Municipal, o que le sean dadas por las normas sustantivas. Artículo 30º. Gerencia de Planeamiento y Presupuesto La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto es el Órgano de Asesoramiento, que depende de la Gerencia Municipal, encargado de administrar acciones y actividades referidas al proceso de planeamiento y racionalización, determinación de presupuestos, gestión estratégica, estudios económicos fi nancieros incluyendo factibilidad de los proyectos de inversión y elaboración de estudios estadísticos. Desarrollando, implementando y manteniendo los sistemas de información integrados de la Municipalidad que servirán de soporte técnico para la toma de decisiones en las diversas Unidades Orgánicas. Artículo 31º. Funciones de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto Son funciones de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto: 1. Dirigir, programar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones y actividades de los procesos de planeamiento y racionalización, presupuesto, estadística, del Sistema Nacional de Inversión Pública y de la Cooperación Técnica. 2. Asesorar a la alta dirección y demás dependencias de la municipalidad en materia de planeamiento, proceso presupuestario y formulación de las políticas institucionales en los asuntos de su competencia. 3. Organizar, conducir y supervisar el Proceso de Plani fi cación Estratégica de la Municipalidad a mediano y largo plazo. 4. Organizar, promover, conducir y supervisar la actualización del Plan de Desarrollo Concertado y la elaboración del Presupuesto Participativo de la Provincia de Trujillo, haciendo uso de mecanismos y estrategias que garanticen la participación de la Sociedad Civil. 5. Supervisar el desarrollo del Proceso Presupuestario Institucional, que conlleve a formular y proponer el Presupuesto Anual en función al Plan Operativo Anual y en coordinación con las diversas Unidades de la Municipalidad. 6. Dirigir y supervisar la elaboración de los instrumentos de gestión institucional, proyectos de normas en materia organizacional, estructural y/o de procedimientos; así como del Plan Operativo Institucional. 7. Supervisar la realización de estudios de costos administrativos y operativos de los servicios públicos municipales en coordinación con la Gerencia de