NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (07/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 77
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de setiembre de 2007 352799 21. Coordinar en forma conjunta con la Subgerencia de Contabilidad, la conciliación de Inventarios de Activos Fijos y Cuentas de Orden de Bienes Patrimoniales, considerando lo físico con lo registrado en tarjetas y/o archivos magnéticos. 22. Cumplir con las disposiciones contenidas en los Sistemas Administrativos del Sector Público, en la parte que les corresponda. 23. Otras funciones que le delegue la Alcaldía o la Gerencia Municipal, o que le sean dadas por las normas sustantivas. Artículo 43º. Estructura de la Gerencia de Administración y Finanzas La Gerencia de Administración y Finanzas cuenta con las siguientes unidades orgánicas. • Subgerencia de Contabilidad • Subgerencia de Tesorería• Subgerencia de Abastecimiento• Subgerencia de Servicios Generales y Equipo Mecánico • Unidad de Control Patrimonial Artículo 44º. Subgerencia de Contabilidad. La Subgerencia de Contabilidad es el órgano de apoyo, que depende de la Gerencia de Administración y Finanzas, conformante del Sistema Nacional de Contabilidad Pública. Encargado de su implementación en la Entidad Artículo 45º. Funciones de la Subgerencia de Contabilidad. Son funciones de la Subgerencia de Contabilidad: 1. Plani fi car, organizar, ejecutar y controlar las actividades y/o acciones en la institución que garanticen el cumplimiento de las normas legales, procedimientos o directivas que emanen de la Dirección Nacional de Contabilidad 2. Realizar el control previo de las transacciones para el Registro Administrativo y Contable del Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF, en las fases de ingreso y gastos que le corresponda en el proceso de recaudación y pago respectivamente, según los procedimientos y normas aplicables para cada caso 3. Efectuar en el módulo contable SIAF, el registro de todas las operaciones tanto de ingresos, gastos y complementarios utilizando la tabla de operaciones que aseguren el cumplimiento del paralelismo contable 4. Elaborar y presentar por medio de la Gerencia de Administración y Finanzas los Estados Financieros y Presupuestales, con periodicidad Trimestral, para su presentación ante la Dirección Nacional de Contabilidad Pública de acuerdo a las normas vigentes 5. Elaborar y presentar por medio de la Alcaldía a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública los Estados Financieros y Presupuestales anuales, de acuerdo a la normatividad vigente y dentro de los plazos establecidos, para la elaboración de la Cuenta General de la República 6. Elaborar el análisis de los saldos de las cuentas que conforman el Balance de Comprobación en forma oportuna y permanente, con el propósito de adoptar algún tipo de medidas correctivas o de garantizar la calidad de la información 7. Procesar la información presupuestal de ingresos y gastos registrada en el SIAF, con la fi nalidad de obtener reportes presupuestales con periodicidad mensual de acceso en línea a las Gerencias, Subgerencias u Ofi cinas que la requieran y que le permita a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, efectuar la veri fi cación y seguimiento de la ejecución, así como la evaluación presupuestaria 8. Solicitar a las demás Gerencias y Subgerencias de la MPT, información necesaria para incorporar dentro de los Estados Financieros, tales como movimiento e inventario del activo fi jo, movimiento e inventario de almacenes, provisión para compensación por tiempo de servicios, cálculo actuarial de pensionistas, contingencias judiciales, presupuesto inicial de apertura y presupuesto inicial modi fi cado, y otras que fueran necesarias 9. Mantener actualizado los libros principales y registros auxiliares contables utilizando el Sistema Integrado de Administración Financiera, de acuerdo a las normas legales vigentes. 10. Efectuar las conciliaciones con otras entidades públicas por las trasferencias entregadas y/o recibidas así como, con los Organismos Públicos Descentralizados, en las que la institución tiene participación accionaria 11. Registrar contablemente las transferencias de recursos provenientes del Tesoro Público con los diferentes conceptos y fuentes de fi nanciamiento, de acuerdo a la normatividad vigente 12. Garantizar la correcta aplicación de las Normas Técnicas de Control en lo que compete al Sistema Nacional de Contabilidad Pública, inherentes a su área, así como implementar las recomendaciones de las acciones de control 13. Proponer la mejora de procesos y procedimientos, contribuyendo al mejoramiento continuo de los mismos de acorde a los cambios que incorporen los Órganos Rectores, implementados en directivas e incorporado en el Manual de Procedimientos 14. Otras funciones que le encargue la Gerencia de Administración y Finanzas Artículo 46º. Subgerencia de Tesorería. La Subgerencia de Tesorería es el órgano de apoyo, que depende de la Gerencia de Administración y Finanzas, responsable de la ejecución de pagos que con fi guran el fl ujo de fondos, así como la custodia de los mismos, propias del Sistema de Tesorería, en función a las Normas de Procedimiento de Pagos del Tesoro Público y otras disposiciones legales pertinentes. Artículo 47º. Funciones de la Subgerencia de Tesorería. Son funciones de la Subgerencia de Tesorería: 1. Plani fi car, organizar, ejecutar y controlar las actividades y acciones del Sistema de Tesorería de la institución, para la atención de los requerimientos de fondos, en cumplimiento con los dispositivos legales y normas vigentes. 2. Mantener el nivel adecuado de disponibilidad de fondos que asegure la atención de las provisiones correspondientes, en relación a los ingresos y egresos. 3. Evaluar las necesidades de fi nanciamiento a corto plazo, administrando los fondos a su cargo que garantice las operaciones inmediatas de la institución. 4. Plani fi car y ejecutar, de acuerdo a un cronograma, los pagos oportunos concernientes a remuneraciones y pensiones al personal, facturación a proveedores, así como adeudos a acreedores en general, registrando dichos egresos, los mismos que serán considerados para la determinación y consolidación de los fondos y sus respectivos saldos, en coordinación con la Subgerencia de Contabilidad. 5. Formular los partes diarios de fondos en coordinación con las diversas unidades involucradas y remitirlos a la Gerencia de Administración y Finanzas. 6. Controlar y evaluar las cuentas corrientes bancarias de la Municipalidad, procesando las transacciones debidamente sustentadas y autorizadas, cuidando la integridad de los cargos y abonos realizados en las diferentes cuentas, así como para la atención de gastos corrientes y gastos de inversión, en concordancia con la política establecida por la Gerencia de Administración y Finanzas. 7. Efectuar conciliaciones periódicas del consolidado de la información fi nanciera acerca de los ingresos y egresos; así como conciliaciones bancarias de las cuentas existentes de la institución. 8. Gestionar y controlar las transferencias del Tesoro Público de acuerdo a las leyes presupuestales, así como de los recursos recibidos por otros conceptos. 9. Coordinar con instituciones fi nancieras la emisión de los instrumentos que permita a la institución contar con la liquidez necesaria y oportuna para solventar sus operaciones. 10. Programar y ejecutar la colocación del excedente de fondos buscando los productos fi nancieros que generen mayor rentabilidad y seguridad en el mercado. 11. Elaborar el Flujo de Caja Histórico - Flujo de Efectivo proyectado, en función de los posibles ingresos y egresos producto de las actividades de la institución. 12. Custodiar Cartas Fianza, Pólizas de Caución, Cheques de Gerencia y otros valores de propiedad de la institución que garanticen el fi el cumplimiento de contratos, adelantos a proveedores y otros derechos a favor de la Municipalidad, velando cautelosamente por su permanente vigencia y exigibilidad de renovación oportuna. 13. Gestionar las cartas fi anzas, cartas de crédito y otros documentos comerciales, en función a los requerimientos de las unidades solicitantes.