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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (07/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 81

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de setiembre de 2007 352803 15. Resolver, por delegación, los asuntos que especí fi camente le sean encomendados, dando cuenta al superior jerárquico. 16. Emitir opinión técnica, instruir, veri fi car los procedimientos y requisitos normados para la instalación de publicidad relacionada con el ornato y per fi l urbano como: paneles unipolares, monumentales, paletas, publicidad en mobiliario urbano, publicad eventual (banderolas, carteles, afi ches), vallas publicitarias, publicidad en vehículos , y otros.. 17. Otras que le encargue el Gerente de Desarrollo Urbano. Artículo 63º Subgerencia de Edi fi caciones La Subgerencia de Edi fi caciones es el órgano de línea, que depende de la Gerencia de Desarrollo Urbano, encargado de gerenciar y administrar las acciones y actividades en materia de construcción, demolición e independización de edi fi caciones urbanas y otros asuntos relacionados a construcciones o edi fi caciones urbanas Artículo 64º Funciones de la Subgerencia de Edifi caciones Son funciones de la Subgerencia de Edi fi caciones: 1. Programar, dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y evaluar las acciones y actividades sobre los procesos de construcción de edi fi caciones. 2. Instruir, emitir opinión técnica y fi rmar conjuntamente con la Gerencia de Desarrollo Urbano las Licencias de Construcción, Ampliación, Remodelación, Cercado y Demolición de las edi fi caciones públicas y privadas. 3. Otorgar y/o desestimar el otorgamiento de Certi fi cados de Finalización de Obra y Declaratoria de Fábrica. 4. Visar planos de ubicación, perimétricos, catastrales y memorias descriptivas de inmuebles para los fi nes normados por el Art. 505 del Código Procesal Civil. 5. Otorgar certi fi cados de numeración de fi ncas 6. Instruir y emitir opinión técnica en los procedimientos sobre Certi fi cado de Parámetros Urbanísticos de terrenos rústicos y urbanos. 7. Presidir la Comisión Cali fi cadora de Proyectos de Edifi caciones Urbanas. 8. Autorizar y /o desestimar la construcción e instalación de antenas de telecomunicaciones. 9. Instruir y emitir opinión técnica en los procedimientos sobre Certi fi cados de Zoni fi cación y Alineamiento para la instalación de grifos de combustible. 10. Instruir y emitir opinión en los procesos de independización de edi fi caciones urbanas. 11. Emitir opinión respecto a los proyectos arquitectónicos de obras a ejecutar en predios de propiedad municipal. 12. Elaborar proyectos y/o diseños urbanos arquitectónicos menores de plazas, parques, bermas, áreas verdes, en apoyo a la comunidad. 13. Emitir opinión técnica en los demás asuntos relacionados a su competencia. 14. Iniciar de o fi cio, o por disposición superior, procedimientos sancionadores en relación a los asuntos de su competencia. 15. Noti fi car, instruir y realizar todas las actuaciones e investigaciones necesarias en los procedimientos sancionadores a su cargo; y elevar todo lo actuado al superior jerárquico, con las recomendaciones del caso, para los fi nes legales consiguientes. 16. Resolver, por delegación, los asuntos que especí fi camente le sean encomendados, dando cuenta al superior jerárquico. 17. Otras que le encargue la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo 65º. Gerencia de Desarrollo Económico Local La Gerencia de Desarrollo Económico Local, es el órgano de línea, que depende de la Gerencia Municipal, encargado de promocionar el desarrollo económico y turístico local, la formalización y regulación de las actividades comerciales, industriales y de servicios, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes aplicables. Administra las actividades y acciones relacionadas con el abastecimiento y comercialización de productos de consumo humano y promueve la formalización del comercio ambulatorio, regulando y controlando su actividad en las áreas y vías de la ciudad.Artículo 66º. Funciones de la Gerencia de Desarrollo Económico Local Son funciones de la Gerencia de Desarrollo Económico Local: 1. Formular el Plan de Desarrollo Estratégico de Desarrollo Económico Local Sostenible en función a las potencialidades y necesidades básicas de la provincia. 2. Formular, proponer y monitorear la ejecución del Plan Operativo Anual y su respectivo Presupuesto en función a los recursos disponibles y a las necesidades de la actividad empresarial de la jurisdicción. 3. Elaborar y proponer políticas y normas vinculadas con la promoción del desarrollo económico empresarial, industrial y comercial en la provincia de Trujillo. 4. Promover el desarrollo turístico de la ciudad liderando las mesas de concertación en turismo. 5. Fomentar y apoyar la consolidación de las redes comerciales de los diferentes sectores productivos de la ciudad. 6. Supervisar la administración de los mercados municipales. 7. Promover y supervisar el abastecimiento y comercialización de productos que se expenden en los mercados municipales y otros centros de abastos. 8. Autorizar o desestimar el otorgamiento de los certi fi cados de zoni fi cación y compatibilidad de uso para tramitación de autorizaciones municipales de funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de servicios. 9. Autorizar o desestimar las licencias de funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de servicios de acuerdo a la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento N° 28976. 10. Autorizar o desestimar la instalación de toldos, anuncios y paneles simples en establecimientos que cuenten con licencia de funcionamiento. 11. Autorizar o desestimar la presentación de espectáculos públicos no deportivos en diversos escenarios públicos o privados. 12. Evaluar permanentemente el impacto de los programas y proyectos desarrollados por todas las áreas de la gerencia y desarrollar medidas correctivas de mejoramiento. 13. Supervisar y controlar el desarrollo de los procedimientos sancionadores y emitir resoluciones en primera instancia, en relación a los asuntos de su competencia. 14. Delegar atribuciones a los subgerentes de las unidades orgánicas dependientes, siempre que sean compatibles con sus funciones. 15. Otras que le delegue la Alcaldía o la Gerencia Municipal, o que le sean dadas por las normas legales Artículo 67º. Estructura de la Gerencia de Desarrollo Económico Local La Gerencia de Desarrollo Económico Local, cuenta con las siguientes Unidades Orgánicas: • Subgerencia de Desarrollo Empresarial • Subgerencia de Turismo• Subgerencia de Licencias y Comercialización. Artículo 68º. Subgerencia de Desarrollo Empresarial La Subgerencia de Desarrollo Empresarial es el órgano de línea que depende de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, encargado de administrar las acciones y actividades de promoción del desarrollo empresarial. Artículo 69º. Funciones de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial Son funciones de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial: 1. Elaborar, proponer y ejecutar el Plan Operativo Anual del área y su respectivo presupuesto. 2. Promover la creación, formalización y el desarrollo de la micro y pequeña empresa. 3. Ejecutar acciones de promoción orientadas a mejorar la productividad y competitividad de las empresas de la provincia, desarrollando las capacidades empresariales locales. 4. Promover el liderazgo empresarial provincial, mediante políticas orientadas a mejorar la productividad , competitividad y desarrollo de las capacidades