NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (07/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 75
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de setiembre de 2007 352797 Administración y Finanzas, el Servicio de Administración Tributaria y demás unidades orgánicas competentes. 8. Realizar acciones correspondientes a la formulación, programación, ejecución, evaluación y control presupuestario, haciendo uso de la Contabilidad Presupuestal. 9. Supervisar el cumplimiento de metas de los ingresos y proponer medidas correctivas si fuera necesario en coordinación con la Gerencia de Administración y Finanzas. 10. Supervisar y evaluar el proceso de programación, formulación y evaluación de los Proyectos de Inversión Pública en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. 11. Evaluar, controlar y monitorear el uso y destino de los recursos por donaciones y otros de naturaleza similar otorgadas a favor de la Municipalidad Provincial de Trujillo. 12. Supervisar el cumplimiento de las acciones concernientes al Sistema Integrado de Administración Financiera, en coordinación con las unidades orgánicas dependientes de la Gerencia de Administración y Finanzas y de la Gerencia de Recursos Humanos. 13. Priorizar y proponer sistemas de información, coordinando con la Alta Dirección y las diferentes Gerencias en función de los requerimientos. 14. Otros que le delegue la Alcaldía o la Gerencia Municipal. o que le sean dadas por las normas sustantivas. Artículo 32º. Estructura de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto cuenta con las siguientes unidades orgánicas. • Subgerencia de Presupuesto, Estadística y Programación de la Inversión • Subgerencia de Planeamiento y Racionalización Artículo 33º. Subgerencia de Presupuesto, Estadística y Programación de la Inversión La Subgerencia de Presupuesto, Estadística y Programación de la Inversión es el órgano de asesoramiento encargado de gerenciar y administrar las acciones y actividades relacionadas con el proceso presupuestario institucional, el presupuesto participativo, de la estadística de la entidad y del Sistema Nacional de Inversión Pública. Artículo 34º. Funciones de la Subgerencia de Presupuesto, Estadística y Programación de la Inversión Son funciones de la Subgerencia de Presupuesto, Estadística y Programación de la Inversión: 1. Dirigir, programar y coordinar el desarrollo del Proceso Presupuestario Institucional y el Presupuesto Participativo. 2. Formular y evaluar el Presupuesto Institucional en función al Plan Operativo Institucional, efectuando las modi fi caciones que sean necesarias. 3. Formular las metas de ingresos en coordinación con el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad de Trujillo y las unidades orgánicas generadoras de ingresos. 4. Formular la programación de Ingresos y de gastos, en coordinación con el órgano de administración y fi nanzas. 5. Monitorear el cumplimiento de las metas de los ingresos propuestos y proponer medidas correctivas en caso necesario. 6. Proponer medidas de racionalización del gasto.7. Programar, coordinar y controlar el presupuesto institucional a nivel provincial, centralizando y consolidando la información presupuestaria. 8. Coordinar y ejecutar con las unidades orgánicas competentes el análisis de costos operativos de los servicios públicos que presta la municipalidad. 9. Elaborar la información estadística y atender y coordinar los respectivos requerimientos. 10. Emitir informes estadísticos relacionados con la gestión municipal. 11. Conducir el Sistema Integrado de Administración Financiera. 12. Conducir el proceso de programación, formulación y evaluación de los Proyectos de Inversión Pública en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.13. Otras funciones que le encargue la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Artículo 35º. Subgerencia de Planeamiento y Racionalización La Subgerencia de Planeamiento y Racionalización es el órgano de asesoramiento que depende de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, encargado de gerenciar y administrar los procesos de planeamiento y de racionalización de las actividades y procedimientos administrativos de las diversas unidades orgánicas. Artículo 36º. Funciones de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización Son funciones de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización: 1. Coordinar el proceso de programación de actividades de gestión de las diversas unidades orgánicas de la municipalidad. 2. Evaluar las actividades y o proyectos que contiene el Plan Operativo Institucional. 3. Elaborar proyectos normativos de carácter organizacional, estructural y de racionalización de procedimientos y simpli fi cación administrativa. 4. Asesorar la implementación, seguimiento y evaluación de acciones en materia de planeamiento, racionalización y de simpli fi cación administrativa. 5. Promover y apoyar la participación de la sociedad civil organizada en la formulación, actualización y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal Concertado. 6. Evaluar las acciones propuestas por la Sociedad Civil en el Presupuesto Participativo que es de responsabilidad de las diferentes unidades orgánicas de la municipalidad. 7. Elaborar y proponer al Gerente de Planeamiento y Presupuesto, los instrumentos de gestión institucional (ROF, MOF, MAPRO, CAP, TUPA, POI, etc.) 8. Elaborar los costos administrativos de los servicios municipales en coordinación con la Gerencia de Administración y Finanzas. 9. Otras funciones que le encargue la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. CAPÍTULO SETIMO ÓRGANOS DE APOYO Artículo 37º. Secretaría General. La Secretaría General es el órgano de apoyo, que depende directamente del Alcalde, encargado de asesorar, emitir opinión legal, absolver consultas, interpretar disposiciones y normas legales en asuntos administrativos que sean sometidos a su consideración por el Alcalde. Asimismo, se encarga de programar, dirigir, ejecutar y coordinar las acciones administrativas relacionadas al Concejo Municipal, Alcaldía y a las diversas Comisiones de Regidores. Es responsable del trámite, certi fi cación y control de la correspondencia institucional, orientación y atención al público en general, así como de la administración y actualización del Sistema de Trámite Documentario y Archivo Central de la Municipalidad. Artículo 38º. Funciones de la Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General: 1. Programar, dirigir, ejecutar y controlar las acciones relacionadas con asuntos normativos, procedimientos y actos administrativos para la toma de decisiones de la Alcaldía y del Concejo Municipal. 2. Asistir y apoyar al Concejo Municipal y al Alcalde en la gestión administrativa en materia de su competencia. 3. Convocar y noti fi car en forma oportuna a los Regidores y/o funcionarios a las Sesiones, ordinarias, extraordinarias y solemnes que convoque el Alcalde, así como organizar las mismas de acuerdo a la agenda. 4. Elaborar y adecuar los Proyectos de Ordenanzas, Acuerdos, Resoluciones y Decretos de Alcaldía y Resoluciones de Concejo en estricta sujeción a las decisiones adoptadas por el Concejo Municipal y a las normas legales vigentes, disponiendo la publicación de los dispositivos que legalmente correspondan. 5. Concurrir a las Sesiones de Concejo, elaborar, suscribir y custodiar las Actas de las Sesiones que el Concejo celebre. 6. Certi fi car las resoluciones u otras normas emitidas por el señor Alcalde y el Concejo Municipal, así como los