NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (10/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 58
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de setiembre de 2007 353032 (Modi fi cado por la Ordenanza 144 publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 23 de marzo del 2007) n) Detectar las conductas de los administrados que se confi guren como infracción, noti fi car de ello a los posibles sancionados, imponer las sanciones que correspondan y ejecutar las acciones de su competencia. (Modi fi cado por la Ordenanza 144 publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 23 de marzo del 2007) o) Coordinar con las demás Gerencias y/o Subgerencias cuando se requiera la participación de éstas en la realización de los operativos que programe de acuerdo a su competencia. (Modi fi cado por la Ordenanza 144 publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 23 de marzo del 2007) p) Resolver en primera instancia administrativa, mediante Resolución Jefatural, los reclamos y/o recursos impugnativos interpuestos contra las sanciones impuestas. (Modi fi cado por la Ordenanza 144 publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 23 de marzo del 2007) q) Velar estrictamente por la disciplina, bienestar y prestigio de la Policía Municipal; r) Llevar el control de ingresos y egresos de bienes decomisados, retirados y/o retenido en ejercicio de su facultad sancionadora. (Modi fi cado por la Ordenanza 144 publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 23 de marzo del 2007) s) Otras que le asigne el Gerente Municipal CAPÍTULO VIII DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANAArtículo 54º.- La Gerencia de Seguridad Ciudadana, es el órgano de línea, responsable de promover y controlar los requerimientos de la ciudadanía, con respecto a su seguridad. Está a cargo de un Gerente, funcionario de con fi anza, quien depende del Gerente Municipal. Artículo 55º.- Son funciones y atribuciones del Gerente de Seguridad Ciudadana las siguientes: a) Planear, organizar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar las acciones destinadas a mejorar los niveles de orden y seguridad de los pobladores del distrito; b) Programar, organizar, dirigir, ejecutar y supervisar las acciones referidas a seguridad vecinal, dando cumplimiento a las normas legales vigentes que la regulan, así como lo concerniente a Defensa Civil; c) Demarcar en los planos del distrito, las zonas y sectores de mayor riesgo delictivo que afectan la integridad personal o patrimonial (pública o privada); y diseñar estrategias para su neutralización y/o erradicación. d) Coordinar con las instituciones públicas o privadas y las diferentes agrupaciones vecinales, acciones preventivas referidas a operativos conjuntos dentro del ámbito de su competencia; e) Cumplir y hacer cumplir dentro del marco de la Constitución y las leyes que norman el funcionamiento de seguridad ciudadana, labores de prevención y control de los factores que generan violencia e inseguridad en el distrito. f) Dar apoyo necesario a las áreas de la Municipalidad cuando lo soliciten, relacionado con el ámbito de su competencia. g) Supervisar y controlar el cumplimiento de las disposiciones que en materia de seguridad y defensa civil deben cumplir toda actividad y espectáculo. h) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales reglamentarias que rigen para el funcionamiento de Seguridad Ciudadana; i) Prestar apoyo dando información a las áreas correspondientes sobre la situación diaria del distrito como consecuencia del patrullaje de los serenos, especialmente relacionados con la situación de las pistas, veredas, iluminación y construcciones antirreglamentarias; j) Implementar las medidas permanentes para prevenir, reducir, atender y reparar los daños al medio ambiente, bienes y personas que pudieran causar o causen los desastres de cualquier origen; k) Cumplir funciones como Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana encargado de la coordinación y ejecución de las decisiones que adopta el Comité relacionadas con la formulación, ejecución y evaluación del Plan Distrital de Seguridad Ciudadana. l) Autorizar mediante Resolución Gerencial la instalación y uso de elementos de seguridad en la vía pública. m) Evaluar el transporte regular de pasajeros que circulen por el distrito de La Molina, detectando las infracciones a las normas correspondientes y a las especi fi caciones técnicas de sus respectivas autorizaciones de ruta, que afecten el buen servicio; coordinando con la autoridad competente de los operativos de control y supervisión, seguimientos, operaciones y/o plaqueo de lasfl otas operativas. n) Evaluar la señalización horizontal y vertical; así como realizar los estudios técnicos que determinen la necesidad de semáforos. Supervisar que las acciones de mantenimiento y preventivas – correctivas, a los ya instalados, se realicen oportunamente. o) Elaborar y desarrollar programas de educación vial y seguridad, dirigidos a los usuarios de las vías, coordinando con las áreas correspondientes el apoyo respectivo. p) Fiscalización de los elementos de seguridad, detectando y corrigiendo distorsiones en su uso que afecten la vialidad. q) Resolver mediante Resolución Gerencial, los asuntos y procedimientos de su competencia. r) Integrar en calidad de Secretario Técnico la Comisión Permanente de Regidores que corresponda a su área. s) Otras funciones que le asigne el Gerente Municipal. Artículo 56º.- La Gerencia de Seguridad Ciudadana para el cumplimiento de sus objetivos y funciones, cuenta con: a) Unidad de Serenazgo b) Unidad de Defensa Civil. UNIDAD DE SERENAZGOArtículo 57º.- La Unidad de Serenazgo es un órgano de línea, encargado de coordinar, y en su caso colaborar con los órganos públicos competentes en la protección de personas y bienes y en el mantenimiento de la tranquilidad y el orden ciudadano. Está a cargo de un funcionario de con fi anza, con categoría y denominación de Jefe, quien depende directamente del Gerente de Seguridad Ciudadana, tiene como función las siguientes: a) Plani fi car, organizar y ejecutar operaciones de patrullaje general y selectivo, con apoyo de la Policía Nacional del Perú; b) Prestar auxilio y protección al vecindario para la defensa de su integridad física y de su patrimonio; c) Velar por la tranquilidad, orden, seguridad y moral pública de los vecinos de la jurisdicción; d) Administrar, planear y coordinar la utilización de los recursos necesarios públicos y privados, a fi n de contar oportunamente con los bienes adecuados para brindar la ayuda correspondiente, centralizando y canalizando ésta a los lugares de emergencia; e) Organizar, implementar, normar y administrar los servicios de la Unidad de Serenazgo, así como los programas de capacitación permanentes del personal de esta Unidad; f) Efectuar estudios, programas y proyectos de políticas y normas, así como proponer recomendaciones y ejecutar las acciones correspondientes orientadas a prevenir y disminuir las causas y/o efectos de actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres, tales como la delincuencia, drogadicción y prostitución; g) Evaluar permanentemente los operativos programados y diseñar estrategias adecuadas para la optimización de los resultados a obtener. h) Dirigir y coordinar la producción de información estadística correspondiente relacionada con el cumplimiento de su misión. i) Otras que le asigne el Gerente de Seguridad Ciudadana. Artículo 58º.- (derogado por la Ordenanza 148 publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 8 de agosto del 2007)