NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (10/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 51
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de setiembre de 2007 353025 CAPÍTULO VI DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPAL Artículo 19º.- La Procuraduría Pública Municipal es el órgano de defensa judicial conforme a ley, encargado de ejercer la representación y defensa judicial de los intereses y derechos de la Municipalidad Distrital de La Molina, a través de procuradores públicos municipales y el personal de apoyo que requiera. Está a cargo de un funcionario de con fi anza con categoría de Gerente, quien es designado por el Alcalde y depende jerárquicamente del Alcalde y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado. Su denominación es Procurador Público Municipal. Artículo 20º.- Son funciones y atribuciones de la Procuraduría Pública Municipal a) Ejercer la representación de la Municipalidad Distrital de La Molina para la defensa judicial de los intereses y derechos de ésta, ante entidades policiales, laborales, fi scales y jurisdiccionales en procesos judiciales, laborales, policiales e investigatorios. b) Ejercer, cuando lo decida el Alcalde, la representación de los funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de La Molina y asumir su defensa ante entidades policiales, laborales, fi scales y jurisdiccionales en procesos judiciales, laborales, policiales e investigatorios, que se deriven de sus funciones. c) Iniciar o impulsar las acciones judiciales, policiales y otros que autorice el Concejo Municipal. d) Iniciar o impulsar acciones judiciales en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad Distrital de La Molina, así como contra los funcionarios, servidores y terceros respecto de los cuales el Órgano de Control Institucional haya encontrado responsabilidad civil o penal, previa autorización del Concejo Municipal. e) Impulsar los procesos judiciales a su cargo, formular requerimientos e interponer medios de defensa contra decisiones que afecten los intereses de la Municipalidad. f) Participar en nombre de la municipalidad en diligencias de investigación preliminar, judicial y otras donde se encuentren inmersos los intereses y derechos de la municipalidad. g) Delegar a cualquiera de los abogados que prestan servicios en la Procuraduría Pública Municipal, la representación para que intervengan en procesos judiciales que se tramiten en cualquier distrito judicial. h) Informar permanentemente a la Alcaldía sobre el estado situacional de los procesos a su cargo. i) Proponer a la Alta Dirección, las acciones o medidas alternativas conducentes a la defensa de la Municipalidad Distrital de La Molina, sus funcionarios y servidores, cuando corresponda. j) Mantener actualizada la información respecto a los procesos judiciales a su cargo, utilizando los sistemas informáticos implementados. k) Solicitar informes, antecedentes y el apoyo necesario a las diferentes áreas de la Municipalidad, de cualquier entidad pública y privada, así como a todos los organismos del sector justicia, para el ejercicio de su función. l) Mantener permanente coordinación con el Consejo de Defensa Judicial del Estado sobre los alcances de las normas y los avances de los procesos judiciales en marcha. (literal “m” se suprime en cumplimiento a la Ordenanza 148 publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 8 de agosto del 2007) GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICAArtículo 21º.- La Gerencia de Asesoría Jurídica es el órgano de asesoramiento, encargado de dirigir, ejecutar y evaluar los asuntos de carácter legal de la Municipalidad. Está a cargo de un funcionario de con fi anza con categoría de Gerente, quien depende del Gerente Municipal. Su denominación es Gerente de Asesoría Jurídica. Artículo 22º.- Son funciones y atribuciones del Gerente de Asesoría Jurídica:a) Programar, ejecutar, coordinar y supervisar los asuntos de carácter jurídico, emitiendo las opiniones correspondientes. b) Interpretar las normas legales de observancia por la Municipalidad Distrital de La Molina; c) Asesorar a la Alta Dirección y demás órganos de la Municipalidad Distrital de La Molina en asuntos de carácter legal; d) Elaborar, proponer y revisar proyectos de disposiciones legales que se le solicite para una e fi caz y efi ciente gestión municipal distrital, en concordancia con la legislación municipal vigente; e) Implementar y mantener actualizado un archivo de normas legales y municipales, relacionadas con la entidad y la actividad municipal, así como jurisprudencia y textos doctrinarios, pudiendo hacerlo tanto documentadamente o a través del uso de medios informáticos. f) Emitir informes legales en los recursos impugnativos de apelación, que en segunda instancia administrativa deba resolver la Gerencia Municipal. g) Emitir opinión legal sobre la aplicación y alcances de normas legales, dispositivos municipales, proyectos, resoluciones, convenios, contratos, procedimientos y expedientes administrativos y otros que se le solicite; h) Informar a los diversos órganos de la Municipalidad sobre las modi fi caciones legales y sus implicancias en el desempeño de sus funciones; i) Colaborar en la formulación de proyectos de contratos o convenios que encomiende la Alta Dirección y/o en los que estuvieran en juego los intereses de la Municipalidad. j) Integrar en calidad de Secretario Técnico la Comisión Permanente de Regidores que corresponda a su área. k) Otras funciones a fi nes que le asigne el Gerente Municipal. l) Ejercer la representación de la Municipalidad en los procedimientos de conciliación extrajudicial o arbitrajes de derecho, motivados por requerimientos de terceros o en tutela de los intereses y derechos de la Municipalidad, así como en los procedimientos administrativos ante INDECOPI, Tribunal Fiscal, Ministerio de Trabajo, SUNAT y otras entidades gubernamentales. (Incorporado por Ordenanza 148 publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 8 de agosto del 2007) GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTOArtículo 23º.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento responsable de plani fi car, organizar, dirigir y evaluar las actividades referidas al planeamiento, presupuesto, estudios económicos, estadísticas y racionalización. Asimismo actuará como órgano de coordinación interna. Está a cargo de un funcionario de con fi anza con categoría de Gerente, quien depende del Gerente Municipal. Su denominación es Gerente de Planeamiento y Presupuesto. Artículo 24º.- Son funciones y atribuciones del Gerente de Planeamiento y Presupuesto: a) Plani fi car, organizar, dirigir y controlar las actividades de presupuesto, plani fi cación, estudios económicos, estadística y racionalización en concordancia con las normas técnicas y legales vigentes; b) Asesorar a la Alta Dirección en la de fi nición de objetivos y formulación de políticas de la Municipalidad Distrital de La Molina. c) Coordinar con entidades del Sector Público y Privado acciones que conlleven al desarrollo de los planes y proyectos que ejecute la municipalidad; d) Programar, formular, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar cada una de las fases que comprende el proceso presupuestario de conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, normas complementarias y conexas; e) Elevar a la Alta Dirección el proyecto de Presupuesto de la Municipalidad Distrital de La Molina para su aprobación por el Concejo Municipal y posterior remisión a las entidades correspondientes. f) Plani fi car, desarrollar y coordinar acciones de estadísticas, de acuerdo a las necesidades de la Municipalidad en concordancia con las normas del Instituto Nacional de Estadística e Informática; g) Conducir el proceso y acciones referentes a la estadística de la Municipalidad;