Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (10/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de setiembre de 2007 353029 conceptos, incluyendo los que ordenan las demás unidades generadoras de ingresos; r) Llevar el control del proceso de fraccionamiento de pago en concordancia con el Reglamento correspondiente; s) Mantener permanentemente informado al Gerente de Rentas sobre los niveles de la deuda que mantienen los contribuyentes y otros obligados para con la Municipalidad, así como de la recaudación de los tributos y demás obligaciones a su cargo; t) Emitir Ordenes de Pago, Resoluciones de Determinación y de Pérdida del Bene fi cio de Fraccionamiento; u) Tener al día el registro de las Cuentas Corrientes de los contribuyentes, manteniendo a estos debidamente informados al respecto; v) Organizar el proceso de quiebra e incineración de valores. w) Otras que le asigne el Gerente de Rentas. SUBGERENCIA DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIAArtículo 41º.- La Subgerencia de Fiscalización se encuentra a cargo de un funcionario de con fi anza, con categoría y denominación de Subgerente, quien depende del Gerente de Rentas; tiene como funciones las siguientes: a) Planear, organizar, dirigir, controlar y coordinar las actividades de la Subgerencia. b) Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades de fi scalización destinadas a veri fi car el cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales. c) Veri fi car y controlar en forma selectiva y segmentada la veracidad de la información declarada por los administrados en el registro de contribuyentes y predios de la Gerencia de Rentas. d) Efectuar acciones orientadas a detectar omisos, subvaluadores e infractores de las obligaciones tributarias municipales. e) Aprobar los valores y papeles de trabajo producto de las acciones de fi scalización. f) Revisar y presentar informes sobre documentos de contenido tributario que sean enviados para opinión; g) Establecer mecanismos que garanticen la unidad de criterio entre el personal a su cargo, en las intervenciones realizadas. h) Reportar periódicamente a la Gerencia de Rentas información sobre las auditorias, veri fi caciones y operativos realizados por la Subgerencia. i) Informar a la Gerencia de Rentas sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos tributarios municipales aplicados y requerir la implementación de soluciones tecnológicas asociadas a los procesos tributarios. j) Elaborar proyectos de dispositivos municipales y directivas de su competencia, para la mejor aplicación de los procedimientos tributarios. k) Informar mensualmente al Gerente de Rentas, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo; l) Administrar la información que se procese en el sistema informático con que cuente la unidad orgánica, para el mejor cumplimiento de sus funciones. m) Cumplir con las demás funciones delegadas por el Gerente de rentas. EJECUCIÓN COACTIVAArtículo 42º.- La O fi cina de Ejecución Coactiva se encuentra a cargo de un funcionario denominado Ejecutor Coactivo de acuerdo a ley, cumple sus funciones con el apoyo de sus auxiliares coactivos. El Ejecutor Coactivo tiene la categoría de Gerente y depende organizacionalmente del Gerente Municipal. Es el órgano de apoyo encargado de organizar, coordinar, ejecutar y controlar el proceso de ejecución coactiva de obligaciones de naturaleza tributaria y no tributaria; y garantizar a los obligados el derecho a un debido procedimiento coactivo. Artículo 43º.- Son funciones y atribuciones del Ejecutor Coactivo: a) Programar, coordinar, ejecutar, controlar y supervisar las acciones de coerción dirigidas a la recuperación del cobro de las multas administrativas, adeudos tributarios señaladas en la Ley Nº 26979 y su reglamento b) Ejecutar las demoliciones, clausuras de locales y otros actos de ejecución forzosa señaladas en la Ley Nº 26979 y su reglamento, previamente agotado el procedimiento en la vía administrativa. c) Programar, dirigir, ejecutar en vía de coerción las obligaciones de naturaleza tributaria y no tributaria; d) Resolver y hacer cumplir las obligaciones materia de ejecución coactiva de acuerdo a la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, su reglamento, el Código Tributario vigente y disposiciones legales complementarias; e) Llevar un registro y archivo de actas de embargo y bienes embargados, se incluye las actas de ejecución forzosa en aquellas obligaciones no tributarias de conformidad a lo establecido en los incisos c) y d) del Artículo 12º de la Ley Nº 26979; f) Supervisar y controlar la labor de los Auxiliares Coactivos; g) Disponer los embargos, tasación, remate de bienes y otras medidas cautelares que autorice la ley; h) Coordinar con los órganos de la Municipalidad Distrital de La Molina, así como la Policía Nacional y otras instituciones para el mejor cumplimiento de las funciones a su cargo; i) Garantizar a los obligados el derecho a un debido procedimiento, en consecuencia el Ejecutor Coactivo debe: 1. Veri fi car la exigibilidad de la obligación materia de ejecución coactiva. 2. Practicar la noti fi cación a los obligados conforme a ley, haciéndose constar dicho acto en el expediente. 3. Suspender el proceso coactivo con arreglo a lo dispuesto en la Ley Nº 26979. 4. Motivar las Resoluciones. GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Artículo 44º.- La Gerencia de Administración es el órgano de apoyo responsable de dirigir , ejecutar, evaluar y controlar la administración del potencial humano, los recursos económicos - fi nancieros, materiales y de servicio interno de la Municipalidad Distrital de La Molina. Está a cargo de un funcionario de con fi anza con categoría de Gerente, quien depende del Gerente Municipal. Su denominación es Gerente de Administración. Artículo 45º.- Son funciones y atribuciones del Gerente de Administración: a) Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades de personal, tesorería, contabilidad, logística y servicios internos y de mantenimiento. b) Administrar y supervisar los fondos y valores fi nancieros de la Municipalidad, canalizando los ingresos y efectuando los pagos correspondientes por los compromisos contraídos de conformidad con las normas que rigen el Sistema de Tesorería; c) Organizar y optimizar la administración fi nanciera de la Municipalidad, y proporcionar la información contable adecuada y oportuna para facilitar la toma de decisiones; d) Proveer oportunamente los recursos y servicios necesarios a los órganos de la Municipalidad, para el cumplimiento de sus objetivos y metas. e) Organizar, programar, supervisar y evaluar las actividades técnicas del Sistema de Contabilidad Gubernamental supervisando la formulación de los Balances, Estados Financieros, Estados Presupuestarios y de Gestión para su presentación en los plazos establecidos. f) Llevar y mantener actualizado el control patrimonial respecto de los activos fi jos de la Municipalidad ordenando realizar los inventarios de los bienes muebles, el registro de los bienes inmuebles y el saneamiento físico-legal de títulos de propiedad de los bienes registrables conforme a los dispositivos legales que rigen al respecto. g) Suscribir la documentación que genere la compra o transferencia de propiedad de vehículos automotores; h) Aprobar los expedientes de contratación de los procesos de selección que lleve a cabo la entidad bajo la modalidad de Adjudicaciones de Menor Cuantía de bienes, servicios y obras incluyendo consultorías de obras. i) Aprobar las bases de los procesos de selección que lleve a cabo la entidad bajo la modalidad de Adjudicaciones