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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (15/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de setiembre de 2007 353392 CONSTRUCCIONES METAL MECANICA RECOMEN S.R. LTDA., autorización de incremento de fl ota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcación pesquera “KEVIN” de matrícula Nº CE-2796-CM, de 111.74 m3 a 237.26 m3 de volumen de bodega, para la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, vía sustitución total de 125.52 m3 de capacidad de bodega y de los mismos derechos administrativos sobre las pesquerías de anchoveta y sardina para consumo humano indirecto de la embarcación pesquera no siniestrada “LUCIANO” de matrícula Nº CE-4033-PM. Asimismo en el segundo artículo de la citada Resolución menciona que “en virtud al artículo 1º de la presente Resolución, modi fi car la Resolución Ministerial Nº 728-97-PE de fecha 19 de noviembre de 1997, con el que se le otorgó permiso de pesca a favor de la empresa REPARACIONES Y CONSTRUCCIONES METAL MECANICA RECOMEN S.R. LTDA., para operar la embarcación “KEVIN” de matrícula Nº CE-2796-CM, solo en el extremo referido a la capacidad de bodega; entendiéndose que la misma ha sido ampliada a 237.26 m3”; Que através de la Resolución Directoral Nº 369-2006- PRODUCE/DGEPP, de fecha 12 de octubre de 2006 se aprobó a favor de PERU FISHING INVESTMENTS S.A.C-PEFISA, el cambio del titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 728-97-PE, modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 262-2006- PRODUCE/DGEPP, de fecha 11 de agosto de 2006, para operar la embarcación pesquera denominada “KEVIN” de matrícula Nº CE-2796-CM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Resolución Directoral Nº 494-2006- PRODUCE/DGEPP, de fecha 5 de diciembre de 2006, se modi fi có el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 728-97-PE, modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 369-2006-PRODUCE/DGEPP, sólo en el extremo referido al nombre de la embarcación pesquera “KEVIN” de matrícula Nº CE-2796-CM, la misma que en adelante se denominará “BRYAN”; Que la embarcación de matrícula Nº CE-2796-CM aparece con el nombre de “KEVIN”, con 237.26 m3 de capacidad de bodega, con permiso de pesca vigente para anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto a favor de PERU FISHING INVESTMENTS S.A.C.; consignada en el literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; y en el listado de embarcaciones pesqueras publicado en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción; Que los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, de fecha 5 de setiembre del 2002, establecen que los recursos sardina ( Sardinops sagax sagax ), jurel ( Trachurus picturatus murphy ), y caballa ( Scomber japonicus peruanus ), serán destinados al consumo humano directo; y, que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y con destino al consumo humano directo e indirecto, sólo podrán desarrollar actividades extractivas de los recursos en mención, en el marco del Régimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolución Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolución; Que a través de los escritos del visto, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., solicita el cambio de titular del permiso de pesca y nombre de la embarcación pesquera “KEVIN” de matrícula CE-2796-CM; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la recurrente ha cumplido en presentar los requisitos sustantivos y los establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PPRODUCE y publicado por Resolución Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto a través del Informe Nº 399-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi; y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado mediante Resolución Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE;, y la Ley General del Procedimiento Administrativo Nº 27444; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar improcedente la solicitud sólo en el extremo referido al cambio de nombre de la embarcación pesquera “KEVIN” por el de “BRYAN”, debido a que la administración mediante Resolución Directoral Nº 494-2006-PRODUCE/DGEPP, de fecha 5 de diciembre de 2006, modi fi có el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 728-97-PE, modi fi cada en su titularidad por la Resolución Directoral Nº 262-2006-PRODUCE/DGEPP, y Resolución Directoral Nº 369-2006-PRODUCE/DGEPP, en el extremo referido al nombre de la embarcación pesquera “KEVIN” de matrícula Nº CE-2796-CM, por el de “BRYAN”. Artículo 2º.- Aprobar a favor de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. el cambio del titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 728-97-PE, modi fi cada en su titularidad por la Resolución Directoral Nº 262-2006-PRODUCE/DGEPP, de fecha 11 de agosto de 2006 y Resolución Directoral Nº 369-2006-PRODUCE/DGEPP, de fecha 12 de octubre de 2006 para operar la embarcación pesquera “KEVIN” de matrícula Nº CE-2796-CM; y modi fi cada sólo en el extremo referido de nombre en el de “BRYAN”, mediante Resolución Directoral Nº 494-2006-PRODUCE/DGEPP, de fecha 5 de diciembre de 2006, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 3º.- El acceso al recurso sardina, será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinadas al consumo humano directo, o las normas que lo modi fi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservación a bordo CSW o RSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del Permiso de Pesca que fue otorgado a favor de PERU FISHING INVESTMENTS S.A.C.-PEFISA, mediante Resolución Directoral Nº 369-2006-PRODUCE/DGEPP, de fecha 12 de octubre de 2006, para operar la embarcación pesquera “KEVIN” de matrícula Nº CE-2796-CM, y modi fi cada sólo en el extremo referido al nombre de “BRYAN” mediante Resolución Directoral Nº 494-2006-PRODUCE/DGEPP de fecha 5 de diciembre de 2006, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 5º.- Incorporar a la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. como nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “BRYAN” de matrícula Nº CE-2796-CM, así como la presente resolución en el literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; excluyendo a PERU FISHING INVESTMENTS S.A.C.-PEFISA consignado en dichos anexos. Artículo 6º .- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el Portal de la Página Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: WWW.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 107998-8