NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (19/09/2007)
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TEXTO PAGINA: 25
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de setiembre de 2007 353651 e) Conformar o implementar el proceso de reclutamiento de los Jefes de Zona, Sub Zona, Jefes de Empadronamiento Especial y Jefes de Sección Rural y Empadronadores en los distritos de su jurisdicción, en coordinación con el Jefe Distrital de los Censos y de acuerdo a lo establecido en el ítem 6.1 del numeral 6. f) Otorgar conjuntamente con el INEI, la certi fi cación de capacitación y participación activa en la ejecución de las diversas actividades censales. 6.- DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1. La participación de los docentes y trabajadores del Ministerio de Educación, será en la forma siguiente: a) Designación de un coordinador institucional en los siguientes niveles: Sede Central, Sedes Regionales, Unidades de Gestión Educativa (UGEL) e Instituciones Educativas (II.EE). b) En la Sede Central: El Secretario General designará al coordinador responsable. c) En las Sedes Regionales, Unidades de Gestión Educativas e Instituciones Educativas, será el Director Regional, Director de la UGEL y el Director de la II.EE los encargados de designar al coordinador. d) El Coordinador Institucional a ser designado deberá ejercer funciones directivas o de jefatura en su institución a efectos que pueda cumplir de manera e fi caz con el reclutamiento del personal administrativo, docentes y alumnos de Educación Básica Regular e Institutos Superiores Pedagógicos y Tecnológicos Públicos, que deseen participar en las actividades censales, como Jefes de Zona, Jefes de Sección o Empadronadores. e) La inscripción será orientada, a través de la Página Web del INEI: www.inei.gob.pe o de una Ficha de Inscripción ( Anexos Nº 03 y Nº 04 ). 6.2. El personal docente y/o administrativo que participe activamente en las actividades censales, además de las facilidades que se le otorgue, será reconocido mediante un certi fi cado emitido conjuntamente por el Ministerio y el INEI, como mérito en su fi cha escalafonaria, de acuerdo al detalle del Anexo Nº 01 . 6.3. Por la participación de los alumnos, se les otorgará una constancia emitida conjuntamente por el Ministerio y el INEI, como reconocimiento de su labor cívica en bene fi cio del país. 6.4. Brindar las facilidades al personal docente, administrativo y alumnos para su asistencia a los cursos de capacitación, reconocimiento de las áreas de trabajo y del empadronamiento, según lo indicado en el Anexo Nº 02 . 6.5. Las Instituciones Educativas que cuenten con infraestructura adecuada y disponible, apoyarán con la asignación de ambientes, para el funcionamiento de las Ofi cinas Censales, así como para realizar la capacitación a los funcionarios censales. 6.6. Las Direcciones Regionales y las UGELs que cuenten con medios de transporte como camionetas, deslizadores, lanchas, entre otros, apoyarán las actividades del empadronamiento. El INEI asumirá los costos de combustible. 6.7. Con la fi nalidad de sensibilizar a la comunidad educativa y al público en general, sobre la importancia de los Censos Nacionales y la necesidad de colaborar, brindando información y/o participando como funcionario censal voluntario, se implementará en el Calendario Cívico Escolar del presente año, “La Semana Cívico-Censal”, del 9 al 12 de Octubre, desarrollando diversas actividades, de acuerdo al nivel y modalidad, como marchas, charlas o seminarios sobre el desarrollo de los Censos, en coordinación con el INEI, dirigidos a docentes y alumnos, a fi n de asegurar su participación en los Censos Nacionales. 6.8. Los Directores de las Instituciones Educativas dispondrán la incorporación de conceptos y temas censales, en la Programación Curricular de las asignaturas o áreas pertinentes. Así mismo promoverán la participación de los alumnos del quinto año de educación secundaria como Empadronadores en los Censos Nacionales. 6.9. Los Directores de cada Institución Educativa, en coordinación con el INEI, a través de los funcionarios de sus Ofi cinas Censales, coordinarán sobre el cronograma de actividades de la organización y capacitación del personal que participe en las actividades de los Censos Nacionales, a fi n que se les proporcione los materiales de difusión correspondiente. 7.- RESPONSABILIDADES •En la Sede Central.- La O fi cina de Coordinación Regional es la dependencia encargada supervisar el cumplimiento de la presente Directiva.• En las Sedes Regionales, Unidades de Gestión Educativas e Instituciones Educativas, el Director Regional, Director de la UGEL y el Director de la Institución Educativa, serán los encargados de coordinar con el Jefe Operativo de los CENSOS NACIONALES, en el nivel departamental, provincial y distrital, así como supervisar el cumplimiento de la presente Directiva en su jurisdicción. 8.- DISPOSICIÓN FINAL La O fi cina de Coordinación Regional del Ministerio, en un plazo no mayor de cinco (5) días, se encargará de la difusión a nivel nacional, de lo establecido en la presente Directiva. Las Direcciones Regionales, UGEL e Instituciones Educativas, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, se encargarán de difundir la presente Directiva en sus respectivos ámbitos. ANEXOS CENSOS NACIONALES 2007 XI DE POBLACIÓN Y VI DE VIVIENDA ANEX0 Nº 01 PROPUESTA DE RECONOCIMIENTO AL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN FUNCIONARIO CENSAL TIPO DE RECONOCIMIENTO DOCUMENTO Nº DE HORAS Jefe de Zona y Sub Zona Certi fi cado 100 Jefe de Sección Rural Certi fi cado 100 Jefe de Sección Urbano Certi fi cado 60 Jefe de Empadronamiento Especial Certi fi cado 100 Jefe de Empadronamiento de CC.II. Certi fi cado 100 Empadronador Urbano Certi fi cado 40 Empadronador Rural Certi fi cado 80 CENSOS NACIONALES 2007 XI DE POBLACIÓN Y VI DE VIVIENDA ANEXO Nº 02 DISPONIBILIDAD DE DÍAS DEL PERSONAL DOCENTE, ADMINISTRATIVO Y ALUMNOS, REQUERIMIENTO DE AULAS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, SEGÚN NIVEL DE CAPACITACIÓN NIVEL FUNCIONARIO CENSALNº DE PERSONAS A CAPACITARPERÍODO DE CAPACI- TACIÓNNº DE AULASRECONO- CIMIENTOEMPADRO- NAMIENTO Nivel 3GRUPO A1 Jefe de Zona 7,281 20 de Octubre 21 de Octubre Jefe de Sub-Zona 2,575 12 al 15 de 20 de Octubre 21 de Octubre Jefes de Emp. Esp. 415 setiembre 20 de Octubre 21 de Octubre 10,271 1,787 GRUPO A2 Jefe de Sección Rural 9,145 18 al 21 de 20 de Octubre 21Oct. - 07 Nov. Jefes de Empad. de CC.II.122 setiembre 20 de Octubre 21Oct. - 07 Nov. 9,267 19,538 GRUPO B Jefe de Sección Urbano85,348 20 de Octubre 21 de Octubre Jefe de Sección del Empad. Especial649 04 al 06 4,063 20 de Octubre 21 de Octubre octubre 85,997 Nivel 4 Empadronador Urbano y Especial542,565 20 de Octubre 21 de Octubre 15 al 19 de 20,801 octubre Empadronador Rural y de CC.II.29,094 20 de Octubre 21 Oct. - 07 Nov. 571,659 TOTAL 677,194Dia del Censo: 21/10/07 26,651