Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2007 (19/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de setiembre de 2007

Articulo 1º.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educacion a favor de las Municipalidades Distritales de Chongoyape, Jayanca y MORDAZA, provincias de Chiclayo y MORDAZA, respectivamente, departamento de MORDAZA hasta por la suma de QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCO y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 555,805.00) por la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, los que seran destinados exclusivamente para el financiamiento del mantenimiento y ejecucion de proyectos de infraestructura educativa senalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se aplicara al Presupuesto

Modificado del Pliego 010: Ministerio de Educacion, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa. Articulo 3º.- El responsable de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Educacion y la Oficina de Administracion o la que haga sus veces en las Municipalidades Distritales de Chongoyape, Jayanca y MORDAZA, de las provincias de Chiclayo y MORDAZA, respectivamente, departamento de MORDAZA, velaran por el control y estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

ANEXO TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE GOBIERNOS LOCALES PARA MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Y PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN EL DEPARTAMENTO DE MORDAZA (EN NUEVOS SOLES) PLIEGO / GOBIERNO LOCAL 140102: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONGOYAPE 140102: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONGOYAPE 140102: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONGOYAPE 140102: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONGOYAPE 140102: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHONGOYAPE 140304: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JAYANCA 140310: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA PROVINCIA CHICLAYO CHICLAYO CHICLAYO CHICLAYO CHICLAYO MORDAZA MORDAZA PROYECTO MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN LA LA II.EE. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN LA LA II.EE. N° 11504 MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN LA LA II.EE. MORDAZA MORDAZA ALBUJAR MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN LA LA II.EE. N° 11537 MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN LA LA II.EE. N° 11505 AMPLIACION, REHABILITACION DE LA II.EE. N° 10125 MORDAZA MORDAZA MORDAZA CONSTRUCCION INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA DE LA IIEE. MORDAZA MORDAZA TOTAL CODIGO SNIP No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica 58158 61508 MONTO A TRANSFERIR 16,727 16,947 16,064 16,649 15,707 242,610 231,101 555,805

110161-1

ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbres de acueducto y de MORDAZA a favor de concesion definitiva de generacion de la que es titular MORDAZA Energy EGENOR Sociedad en Comandita por Acciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 406-2007-MEM/DM MORDAZA, 27 de agosto de 2007 VISTA: El Expediente Nº 11198707 organizado por MORDAZA Energy EGENOR Sociedad en Comandita por Acciones, persona juridica inscrita en la Partida Nº 11018850 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de imposicion de las servidumbres de acueducto, para el tunel de aduccion, y de MORDAZA, para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Central Hidroelectrica Carhuaquero; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Resolucion Suprema Nº 0202000-EM, publicada el 13 de febrero de 2000, MORDAZA Energy EGENOR Sociedad en Comandita por Acciones es titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Carhuaquero, asumiendo los derechos y

obligaciones que aparecen en el Contrato de Concesion Nº 054-95; Que, con fecha 8 de marzo de 2007, MORDAZA Energy EGENOR Sociedad en Comandita por Acciones solicito, en diferentes oportunidades, la imposicion de las servidumbres de acueducto, para el tunel de aduccion, y de MORDAZA, para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la mencionada Central Hidroelectrica, sobre bienes publicos, ubicada en los distritos de Catache y Llama, provincias de MORDAZA MORDAZA y Chota, departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, en la medida de que el articulo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, permite la acumulacion de solicitudes en tramite que guarden conexion, y teniendo en cuenta que en el presente caso existe conectividad entre tales solicitudes, toda vez que estan referidos al mismo peticionario y a las instalaciones correspondientes a la Central Hidroelectrica Carhuaquero, de conformidad con el articulo 222º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, procede acumular las solicitudes presentadas, debiendose tener presente que la resolucion que dispone la acumulacion es irrecurrible; Que, dado que los predios afectados son de propiedad publica, corresponde la aplicacion del literal a) del articulo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el cual establece que los concesionarios estan facultados para usar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o del Municipio, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones;

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