NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (19/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 48
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de setiembre de 2007 353674 de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, así como su publicación en forma electrónica, a través del SEACE, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Quinto.- El Vice Rectorado Administrativo, así como la O fi cina Central de Logística y Servicios Auxiliares, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN NÉSTOR ESCUDERO ROMÁN Rector 109049-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen inscripción de bonos de titulización de peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTÓNOMOS Nº 019-2007-EF/94.06.2 Lima, 20 de agosto de 2007VISTOS:Los Expedientes Nº 200723622, Nº 2005005284 y el Memorándum Nº 2514-2007-EF/94.06.2 del 17 de agosto de 2007; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 301 y 314 de la Ley del Mercado de Valores, en losfi deicomisos de titulización, la sociedad titulizadora que actúa como fi duciario es la que realiza la emisión de los valores respaldados por el patrimonio fi deicometido; Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 095- 2005-EF/94.11 del 13 de setiembre de 2005, se dispuso aprobar el trámite anticipado e inscribir el programa de bonos de titulización denominado “Programa de Bonos de Titulización de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima” hasta por un monto de S/. 250 000 000,00 (doscientos cincuenta millones y 00/100 de Nuevos Soles) así como el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, el 9 de agosto de 2007 Scotia Sociedad Titulizadora S.A. presentó una solicitud para la inscripción de los bonos de titulización denominados “Bonos de Titulización de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima – Cuarta Emisión” hasta por un monto máximo de emisión de S/. 40 000 000,00 (cuarenta millones y 00/100 de Nuevos Soles) y el registro del complemento del prospecto marco correspondiente; Que, Scotia Sociedad Titulizadora S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos y, en lo que corresponde, con lo establecido en el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública en el Registro Público del Mercado de Valores y el registro de los prospectos informativos correspondientes, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano y del Portal de Mercado de Valores de CONASEV; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 333 de la Ley de Mercado de Valores y por los artículos 43 y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, así como el literal d) del artículo 32 del Decreto Supremo Nº 038-2007-EF y la Resolución CONASEV Nº 034-2007-EF/94.10; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los bonos de titulización denominados “Bonos de Titulización de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima -Cuarta Emisión” hasta por un monto máximo de emisión de S/. 40 000 000,00 (cuarenta millones y 00/100 Nuevos Soles) y el registro del complemento del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- La oferta pública de los valores a que se refi ere el artículo 1º deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y, de ser el caso, en el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se re fi ere el artículo 53 del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos y, en lo que corresponda, con la establecida en los artículos 23 y 24 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. La colocación de los valores deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, prorrogables hasta por un período igual a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 3º.- La inscripción y registro a que se re fi ere el artículo 1º de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de CONASEV. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima, en su calidad de fi deicomitente; a Scotia Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fi duciario; a Empresa Municipal Administradora de Peaje de Lima S.A. – EMAPE S.A., en su calidad de servidor, a Citibank del Perú S.A. y Scotiabank Perú S.A.A., en su calidad de entidades estructuradoras; Citicorp Perú S.A. SAB y Scotia SAB S.A., en su calidad de entidades colocadoras; a la Bolsa de Valores de Lima S.A.; y, a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODNY RIVERA VIA Dirección de Patrimonios Autónomos 99159-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Aceptan donación que será destinada a la compra de bienes de ayuda humanitaria como apoyo a los damnificados por sismo ocurrido el 15 de agosto de 2007 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 338-2007-INDECI 11 de setiembre del 2007VISTOS: el Memorando Nº 4654-2007-INDECI/6.0 del 5 de setiembre de 2007 y el Informe Nº 245-07/INDECI/6.2.3 del 4 de agosto de 2007; y,