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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (19/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de setiembre de 2007 353683 como instrumento de gestión que desarrolla la Estructura Orgánica de la Entidad, hasta el tercer nivel organizacional; cuya Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final faculta al Titular dictar las normas complementarias para dicho cometido; Que, habiéndose aprobado el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, es necesario proceder a la cobertura de las plazas previstas en las O fi cinas Zonales para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Entidad, mientras se designa a los titulares; De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos, Nº 28923; Ley del Procedimiento Administrativo General, Nº 27444; Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA; Resolución Suprema Nº 008-2007-VIVIENDA y con el visado de la Secretaría General y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ENCARGAR las Jefaturas de las Ofi cinas Zonales a los servidores que a continuación se indica: Nº Nombres y Apellidos Cargo 01 Ais, TARABAY YAYA Jefe (e) de la O fi cina Zonal de Ancash 02 Gustavo, HUARCAYA VASQUEZ Jefe (e) de la O fi cina Zonal de Huancavelica 03 María, GOMEZ ESPIRITU Jefe (e) de la O fi cina Zonal de Huánuco 04 Yanira, RODRIGUEZ GIL Jefe (e) de la O fi cina Zonal de Junín 05 Sonia, MINAYA TABOADA Jefe (e) de la O fi cina Zonal de La Libertad 06 Tania, ALVIZURI ROMANI Jefe (e) de la O fi cina Zonal de Piura 07 Martín, CORDOVA HERRERA Jefe (e) de la O fi cina Zonal de Tacna 08 Tania, ALVIZURI ROMANI Jefe (e) de la O fi cina Zonal de Tumbes Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolución a los Órganos Estructurados de COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese.OMAR QUEZADA MARTÍNEZ Director EjecutivoCOFOPRI 109957-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Disponen medidas de organización interna de la SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 174-2007/SUNAT Lima, 18 de setiembre de 2007CONSIDERANDO:Que mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT; Que a través de la Resolución de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT y modi fi catorias, se dictaron medidas de organización interna de la SUNAT, a fi n que las unidades organizacionales a que se re fi ere el Reglamento de Organización y Funciones, puedan desarrollar cabalmente sus funciones; Que se ha estimado pertinente dictar nuevas medidas de organización interna, a fi n de optimizar el funcionamiento de algunas unidades organizacionales a que se re fi ere el Reglamento de Organización y Funciones de la entidad; En uso de las facultades conferidas en el inciso r) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM;SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifíquese el Anexo de la Resolución de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT, de acuerdo al Anexo de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.LAURA CALDERÓN REGJO Superintendente Nacional 110176-1 Dictan normas para la compensación a solicitud de parte y la compensación de oficio RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 175-2007/SUNAT Lima, 18 de setiembre de 2007CONSIDERANDO:Que el artículo 40º del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modi fi catorias, establece que la deuda tributaria podrá compensarse total o parcialmente con los créditos por tributos, sanciones, intereses y otros conceptos pagados en exceso o indebidamente, siempre y cuando correspondan a períodos no prescritos, sean administrados por el mismo órgano administrador y cuya recaudación constituya ingreso de una misma entidad; Que conforme a lo dispuesto en la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ley Nº 27335, en el caso del Impuesto de Promoción Municipal (IPM) a que se re fi ere el artículo 76º de la Ley de Tributación Municipal aprobada por el Decreto Legislativo Nº 776 y normas modi fi catorias, no se exige el requisito previsto en el artículo 40º del Código Tributario para que proceda la compensación, respecto a que la recaudación constituya ingreso de una misma entidad; Que por su parte, el artículo 40º del referido TUO señala que la compensación podrá realizarse como Compensación Automática, Compensación de O fi cio por la Administración Tributaria y Compensación a Solicitud de Parte; Que respecto a la Compensación de O fi cio se establece que ésta puede darse si de acuerdo a la información que contienen los sistemas de la SUNAT sobre declaraciones y pagos se detecta un pago indebido o en exceso y existe deuda tributaria pendiente de pago, debiendo la SUNAT señalar los supuestos en que opera la referida modalidad; Que en el caso de la Compensación a Solicitud de Parte, el artículo 40º del TUO del Código Tributario establece que la misma será efectuada por la Administración Tributaria previo cumplimiento de los requisitos, forma, oportunidad y condiciones que ésta señale; Que de otro lado la Décimo Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 981 estableció, adicionalmente a lo regulado por el artículo 40º del Código Tributario, diversas consideraciones especí fi cas respecto a la compensación del crédito por retenciones y/o percepciones del IGV no aplicadas; Que por lo tanto resulta necesario que la SUNAT establezca los requisitos, forma, oportunidad y condiciones que deben cumplirse para la compensación a solicitud de parte, así como regular los supuestos en los que operará la compensación de o fi cio, tratándose del literal b) del numeral 2 del artículo 40º del TUO del Código Tributario; En uso de las facultades conferidas por el artículo 40º del TUO del Código Tributario, el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modi fi catorias, y el inciso q) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM. SE RESUELVE: CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETO La presente Resolución tiene por objeto aprobar los requisitos, forma, oportunidad y condiciones que deben