NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/09/2007)
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TEXTO PAGINA: 41
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de setiembre de 2007 353751 Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, la Resolución Gerencia General N° 061-2007-EF/94.11 y la Resolución CONASEV N° 034-2007-EF/94.10, así como a lo dispuesto por el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores – CONASEV, según el cual la Dirección de Emisores se encuentra facultada para resolver solicitudes vinculadas a las ofertas públicas primarias y a efectuar todo trámite vinculado a éstas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de los instrumentos de corto plazo pertenecientes a la emisión denominada “Tercera Emisión del Programa de Instrumentos de Corto Plazo Metalpren I”, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 1 000 000,00 (un millón y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), así como el registro del correspondiente prospecto complementario. Artículo 2º.- La oferta pública de los valores a los que se re fi ere el artículo anterior deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto por el artículo 25 y, de ser el caso, por el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se re fi eren los artículos 23 y 24 del mencionado reglamento. La colocación de los valores deberá efectuarse en un plazo que no exceda de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, y siempre y cuando el plazo del programa y del trámite anticipado no hayan culminado. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 3º.- La inscripción y el registro a que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Metalpren S.A., en su calidad de emisor y entidad estructuradora; a Sol fi n Sociedad Agente de Bolsa S.A.C., en su calidad de agente colocador; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.YVONKA HURTADO CRUZ Dirección de EmisoresComisión Nacional Supervisora de Empresasy Valores 110162-1 Aprueban trámite anticipado, inscriben el “Segundo Programa de Bonos Subordinados del Banco Continental” y disponen el registro del prospecto marco en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 042-2007-EF/94.06.3 Lima, 17 de septiembre de 2007VISTOS: El Expediente Nº 2007026678 y el Informe Nº 0559- 2007-EF/94.06.3, del 17 de septiembre de 2007, de la Dirección de Emisores; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 221°, numeral 14, de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Ley Nº 26702, las empresas bancarias pueden emitir y colocar bonos y demás instrumentos representativos de obligaciones, en moneda nacional o extranjera, incluidos los subordinados, siempre que sean de su propia emisión; Que, mediante junta obligatoria de accionistas del Banco Continental, de fecha 30 de marzo de 2007, se aprobó la emisión de obligaciones, durante el periodo comprendido entre el 30 de marzo de 2007 y la realización de la próxima junta obligatoria anual de accionistas, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 400 000 000,00 (cuatrocientos millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda nacional u otras monedas, sin exceder en ningún caso los limites de ley. Asimismo, se acordó delegar en el directorio la facultad de decidir la oportunidad y número de las emisiones, programas, el monto, el tipo y, en general, las demás condiciones de cada emisión, así como la clase de obligaciones que se emitirán, las que en función del mercado podrán consistir en cualquier clase de obligaciones que las normas legales vigentes permitan emitir, incluyendo bonos subordinados, con la condición de que no sean convertibles en acciones; Que, mediante sesión de directorio del Banco Continental, de fecha 31 de mayo de 2007, se adoptó el acuerdo Nº 028-2007/DG, en virtud del cual se aprobó el “Segundo Programa de Bonos Subordinados del Banco Continental”, hasta por un monto de emisión de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional, determinándose asimismo que su duración sería de dos años, que los bonos subordinados serían emitidos a un plazo mayor a cinco años contados a partir de la fecha de colocación, y que su inscripción se efectuaría en el marco de lo dispuesto por el Reglamento de Oferta Pública Primaria dirigida exclusivamente a Inversionistas Acreditados; Que, asimismo en dicha oportunidad, se acordó facultar al Gerente General y a los apoderados del Banco Continental, señores Eduardo Ávila Zaragoza, José Aby Goldszmidt Biterman y Enriqueta González de Sáenz, para que actuando indistintamente e individualmente, cualquiera de ellos, puedan determinar las condiciones y características adicionales a las aprobadas para el programa y, de ser necesario, su sometimiento a las normas de la Bolsa de Valores de Lima o las Instituciones de Compensación y Liquidación, así como iniciar los trámites necesarios ante las autoridades correspondientes para obtener las autorizaciones necesarias y en general, para iniciar y llevar a cabo todos los procedimientos y trámites y suscribir todos los documentos públicos o privados que se requieran; Que, posteriormente, mediante sesión de directorio del Banco Continental, de fecha 23 de agosto de 2007, se aprobó modi fi car el acuerdo Nº 028-2007/DG, autorizándose a que el programa antes referido pueda ser también sometido a aprobación ante la autoridad competente a través del mecanismo de trámite anticipado o trámite general para ofertas públicas primarias de valores; Que, mediante Resolución SBS Nº 1196-2007 del 28 de agosto de 2007, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones opinó favorablemente para que el Banco Continental realice la emisión de bonos subordinados dentro del “Segundo Programa de Bonos Subordinados del Banco Continental”, hasta por un monto de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su