NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (20/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 40
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de setiembre de 2007 353750 Que, asimismo, se dispuso la inscripción de los bonos correspondientes a las denominadas Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Emisión del Primer Programa de Bonos de Titulización - Inmuebles Panamericana”, así como el registro de los prospectos complementarios correspondientes en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, el 20 de junio y 30 de julio de 2007, Creditítulos Sociedad Titulizadora S.A. solicitó la inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de la “Quinta Emisión del Primer Programa de Bonos de Titulización - Inmuebles Panamericana” hasta por un monto máximo de emisión equivalente en Nuevos Soles de US$ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) y el registro del complemento del Prospecto Marco correspondiente; Que, Creditítulos Sociedad Titulizadora S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos y, en lo que corresponde, con lo establecido en el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública en el Registro Público del Mercado de Valores y el registro de los prospectos informativos correspondientes, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 333 de la Ley de Mercado de Valores y por los artículos 43 y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, así como el literal d) del artículo 32 del Decreto Supremo Nº 038-2007-EF y la Resolución Gerencia General Nº 061-2007-EF/94.11, que faculta a la Dirección de Patrimonios Autónomos a disponer la inscripción de valores emitidos mediante oferta pública con respaldo en patrimonios fi deicometidos; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los bonos de titulización denominados “Quinta Emisión del Primer Programa de Bonos de Titulización - Inmuebles Panamericana” hasta por un monto máximo de emisión equivalente en Nuevos Soles de US$ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) y el registro del complemento del Prospecto Marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Los valores a que se re fi ere el artículo precedente serán emitidos y colocados por oferta pública, en concordancia con los plazos, condiciones y modalidades previstas en el denominado “Acto Constitutivo de Fideicomiso de Titulización y Contrato Marco de Emisión de Bonos de Titulización”, con sujeción a lo dispuesto en la normativa vigente y en la presente resolución. Artículo 3º.- La oferta pública de los valores a que se refi ere el artículo 1º deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y, de ser el caso, en el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. La colocación de los valores deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, prorrogables hasta por un período igual a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se re fi ere el artículo 53 del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos y, en lo que corresponda, con la establecida en los artículos 23 y 24 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios.Artículo 4º.- La inscripción y registro a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de CONASEV. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a Inmuebles Panamericana S.A., en su calidad de fi deicomitente; a Creditítulos Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fi duciario; al Banco de Crédito del Perú, en su calidad de entidad estructuradora; a Credibolsa SAB S.A., en su calidad de entidad colocadora; a la Bolsa de Valores de Lima S.A.; y, a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO MANCO MANCO Dirección de Patrimonios Autónomos 94003-1 Disponen inscripción de instrumentos pertenecientes a la “Tercera Emisión del Programa de Instrumentos de Corto Plazo Metalpren I” en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 039-2007-EF/94.06.3 Lima, 17 de septiembre de 2007VISTOS: El expediente Nº 2007025790 y el Informe Interno Nº 558-2007-EF/94.06.3, del 14 de setiembre de 2007, de la Dirección de Emisores, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 304 de la Ley General de Sociedades, las sociedades pueden emitir obligaciones que reconozcan o creen una deuda a favor de sus titulares; Que, mediante Resolución Gerencia General N° 87- 2006-EF/94.11, del 6 de setiembre de 2006, se aprobó el trámite anticipado, se dispuso el registro del prospecto marco correspondiente y la inscripción en el Registro Público del Merc ado de Valores, del programa de emisión de instrumentos de corto plazo denominado “Programa de Instrumentos de Corto Plazo Metalpren I” hasta por un monto máximo en circulación de dos millones y 00/ 100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 2 000 000,00) o su equivalente en otras monedas; Que, Metalpren S.A. solicitó la inscripción de los valores correspondientes a la emisión denominada “Tercera Emisión del Programa de Instrumentos de Corto Plazo Metalpren I” hasta por un monto máximo en circulación de US$ 1 000 000,00 (un millón y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) y el registro del prospecto complementario correspondiente; Que, de la evaluación de la documentación presentada, se ha veri fi cado que Metalpren S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios que puedan ser objeto de oferta pública, deben ser difundidas a través del Boletín de